El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero ha reclamado a la Audiencia Nacional la nulidad del caso Plus Ultra por presunta vulneración de derechos fundamentales. Así lo ha hecho este jueves el exlíder socialista, investigado en la causa, a través de un incidente de nulidad al que ha tenido acceso Europa Press.
Zapatero pide declarar la vulneración de los derechos fundamentales al juez ordinario predeterminado por la ley, a un proceso justo con todas las garantías, a la tutela judicial efectiva sin indefensión y a la presunción de inocencia.
Asimismo, Zapatero solicita que se excluyan del proceso las evidencias obtenidas en “todas las entradas y registros” acordadas tanto por el Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid, que empezó a investigar el caso, como por la Audiencia Nacional.
“Conversaciones privadas no autorizados”
La defensa del expresidente considera que el procedimiento “parte de unos análisis de conversaciones privadas no autorizados” y apunta a “maniobras dirigidas a conducir el proceso hacia los órganos judiciales de mayor conveniencia, soslayando al juez ordinario legalmente competente”. Considera que se ha incorporado al procedimiento prueba “ilícitamente analizada” y que “ha servido para justificar la adopción de otras diligencias limitativas de derechos fundamentales” tanto de él como de otros.
Nulidad “en la propia génesis”
El expresidente sostiene que la nulidad se da “en la propia génesis” del procedimiento de instrucción a finales de 2025 y “arrastra las sucesivas actuaciones”. “Todas esas resoluciones, que no se han notificado a mi mandante y se dictaron cuando mi representado no formaba parte del proceso, vulneraban derechos fundamentales y de terceros que son susceptibles de ser denunciados a través de este cauce extraordinario”, razona.
Denuncia “maniobras”
Asimismo, Zapatero solicita que se excluyan del proceso las evidencias obtenidas en “todas las entradas y registros” acordadas tanto por el Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid, que empezó a investigar el caso, como por la Audiencia Nacional, quien tiene ahora la competencia. La defensa del expresidente considera que el procedimiento “parte de unos análisis de conversaciones privadas no autorizados” y apunta a “maniobras dirigidas a conducir el proceso hacia los órganos judiciales de mayor conveniencia” para la Fiscalía Anticorrupción, “soslayando al juez ordinario legalmente competente”. Zapatero ya apuntó en un escrito previo al análisis de un disco duro intervenido a un abogado investigado y del teléfono móvil de un exdirectivo de la aerolínea facilitado por Estados Unidos.
En paralelo, el juez de la Audiencia Nacional que instruye este caso, José Luis Calama, ha acordado que se investigue “el origen“, “eventual carácter delictivo” y “la identificación de las personas responsables” de filtraciones de los chats del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero con su secretaria, Gertrudis Alcázar. En un auto acuerda deducir testimonio a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Madrid para que investigue filtraciones producidas en la causa “dada la gravedad de los hechos y su potencial encaje en tipos penales de revelación de actuaciones declaradas reservadas”.
El magistrado acuerda también que se forme una pieza de “información sensible” en la que se incluirán las grabaciones audiovisuales de las declaraciones de testigos e investigados en esta causa y que será accesible únicamente para el juzgado y el Ministerio Fiscal.
Influencia en Bolivia
Fue este miércoles cuando se dio a conocer el último informe de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional sobre presuntas influencias del expresidente socialista con el Gobierno de Bolivia para ayudar presuntamente a una empresa peruana. En el atestado se incorporó una carpeta con anexos que incluía, entre otros archivos, los mensajes de Zapatero con su secretaria durante el periodo investigado.
“Filtraciones a medios de comunicación”
“En el presente caso, se han producido filtraciones constantes e inmediatas a medios de comunicación, alcanzando su máxima expresión en el día de ayer”, advierte. Calama llama la atención porque “el contenido de los anexos del informe policial” fue “difundido íntegramente, pese a contener datos incompatibles con su publicación indiscriminada“. “Tales hechos, además de constituir una vulneración palmaria del deber de reserva inherente al secreto externo, pueden integrar ilícitos penales, sin perjuicio de otras responsabilidades disciplinarias o profesionales”, agrega.

Medidas de protección, hasta ahora “insuficientes”
La “persistencia de estas filtraciones” revela, a juicio del magistrado, que “las medidas de protección actualmente vigentes resultan insuficientes para garantizar la finalidad de la reserva”. Por ello, adopta “medidas adicionales de protección” para lo que resta de instrucción con el fin de garantizar el secreto externo y evitar que “la publicidad ilícita de actuaciones pueda afectar tanto a la investigación como a los derechos de los investigados”. Una vez practicadas las declaraciones, añade, “se facilitará a la acusación popular agrupada y a las defensas la trascripción de su contenido proporcionada automáticamente por el programa de grabación”.

