Laboral

El Gobierno abre la jubilación flexible a los autónomos para compatibilizar trabajo y pensión

El Gobierno permitirá por primera vez que los autónomos jubilados vuelvan a trabajar compatibilizando una actividad laboral con el cobro parcial de la pensión

Una jubilada que continua trabajando.
Una jubilada que sigue trabajando.

Carmen Riveiro Ferreiro tenía hace dos años 75 años y seguía trabajando. Un ejemplo de la nueva medida aprobada por el Ejecutivo, que ha dado un paso más en la reforma de las pensiones para facilitar que los jubilados continúen trabajando. El Consejo de Ministros aprobó hoy, 26 de mayo, el nuevo régimen de jubilación flexible, que permitirá por primera vez a los autónomos compatibilizar una actividad laboral con el cobro parcial de la pensión. La medida entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y forma parte de la reforma de pensiones pactada en 2024 con sindicatos y empresarios.

La principal novedad de la norma es que esta modalidad deja de estar limitada a trabajadores por cuenta ajena con contratos a tiempo parcial y se abre también a quienes desarrollen una actividad por cuenta propia. Para acogerse, los pensionistas no podrán haber estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de jubilación.

“Seguir activas sin perder la pensión”

En el caso de los trabajadores autónomos, el pensionista podrá percibir hasta el 25% de la pensión mientras mantiene la actividad compatible. El modelo está especialmente orientado a profesiones liberales donde es habitual el trabajo por cuenta propia, como la abogacía o la arquitectura.

Durante la rueda de prensa posterior la Consejo de Ministros, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, defendió que el objetivo es ofrecer “más y mejores opciones a la hora de jubilarse o compatibilizar empleo y pensión”.

Mejoras también en los asalariados

La reforma también modifica las condiciones para los asalariados que opten por la jubilación flexible. La jornada parcial compatible con la pensión se amplía y pasa de una horquilla de entre el 25% y el 75% a otra de entre el 33% y el 80%.

Además, el Ejecutivo introduce nuevos incentivos económicos para quienes regresen al mercado laboral después de haber permanecido jubilados al menos seis meses. Los pensionistas que trabajen entre el 55% y el 80% de la jornada percibirán un incremento adicional del 25% sobre la pensión compatible. En los casos de jornadas de entre el 33% y el 55%, el complemento será del 15%.

Otra de las novedades es que desaparece el periodo mínimo de espera para solicitar esta modalidad. A partir de ahora, podrá solicitarse en cualquier momento una vez reconocida la pensión contributiva.

Condición de pensionista aunque se trabaje

Durante el periodo de jubilación flexible, el trabajador mantendrá la condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social. Además, quienes hayan accedido previamente a una jubilación anticipada involuntaria podrán mejorar posteriormente su pensión cuando regresen a la jubilación plena, al recalcularse la base reguladora y el porcentaje aplicable según el tiempo adicional cotizado.

La nueva regulación se aplicará a todos los regímenes de la Seguridad Social salvo a los funcionarios civiles del Estado, Fuerzas Armadas y personal de la Administración de Justicia.

Más jubilaciones demoradas

La aprobación de esta reforma coincide con el aumento de las jubilaciones demoradas. Según los últimos datos de la Seguridad Social, el 12,3% de las nuevas altas registradas en los cuatro primeros meses de 2026 correspondieron a jubilaciones demoradas voluntarias, 7,5 puntos más que en 2019. La edad media de acceso a la jubilación se sitúa ya en 65,5 años, frente a los 64,4 años registrados en 2019.

En paralelo, persiste la diferencia entre las pensiones medias de asalariados y autónomos. La pensión media de jubilación en el Régimen General alcanza los 1.731,7 euros mensuales, mientras que en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se sitúa en 1.060 euros.

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