La memoria de la Fiscalía de Madrid de 2025 deja un dato que interesa a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, y a su asesora en el Palacio de la Moncloa, Cristina Álvarez. Ambas procesadas recientemente por el juez Juan Carlos Peinado y abocadas a un juicio oral con jurado popular. En 2025, de los 45 juicios que se produjeron mediante este procedimiento, solo uno acabó con una sentencia absolutoria. Esto, es el 2% transformándolo a porcentaje. Si bien, ninguno de ellos fue por los delitos por los que se va a sentar en el banquillo de los acusados Gómez: tráfico de influencias y malversación.
Lo s datos no son alentadores para Gómez en un juicio que, según las fuentes consultadas por este periódico, se celebrará en un plazo de entre nueve y doce meses. Tras la apertura de juicio oral, Peinado -ya jubilado- ha dejado el caso en manos de la Audiencia Provincial, donde entra en una fase intermedia en la que se asigna a un magistrado presidente del tribunal. El juez designado tiene que resolver cuestiones previas y decidirá al mismo tiempo las pruebas que admite y cuándo será el juicio.
Esta fase será crucial para Begoña Gómez, que aún intenta evitar el tribunal del jurado. Es la última baza que le queda. Su abogado, Jaime Campaner, experto en juicios con jurado popular, trasladó en la vista de apertura de juicio oral a Peinado que el escrito de Hazte Oír -que ejerce la acusación particular- no es válido porque incluye declaraciones que se han ido recogiendo a lo largo de la instrucción e informes policiales. Y precisamente esto es lo que prohíbe la ley para evitar contaminar y sugestionar a las personas anónimas antes del juicio.
Es decir, los ciudadanos que juzguen a Gómez por ley han de ir “vírgenes” de material sumarial y policial, explican las fuentes consultadas de la defensa de Gómez. Por tanto, el escrito es técnicamente inservible porque no se puede presentar ante el tribunal.
Algunas fuentes consultadas aseguran que de esta forma se puede tumbar el escrito de acusación. En la mayoría de casos no tiene trascendencia porque la acusación a la que se le tumba el escrito se adhiere a otra de otra de las acusaciones. Pero en este caso solo hay un escrito de acusación a valorar porque la Fiscalía no acusa sino que pide el archivo de la causa al no ver delitos. Por tanto, la causa depende de la acusación de Hazte Oír, que puede tumbarse y con ella caer el resto del caso antes de la celebración de juicio oral si se cumplen los planes del letrado de Gómez.
Si consiguiera que fructificara esta maniobra, Begoña Gómez podría evitar ese jurado que tendrá que valorar el escrito de acusación de Hazte Oír que solicitó una pena de 13 años de prisión para Begoña Gómez y 6 años para Cristina Álvarez.

