El juez Juan Carlos Peinado ha acordado la apertura de juicio oral mediante jurado popular contra Begoña Gómez, su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés. Además, como avanzó Artículo14, el magistrado retira el pasaporte a Gómez y a Álvarez, les impide salir del territorio nacional y les obliga a fichar en sede judicial dos veces al mes durante la tramitación de esta causa judicial y hasta que se dicte una resolución firme. Asimismo, el instructor añade que contra esta resolución judicial “no cabe recurso”.
En el auto de este sábado Peinado atribuye a Gómez y a Álvarez la comisión de cuatro delitos diferentes: trafico de influencias, corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares, apropiación indebida y malversación de caudales públicos. Por su parte, a Barrabés le atribuye la comisión de dos delitos: trafico de influencias y corrupción en los negocios en el sector privado entre particulares.
Ahora bien, la Audiencia Provincial de Madrid aún debe resolver recursos clave contra la decisión del instructor de impulsar el juicio ante un jurado. Si esta desestima los recursos de las defensas y la Fiscalía, y si posteriormente el presidente del tribunal del jurado no declara nulidades por infracciones procesales, todo ello sería juzgado por nueve ciudadanos españoles. Es el artículo 1 de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado el que estipula que delitos como el tráfico de influencias y la malversación de caudales públicos sean enjuiciados por este tipo de tribunal. Respecto a los demás ilícitos que conciernen a este caso, corrupción en los negocios y la apropiación indebida, Peinado expone que también deben ser juzgados por un tribunal de jurado por su “conexión”. Así, señala el magistrado, lo recoge el precepto 5 de la misma ley.
Los diferentes presuntos delitos investigados
Cabe recordar que el instructor ha investigado en esta causa un presunto tráfico de influencias de Gómez a favor de Barrabés, la gestión de Gómez en la cátedra y los dos másteres que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid, la presunta apropiación indebida por parte de la esposa de Sánchez del software de dicha cátedra, además del nombramiento de Álvarez como su asesora en el Palacio de la Moncloa.
El último informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil reflejó que hubo contratos firmados entre las empresas financiadoras de la cátedra y la Universidad Complutense de Madrid que presentaban anomalías en procesos administrativos. El juez sospechó que Begoña Gómez, valiéndose de su posición de esposa del presidente del Gobierno, acudió a empresas poderosas para conseguir financiación para la Cátedra que codirigía en la Universidad Complutense.
Además, el magistrado le atribuye un delito de apropiación indebida porque cree que intentó adueñarse de una herramienta didáctica diseñada para la elaboración del máster. Se trata de un software valorado en más de 100.000 euros pagados por estos financiadores privados. Resulta que la mujer del presidente del Gobierno registró a su nombre la marca del software y la UCO consideró que, a pesar de que no llegó a lucrarse, la marca registrada sí presentó actividad comercial.

Cambio “radical” de su trayectoria tras la investidura
“Los hechos indiciariamente atribuidos a Gómez pudieron suponer que, desde la llegada de su esposo primero a la Secretaría General del PSOE y, sobre todo, a la Presidencia del Gobierno, se tomaron determinadas decisiones públicas favorables a la cátedra y al proyecto TSC, que pudieron obtenerse mediante un aprovechamiento singular de su posición relacional“, argumenta el instructor.
Peinado sostiene que, tras la investidura de Sánchez, “se produce un cambio radical en la trayectoria” de su esposa, aduciendo que “apenas dos meses después” de abandonar la empresa en la que trabajaba “fue nombrada directora del IE Africa Center”. Y remarca que la iniciativa para crear la cátedra “no” se canalizó “por los cauces ordinarios internos desde un primer momento”, sino que vino precedida de, “al menos”, una reunión mantenida por el rector de la UCM, Joaquín Goyache, “en el Palacio de la Moncloa”. Tras este encuentro, Peinado manifiesta que Goyache “trasladó al vicerrector la instrucción, en términos literales, de que ‘tenemos que crear una cátedra para Begoña Gómez, la mujer del presidente'”.
Así las cosas, asegura que Gómez “proyectaba simultáneamente su posición institucional, su actividad académica y sus relaciones con directivos y empresas con intereses o vínculos con el sector público”. “De este modo, la captación de fondos para la cátedra no aparece, indiciariamente, como una dinámica ordinaria de patrocinio universitario, sino como una manifestación más del circuito de relaciones de apoyo, colaboración y financiación que se fue tejiendo en torno al proyecto impulsado por Gómez”, agrega el magistrado.
En lo que respecta a Álvarez, Peinado indica que “era percibida por terceros no como mera asistente protocolaria, sino como persona integrada en el equipo de trabajo“. Y sobre Barrabés, Peinado subraya la “intensificación de las relaciones profesionales” con Gómez, así como la “utilización de la posición académica” de ella “en favor de intereses empresariales vinculados” a él.

