El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde Pumpido, no se plantea maniobrar, al menos de momento, para levantar la suspensión del voto de 163.020 nacionalizados españoles por la ley de nietos. Así lo confirman a Artículo14 fuentes de su entorno, aunque hablan de situación “confusa” e “inusual”. “La pelota está de lado del Tribunal Supremo. Tienen que agotarse todas las vías allí para que pueda llegar al Constitucional”, explican.
De esta forma, queda anulada la vía en la que el Gobierno confiaba para poder revocar la decisión de los magistrados de la Sala de lo Contencioso Administrativo. El Ejecutivo esperaba que alguno de los 163.020 afectados recurriera al Tribunal Constitucional en amparo. Pero esto implicaría saltarse muchos pasos del proceso.
La resolución del Supremo dictada este lunes da oportunidad a los afectados a personarse en la causa e interponer las alegaciones que consideren oportunas. Tras ello, debería dar oportunidad a la Fiscalía y la Abogacía para que se pronunciaran sobre estas personaciones de afectados y, ya después, dictar una resolución. Y todavía cabría recurso en el Alto Tribunal por parte de los perjudicados, antes de agotar todas las vías administrativas para ya sí poder interponer un recurso de amparo ante el Constitucional.
Trámites que tardarían meses. “Cuando llegara al Constitucional ya se habrían celebrado las elecciones”, apuntan las fuentes consultadas. En síntesis, una vez presentado el recurso para fijar jurisprudencia, haría falta una sentencia firme que “tarda en emitirse al rededor de un año”. Por tanto, sea como sea, la vía en la que confía el Gobierno llevaría al Constitucional a resolver la cuestión meses después del 29 de noviembre.
Además, el Constitucional no tiene pensado hacer ningún movimiento de oficio, según ha podido saber este periódico. Explican en el entorno de Pumpido que la situación es “inaudita” y “confusa”, por lo que “esperarán a ver cómo transcurre el desarrollo de los acontecimientos” antes de hacer nada.

Debate judicial
La decisión del Supremo ha generado un intenso debate en los círculos jurídicos. “Se ha metido en un túnel muy complicado”, dicen las fuentes más críticas, que estiman que la resolución está abocada a la nulidad. Creen que se ha extralimitado en sus funciones ya que “no correspondía al Alto Tribunal pronunciarse sobre el derecho al sufragio sino solo sobre la competencia de la Junta Electoral Central” para acatar la instrucción dictada por el Ministerio de Justicia. En ella, se ampliaba la concesión de la nacionalidad a todos los nietos de las personas que salieron de España entre el 1936 y el 1955 sin tener que justificar razones políticas de ideología, creencia u orientación sexual.
No obstante, en palabras de magistrados del Supremo, el derecho de sufragio “no es un derecho de carácter absoluto” sino que está “supletado a intereses generales”, como es el de “preservar la veracidad e inexistencia de irregularidades en el censo electoral, que debe prevalecer sobre el interés particular del ciudadano”. Por ello, ven procedente pronunciarse sobre la suspensión del derecho a voto.
La Sala de lo contencioso administrativo pretende que se aclaren uno por uno las condiciones en que se realizó la inscripción al CERA de cada uno de los 163.020 españoles. Quieren que se justifique que sus antecesores salieron del país por motivos políticos, ideológicos de creencia u orientación sexual. Unos trámites administrativos que ya la Abogacía del Estado ha anunciado que serán imposibles de cumplir con el adelanto electoral.
De esta forma, si se priva del voto a los afectados y finalmente el Constitucional acaba tumbando la decisión del Supremo, la cuestión entrará en terreno pantanoso, tal y como apuntaba en su voto particular la magistradas del Supremo Alicia Millán. Es la única de los seis magistrados de la sala que se opuso a suspender este derecho porque, interpreta, que la lesión del derecho al sufragio sería “irreversible” y pondría de manifiesto consecuencias irreparables sobre la “seguridad jurídica y estabilidad del proceso electoral”, zanjó en su fallo.

