El juez Calama rechaza la petición de Zapatero de suspender su declaración de mañana por las joyas halladas en su oficina

El magistrado explica que la citación no supone ninguna “merma real en su derecho de defensa” debido a que los hechos sobre los que versa su declaración son los mismos que ya constan en la causa principal, sin que la pieza separada haya alterado el objeto fáctico de la imputación

El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero en el Senado
José Luis Rodríguez Zapatero en el Senado el pasado 2 de marzo.
EFE/ Chema Moya

El magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama rechaza la petición del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero de suspender su declaración por las joyas halladas en su oficina. Por tanto, el que fuera líder del Ejecutivo entre 2004 y 2011 declarará este miércoles ante el juez.

Calama explica en un auto que la citación no supone ninguna “merma real en su derecho de defensa” por cuanto los hechos sobre los que versa su declaración son los mismos que ya constan en la causa principal, sin que la pieza separada de las joyas haya introducido hechos nuevos ni alterado el objeto fáctico de la imputación.

La defensa de Zapatero había solicitado el aplazamiento de la declaración alegando la “inminencia del acto y el brevísimo lapso de tiempo entre la incoación de la pieza y el señalamiento para el momento de su declaración como investigado”.

Sin embargo, el instructor indica que, aunque la pieza separada se incoó el pasado día 12, su contenido no incorpora hechos nuevos ni diligencias autónomas, sino exclusivamente el testimonio del acta de intervención de las piezas de joyería y de la tasación pericial incorporadas en la causa principal.

Para Calama, el hecho sustancial que justifica la apertura de la pieza separada, esto es, la intervención de los efectos de valor y su posible repercusión tributaria, tuvo lugar el pasado 19 de mayo y consta en las actuaciones desde esa fecha, siendo plenamente conocido o accesible para la defensa.

El magistrado recuerda que la pieza separada responde únicamente a una necesidad de ordenación procesal ante la eventual relevancia de esos mismos hechos en materia de delito fiscal y contrabando, “pero no altera el objeto fáctico ni introduce elementos sorpresivos que exijan un tiempo adicional de preparación”.

Calama rechaza que exista una indefensión material ya que el investigado puede declarar por los mismos hechos que motivan su citación en la causa principal, fijándose ambas declaraciones el mismo día por razones de coherencia y economía procesal.

Además, recuerda que la defensa tiene la posibilidad de solicitar diligencias complementarias o nuevas declaraciones si lo estima necesario, “lo que excluye cualquier perjuicio irreparable”.

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