Vivienda salva in extremis a los pisos turísticos de tributar por IVA en octubre

Los borradores del Decreto, incluido el último, de la noche del lunes, establecían que el nuevo IVA del 10% entraba en vigor el 1 de octubre, pero el Consejo de Ministros retrasó su vigencia al 1 de diciembre

MADRID, 02/10/2026.- La portavoz del PNV, Maribel Vaquero (i, de espaldas), saluda a la titular de Vivienda, Isabel Rodríguez (d), durante el pleno en el que se debate y vota los decretos de vivienda del Gobierno celebrado este viernes en el Congreso de los Diputados en Madrid. EFE/JJ Guillén
La portavoz del PNV, Maribel Vaquero, saluda a la ministra de Vivienda, Isabel Rodríguez.
EFE/J.J. Guillén

El Gobierno ha librado a los pisos turísticos de tributar por IVA en octubre en tiempo de descuento. El Real Decreto-ley de vivienda del PSOE que ha estado en vigor este jueves y viernes imponía por primera vez un IVA del 10% a estos inmuebles, blanco de las críticas, junto con los fondos a los que llaman buitre, del Ejecutivo y sus socios. Todos los borradores, incluido el último, de la noche del pasado lunes, establecían que entraba en vigor el 1 de octubre, pero el texto que finalmente ha aprobado el Consejo de Ministros el martes retrasó su vigencia al 1 de diciembre.

El borrador del Decreto de julio, en concreto, con fecha del 21 de julio, establecía que este IVA les aplicaría desde el 1 de octubre. Así lo estipulaba también el borrador que manejaba Vivienda en la mañana de este lunes 28 de septiembre y que avanzó Artículo14. También el borrador que se circuló sobre las 20 horas del lunes, a pocas horas del Consejo de Ministros.

En la tarde del martes el texto que se había aprobado en el Consejo de Ministros y que se iba a remitir al BOE y que se publicó este miércoles ya incorporó que la medida entraba en vigor el 1 de diciembre de 2026. De esta forma, los pisos turísticos se han librado de tributar en octubre, ya que al haber estado en vigor la norma el 1 y 2 de octubre estaban obligados a hacerlo. Tenían esta obligación aunque la norma no se convalidara, como ha ocurrido este viernes, lo que será plenamente efectivo este sábado con la publicación de la derogación en el BOE.

Inseguridad jurídica

Las medidas fiscales son quizás las que menos destrozo pueden causar por haber estado en vigor el Decreto 48 horas. Las derogaciones de reales decretos-leyes vienen generando inseguridad jurídica y pleitos, pero en este caso, las medidas tributarias -de muy escaso efecto y ambición en lo relativo a los incentivos en el IRPF como ha informado Artículo14- no parecen tener más recorrido.

Fiscalistas se temían que Hacienda pretendiera que el haber estado en vigor diera carta de naturaleza a algunas medidas. Cabe recordar que así lo ha hecho por ejemplo con los módulos de los autónomos en los dos últimos años. Una vez que los decretos que las incluían no eran convalidados, la Agencia Tributaria colgaba una nota en la que decía que su criterio era que estaban en vigor a pasar de estar derogadas, lo que ha causado estupor y preocupación entre abogados e inspectores de Hacienda por el atropello jurídico que supone. Pero eran medidas favorables al contribuyente.

Qué va a hacer Hacienda ahora

En el Decreto del PSOE hay dos medidas que el Fisco podría sostener que sigan vigentes: el endurecimiento de la imputación de rentas y los nuevos coeficientes de la plusvalía municipal, pero son perjudiciales para el ciudadano y podría generarse un aluvión de pleitos. No se prevé que pretenda que siguen en vigor, además, porque las medidas recuperadas de los anteriores decretos estaban en vigor el 31 de diciembre, fecha del devengo del IRPF, lo que no ocurre en esta ocasión.

Respecto a la imputación de rentas inmobiliarias, el Decreto decaído extendía al ejercicio 2026 la aplicación del porcentaje reducido del 1,1% a los inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados, modificados o determinados con efectos desde el 1 de enero de 2012. Los actuales porcentajes del 1,1% y 2% se sustituían por una nueva escala del 1,1%, 1,5%, 2% y 3%.

En lo que atañe a la plusvalía, se devenga en la compraventa, con lo que sólo puede afectar a las que se hayan producido el 1 y 2 de octubre, muy pocas, ya que se habrían paralizado operaciones por el Decreto, según fuentes del sector. Con la derogación del Decreto, se vuelve otra vez a los coeficientes de 2024, ya que no se ha conseguido aprobar ni los de 2025 ni los de 2026.

En todo caso, los fiscalistas celebran que las medidas fiscales del Decreto decaigan, incluso las bonificaciones, ya que consideran que estaban diseñadas para que no se aplicaran, las definen como “de la señorita Pepis, no se iban a aplicar a nadie”, como ha informado este periódico. Así lo han trasladado altos cargos de Hacienda sondeados sobre los incentivos en el IRPF, de complejidad extrema y muy limitados en su alcance, que los asesores fiscales estaban por su parte recomendando no aplicar porque esperaban sanciones del Fisco si consideraba que no se hacía correctamente.

Medidas “de la señorita Pepis”

Varias páginas del Decreto de Vivienda del PSOE que se ha publicado este miércoles en el BOE y que ha estado en vigor este jueves y viernes recogen una catarata de porcentajes, cifras, signos de mayor y menor y árboles y diagramas de medidas con complejas casuísticas y escasa ambición que los funcionarios preguntados creen que se habían preparado “para atraer a Junts y PNV”, pero que se trataba de un “mero maquillaje sin efecto real”. Eran casos de laboratorio que “sólo caben en supuestos teóricos en la cabeza de quien los ha elaborado”.

Sobre su parquedad, se ha generado un diálogo entre inspectores de Hacienda y asesores fiscales en el que coinciden en la tacañería y un diseño expreso para que no se apliquen. “¿Tiene sentido utilizar una cifra nacional de 33.000 euros para una vivienda cuyo coste puede ser radicalmente distinto según vivas en Barcelona, Madrid o una ciudad pequeña?”, se preguntaba Carlos Rodríguez.

“En el pacto de investidura ERC-PSC se acuerda no bajar los impuestos a quienes ganen más de 30.000 euros. Debe ser que es la cifra mágica que consideran que separa a los pobres de los ricos. Tiendo a pensar que la deducción, como tantas otras, está calculada con el simulador de IRPF del que dispone el Ministerio para conseguir que prácticamente no tenga efecto recaudatorio”, planteaba José-Andrés Rozas.

Esaú Alarcón, socio en Gibernau, apuntaba: “En la ley originaria se vinculaba al IPREM. Esto son cacahuetes para despistar al personal de lo verdaderamente importante, con el objetivo de aplicarlo a cuatro gatos”. Sobre su complejidad y los riesgos que entrañaba, Alarcón advertía: “Por supuesto, no se equivoque usted al aplicarla, que la sanción será automática. Casi que lo mejor hubiera sido eliminar la reducción del 50% y dejar unas pocas para esos casos patológicos en los que se pueda aplicar por aquel asesor fiscal que tenga coraje para asumir la responsabilidad. Ya les digo yo que, en mi despacho, no nos la jugamos con esto”.