LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Ni dejar a tu perro en el balcón ni atado en la puerta: los cambios de la Ley de Bienestar Animal que debes conocer

La nueva legislación endurece las penas sobre los dueños de animales que realizan estas peligrosas prácticas

Un perro atado en la calle
Un perro atado en la calle
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MismaEn España, siempre ha sido habitual dejar a un perro atado en la puerta de un establecimiento para una compra rápida. También es común dejarlo un rato en el balcón, con el fin de que reciba un poco de aire fresco si no es posible bajar a pasearlo.

No obstante, estas prácticas tienen los días contados. La nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada mediante la Ley 7/2023, ha convertido estos gestos aparentemente inofensivos en actos sancionables.

Desde su entrada en vigor, la legislación considera a los animales domésticos como “seres sintientes”. Por ello, trata de proteger su bienestar de forma activa, dejando de ser considerados como un bien más a ojos de los legisladores del país.

Concretamente, en el artículo 27 de la nueva ley se establecen unas prohibiciones que han causado un gran revuelo en la sociedad. En el apartado “d”, se prohíbe que los animales de compañía queden “atados o deambulando por espacios públicos sin supervisión”.

La responsabilidad de este cuidado debe ser presencial y cercana. De nada sirve ya tener al animal “controlado” desde lejos o sin estar a la vista, aunque sea durante unos pocos minutos.

Incumplir esta normativa se sanciona con multas económicas que parten desde los 500 euros en los casos leves, hasta los 200.000 euros en los muy graves. El nivel de infracción se califica dependiendo de la conducta del responsable del animal y de las consecuencias de su incumplimiento.

Dejar al perro en el balcón o la terraza también es motivo de sanción, según la Ley de Bienestar Animal

La Ley de Bienestar Animal considera que la falta de supervisión puede causar que un perro (u otro animal) pueda escapar y perderse si se asusta, o incluso que sea atacado por otro animal o por un humano. También puede provocar incidentes, como caídas de peatones, facilitar su sustracción o autogenerarse una lesión con la correa.

Por este motivo la legislación no permite dejar a los perros atados en espacios públicos. Aunque el apartado 27 no solo se limita a este hecho, pues también pone el foco sobre el ámbito del hogar.

El artículo también prohíbe en concreto mantener a perros y gatos en espacios como balcones, trasteros, sótanos, terrazas, vehículos y similares. En resumen, cualquier lugar donde quede sin supervisión de manera prolongada.

Hay que aclarar que la ley no prohíbe que el animal acabe de manera puntual en uno de estos espacios. La prohibición se centra específicamente en que estos espacios se conviertan en los lugares permanentes de los animales domésticos.

Además de no reunir las condiciones adecuadas para garantizar su bienestar, espacios como sótanos y balcones sin supervisión pueden ser peligrosos para perros, gatos y demás.

En general, cualquier comportamiento considerado irresponsable y que deje sin supervisión a los animales es sancionable mediante la Ley 7/2023.

Junto a la permanencia de estos en los lugares mencionados y la falta de supervisión en espacios públicos, también está prohibido dejar a los perros más de 24 horas en total soledad. De igual manera, se sanciona dejar a los animales en vehículos en condiciones peligrosas, o hacerles atravesar situaciones de estrés y sufrimiento continuado.

Sanciones económicas graves por estas infracciones

Cualquier negligencia relacionada con el mal cuidado del responsable, se sanciona con infracciones de leves a muy graves desde 500 a 200.000 euros. Incluso se puede retirar al animal de forma cautelar si las autoridades consideran que está en peligro.

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