Tribunales

El juez Llarena retira la orden de busca y captura de Puigdemont tras la decisión del Constitucional

El Tribunal Constitucional ordena al Supremo que amnistíe la malversación del 'procés'

El presidente de JxCat, Carles Puigdemont.
El presidente de JxCat, Carles Puigdemont.
EFE/David Borrat

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, encargado de la instrucción de la causa judicial del procés, ha retirado la orden de búsqueda y captura del expresidente catalán Carles Puigdemont.

Esta decisión procesal no equivale a la inmediata aplicación de la amnistía para Puigdemont. El juez Llarena lo explica de la siguiente manera: “El alzamiento (de la orden de búsqueda y captura) no declara aplicable la amnistía, no extingue la responsabilidad penal ni resuelve las restantes cuestiones pendientes. Una vez conocido el texto íntegro de la sentencia (del Constitucional), se decidirá sin demora sobre la confirmación o modificación de la decisión que ahora se adopta, mediante resolución motivada y con observancia de los trámites legalmente exigibles”.

La corte de garantías ha cumplido con los pronósticos este martes y ha corregido al Alto Tribunal: falla a favor de dejar limpio el historial delictivo de Carles Puigdemont después de casi diez años fugado de la Justicia. Todo ello un día después de que Pedro Sánchez haya anunciando elecciones para el próximo 29 de noviembre.

MADRID, 15/09/2026.- Fotografía de archivo, tomada en Perpiñán (Francia) el 24/01/2026, del expresident catalán Carles Puigdemont. El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha rechazado la petición de Puigdemont de aplicar la amnistía al delito de malversación, tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, a la espera de lo que ocurra con el fallo del Tribunal Constitucional. EFE/ Archivo/David Borrat
Fotografía de archivo, tomada en Perpiñán (Francia) el 24/01/2026, del expresident catalán Carles Puigdemont.
EFE/ Archivo/David Borrat

¿Qué deliberaba exactamente el TC?

La ponencia de Pumpido se pronuncia por el recurso de amparo presentado por Dolors Bassa. El escrito amnistía el delito de malversación a Bassa y, en consecuencia, al resto de líderes independentistas. Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull quedarán libres de la pena de inhabilitación que cumplen. Puigdemont, que no llegó a ser sentenciado porque estaba fugado junto a los exconsejeros Antoni Comín y Lluís Puig, verá su causa archivada y su historial delictivo limpio.

El Supremo interpretó que la ley de amnistía aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez no perdonaba el delito de malversación que habían cometido los líderes independentistas porque la norma establecía una excepción clara. El delito sería amnistiable “siempre y cuando no haya tenido el propósito de obtener un beneficio personal de carácter patrimonial”.

Para los magistrados del Alto Tribunal sí existió beneficio porque Puigdemont y el resto de cargos implicados sufragaron con fondos públicos el referéndum evitando tenerlo que financiar con el dinero de su propio bolsillo. “Un sujeto se beneficia patrimonialmente cuando se incrementa su patrimonio pero también cuando su patrimonio no decrece porque sus obligaciones son asumidas ilícitamente por los fondos públicos”, zanjó el Supremo.

Carles Puigdemont durante una comparecencia ante los medios.
Carles Puigdemont durante una comparecencia ante los medios.
EFE/David Borrat

Las críticas de Pumpido

A juicio del presidente del Constitucional, esta interpretación “no es admisible” porque “desconoce el debido nexo de coherencia con la norma que la contempla, pues ello implica un ensanchamiento del ámbito de lo punible incompatible con las exigencias del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva”. Es decir, considera que los magistrados del Supremo están dando la espalda al espíritu de la norma para hacer una interpretación más punitiva.

De hecho, en la ponencia, Pumpido reitera que la Ley de amnistía “busca una mejora de la convivencia y de la cohesión social, así como una integración de las diversas sensibilidades políticas, para superar, como objetivo de interés general, las tensiones sociales y políticas generadas con el denominado proceso independentista en Cataluña”. Por eso, concluye que la decisión del Supremo es “extensiva, contraria al espíritu y finalidad de la norma”.

La ley de amnistía ha tenido que pasar la revisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Constitucional para que por fin pueda ser efectiva para el líder de Junts, y lo será justo una semana después de que él mismo haya dejado dejado vista para sentencia la legislatura con el “no” de los diputados de Junts a dos decretos esenciales para Pedro Sánchez.

Imagen de suscripción a newsletter Pilar Gómez

Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe en tu correo electrónico, los artículos de la directora Pilar Gómez.


TAGS DE ESTA NOTICIA