El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del Gobierno que pedía levantar la suspensión cautelar de la ley de nietos y ha señalado que no podrán votar los nacionalizados por esa vía en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, tal como ha acordado este lunes la Sala de lo Contencioso-Administrativo en dos autos que desestiman las alegaciones de la Abogacía del Estado contra la medida cautelar adoptada por el Supremo el pasado 10 de septiembre. “La limpieza en la relación de electores del censo es un valor supremo del que deben despejarse las más mínimas dudas de irregularidad“, afirma el Alto Tribunal.
“Deberá estarse a lo acordado en el citado Auto, con indicación al Instituto Nacional de Estadística, del que depende orgánicamente la Oficina del Censo Electoral, que no puede inscribir en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (CERA) a las personas que hayan obtenido la nacionalidad española de origen por el ejercicio del Derecho de opción previsto en la Disposición Adicional 8ª.1 Inciso primero de la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática y aún no hayan sido inscritas en el Censo Electoral por aplicación de la suspensión acordada en el citado auto”, señalan.
Los magistrados añaden: “Igualmente, respecto de las personas que, habiendo obtenido la nacionalidad española de origen por el ejercicio del derecho de opción previsto en la Disposición Adicional 8ª.1 Inciso primero de la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática, hayan sido ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero, se mantiene la suspensión de sus efectos electorales en el proceso electoral convocado por el real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, de elecciones a cortes generales”.
El Gobierno estudiará si puede recurrir al Constitucional
El Gobierno estudiará si se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional la decisión del Tribunal Supremo de rechazar su recurso para que se levantara la suspensión cautelar de la llamada ‘ley de nietos’ de cara a las elecciones del próximo 29 de noviembre.
Así lo ha indicado un miembro del Ejecutivo que ha conocido la noticia durante los corrillos con periodistas durante la recepción en el Palacio Real con motivo del 12 de octubre tras conocer la decisión del Supremo, y donde ha lamentado que para “algunos” el derecho de voto no parece “tan relevante”.
Según ha explicado, el Gobierno estudiará a través de la Abogacía General del Estado si se considera como definitiva la suspensión cautelar del voto para quienes hayan sido incluidos en el censo en virtud de la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática a menos que acrediten que son descendientes de exiliados, y por tanto el Gobierno puede recurrir ante el Constitucional o solo pueden hacerlo los afectados.

