Crisis de Vivienda

Los sindicatos iran a la huelga ahora con la “claúsula vivienda” que activaron en enero

CCOO y UGT han incorporado por primera vez la vivienda a su propuesta para el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, una inclusión que podría "salvar" la legalidad de la huelga general prevista para noviembre

La “cláusula vivienda” incorporada en la propuesta del VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC) que los sindicatos presentaron el pasado mes de enero podría “salvar” la legalidad de la huelga general que se celebrará el próximo mes de noviembre. A pesar de que a principios de este año ya alertaban del problema que suponía para los trabajadores el acceso a la vivienda, han esperado hasta ahora para movilizarse, en un momento clave, con un Gobierno en funciones.

Cabe recordar que la vivienda lleva siendo el principal problema para los españoles desde hace casi dos años, según las encuestas realizadas por el CIS. El pasado mes de febrero, por primera vez, fue también la mayor preocupación al preguntar cuál es el problema que más les afecta.

La palabra vivienda aparece hasta 26 veces en el documento conjunto con sus propuestas para el AENC que los sindicatos CCOO y UGT compartieron en enero, y que podría servirles para “escudarse” ante un posible recurso por parte de la patronal.

CEOE no descarta recurrir la huelga general

“CEOE y CEPYME quieren advertir de que la huelga general anunciada por los sindicatos mayoritarios este lunes supone una medida de presión que persigue fundamentalmente provocar cambios legislativos y de índole presupuestario en materia de vivienda. Son estas cuestiones cuya responsabilidad y competencia son de la Administración y que, por tanto, quedan al margen de la gestión de las empresas”, señalaron las patronales a través de un comunicado este martes.

Unas palabras que fueron refrendadas por el presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, quien señaló que la patronal esperará a la convocatoria oficial de la huelga general por la vivienda anunciada por los sindicatos y estudiará “los motivos” que exponen sus organizadores para ver si tiene encaje legal. “Aunque tenemos que ver cómo está motivada es indudable que no tiene un carácter laboral por mucho que se quiera maquillar”, añadió.  Sobre el momento elegido para la huelga, consideró que los sindicatos “ya han tardado. Ocho años en convocar una huelga en materia de vivienda cuando era o es uno de los principales problemas que se tienen a los ciudadanos”.

“El Constitucional siempre ha sido generoso”

Preguntado Alfredo Aspra, socio director de LaborMatters, sobre la legalidad -o no- de la huelga general que plantean los sindicatos mayoritarios, indica que “la convocatoria de huelga se encuentra dentro de las competencias de los sindicatos. Ahora bien, cuando la convoquen deberán seguir las reglas previstas al efecto en el Real Decreto-ley sobre relaciones de trabajo, y esta última norma considera ilegales las huelgas cuando se inicien o se sostengan por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados”.

Se trata de una legislación que no es rotunda sobre la legalidad de que los sindicatos convoquen una huelga general sobre el problema de la vivienda. Ante esto, Aspra incide en que “el Tribunal Constitucional ha sido siempre bastante generoso a la hora de interpretar el contenido y alcance de lo que debe entenderse por interés profesional de los trabajadores afectados”.

“Cláusula vivienda”

El hecho de que los sindicatos incluyeran la “cláusula vivienda” en su propuesta para el VI AENC refrenda que ya venían trabajando para dotar de cobertura legal a su vinculación con este problema. En este documento, la referencia a la vivienda no solo se vincula a su propuesta de mejora salarial, sino que dentro del bloque dedicado al salario se establece una novedosa “cláusula vivienda”. Además, la problemática de la vivienda aparece igualmente citada junto con la migración y, en especial, con la juventud.

“Sobre la base de ello es posible que UGT y CCOO traten de promover una huelga general en la que el denominador común sea la problemática de la vivienda; muy especialmente, si lo vinculan con los salarios, la migración y el empleo joven”, concluye el socio director de LaborMatters.

En esta línea, Ramon Gil Albuquerque, socio de Sagardoy Abogados, también considera que “es bastante fácil conectar lo que los sindicatos sostengan que es el interés de los trabajadores con una hipotética interpretación judicial de aquel, toda vez que un sindicato representativo es, teórica y formalmente, el representante del interés de los trabajadores, por lo que cabe argumentar que lo que diga que es el interés de los trabajadores efectivamente lo es”.

Huelga general en 2026 - Política
Manifestación convocada por el Sindicato de Inquilinas por la vivienda y llamada a la huelga general.
EFE

Sánchez: “Es un derecho por los motivos que consideren los sindicatos”

Pedro Sánchez también aludió a esa vinculación entre vivienda y trabajadores que podría resultar determinante en el debate sobre la legalidad de la huelga en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros. Frente al argumento de la patronal de que las reivindicaciones planteadas “no son de naturaleza laboral”, señaló que “parece que va a haber una huelga general sobre una cuestión que creo que afecta a muchos trabajadores y trabajadoras y a sus familias, como es el acceso a la vivienda”.

“Por tanto, desde el Gobierno lo único que podemos hacer es respetar ese derecho constitucional. […] El Gobierno no tiene nada que decir al ejercicio de un derecho constitucional como es el derecho a la huelga por los motivos que legítimamente consideren los sindicatos”, añadió.

¿Dónde terminaría la huelga si CEOE la recurre?

El comunicado de CEOE y Cepyme, y las palabras de Lorenzo Amor, unidos al precedente de que la patronal suele recurrir, por lo general, las huelgas, han encendido las alarmas sobre la legalidad de la convocatoria prevista para el mes de noviembre, antes del inicio de la campaña electoral prevista para el 13 de noviembre.

Fuentes jurídicas especializadas en Derecho laboral han trasladado a Artículo14 que, si la patronal decide seguir adelante con el recurso una vez que los sindicatos hayan convocado la huelga de manera oficial, el conflicto recaería en manos de la Audiencia Nacional. “Si una patronal o el propio Gobierno quieren impugnar la huelga general por considerarla ilegal (por ejemplo, por motivos estrictamente políticos), la demanda de conflicto colectivo se interpone ante la Sala de lo social de la Audiencia Nacional”, señala la experta consultada.

También aclara que, si la impugnación de la movilización general viene motivada por un desacuerdo sobre los servicios mínimos gubernamentales, el asunto corresponde al orden contencioso-administrativo: “Generalmente es la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional o del Tribunal Supremo, según el rango de la autoridad que dicte el decreto”, aclara.

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