La jueza de la DANA impide que declare un testigo que ha denunciado al Gobierno de Sánchez en Bruselas

Veta en dos ocasiones la declaración de un testigo que ha logrado que la UE investigue la "inacción" del Gobierno central durante la catástrofe de la DANA en Valencia

Ursula von der Leyen en el Parlamento Europeo.
EFE/EPA/RONALD WITTEK

La jueza de la DANA, Nuria Ruiz Tobarra, ha impedido ya en dos ocasiones que declare como testigo un particular que ha denunciado al Gobierno de Pedro Sánchez ante la UE por “inacción” en la catástrofe. La reclamación ha sido admitida por el Parlamento Europeo y la Comisión Europea ha abierto una “investigación preliminar”, cuando Ruiz Tobarra dirige su investigación contra el Ejecutivo de Carlos Mazón en exclusiva y contra el propio Mazón.

Artículo14 se ha puesto en contacto con el denunciante, que no pierde la esperanza de poder declarar. Se cumple ahora un año de las negativas de la jueza y también de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) recibiera las quejas que la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos, Emilio Argüeso, plantearon por la injerencia del marido de Ruiz Tobarra, Jorge Martínez Ribera. Este periódico ha informado este lunes de que el CGPJ está dividido sobre este asunto, que el próximo jueves hará un año que investiga, y sobre el que está analizando los audios que grabaron víctimas.

Este particular denunció al Gobierno de Pedro Sánchez y al de Carlos Mazón. La denuncia contra ambos Ejecutivos, a la que ha tenido acceso este medio, es apartidista y se sitúa en el plano técnico y de los derechos. Solicita que se les investigue por su “inacción en la protección de la vida, integridad y seguridad de los ciudadanos”. En el caso del Gobierno de Sánchez, advierte de que el Estado debe intervenir cuando los recursos autonómicos son insuficientes para gestionar la emergencia y garantizar la seguridad pública y que debió activar el Nivel 3 de emergencia.

Desde su posición de vecino de Algemesí -localidad a la que llegó la UME a los dos días y medio de la DANA- que desempeñó funciones sanitarias en la tragedia, aporta un cronograma que considera acreditado por la investigación y que la jueza ha desestimado, y señala tanto a la Generalitat como al Ejecutivo de Sánchez y la delegada del Gobierno en la Comunidad Valenciana, Pilar Bernabé.

Esta petición se aceptó antes de que las víctimas solicitaran comparecer en el Parlamento Europeo, lo que se canceló en tres ocasiones, mientras que ésta se aceptó antes y por unanimidad. Las víctimas finalmente comparecieron el pasado 25 de septiembre.

La denuncia

La denuncia también aprecia “dilación en la movilización de recursos estatales, incluida la Unidad Militar de Emergencias (UME)”, lo que avisa de que “evidencia un incumplimiento grave de las obligaciones legales, así como una vulneración de los derechos fundamentales de los ciudadanos. Este incumplimiento no solo expuso a los ciudadanos a riesgos evitables, sino que comprometió su derecho a la vida, la integridad y la seguridad, lo que constituye una infracción de la normativa europea y nacional que protege estos derechos”.

La petición de investigación “pretende evidenciar la falta de medidas preventivas adecuadas y la deficiente respuesta de las autoridades, lo que ha generado graves perjuicios y ha puesto en riesgo la vida de un elevado número de personas”. Las omisiones en la activación de recursos y la insuficiente coordinación representan una vulneración de derechos fundamentales, específicamente los derechos a la vida, integridad, y seguridad, consagrados en los artículos 2, 3 y 6 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE), así como en el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), concreta.

Además, añade, “la falta de una respuesta adecuada constituye un incumplimiento de los compromisos asumidos por España en virtud de estos instrumentos jurídicos, que exigen que los Estados miembros adopten las medidas necesarias para proteger la seguridad de sus ciudadanos ante riesgos predecibles”. Señala incumplimiento de las normativas nacionales, particularmente de la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil y el Plan Estatal de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones, que agrava la responsabilidad de las autoridades. La Ley 17/2015 establece el principio de subsidiariedad, por el cual el Estado debe intervenir cuando los recursos autonómicos son insuficientes para gestionar la emergencia y garantizar la seguridad pública, añade. En este caso, “el Gobierno central, con conocimiento de la situación y de la gravedad del caudal de los ríos, no activó el Nivel 3 de emergencia, tal y como exigía el Plan Estatal, lo cual representa un incumplimiento de sus deberes de coordinación”.

El cronograma

El escrito contiene un cronograma detallado de los hechos basado en comunicaciones y mensajes de fuentes oficiales por el que se solicitó que declarara ante la jueza. Hacia el mediodía -alrededor de las 16:00 horas-, señala que la atención de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y otros organismos se concentró en la presa de Forata, donde la situación era alarmante. Según la CHJ, había riesgo de ruptura de la presa, lo cual ponía en peligro a aproximadamente 5.000 personas aguas abajo. En este contexto, la CHJ explicó que el seguimiento del barranco de Poyo era responsabilidad del Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana, mientras que su atención en ese momento estaba centrada en monitorear y aplicar los planes de emergencia de presas, especialmente en Forata.

La Confederación Hidrográfica del Júcar informó de un aumento significativo en el caudal del barranco de Poyo a las 18:43 horas, prosigue, aunque este caudal ya había superado el umbral crítico de alerta casi una hora antes. La CHJ ha respondido a las dudas sobre la demora en la notificación señalando que el equipo técnico estaba ocupado en la monitorización y gestión de la emergencia en grandes ríos y presas, en concordancia con el Plan Especial de Inundaciones de la Generalitat Valenciana (GVA). El organismo sostiene que el aviso correspondiente se envió tras la segunda reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi), a las 18:30 horas, cuando la CHJ detectó una crecida instantánea en el barranco de Poyo, reseña sobre las alertas.

Es concluyente para la denuncia “una grave omisión por parte de las autoridades competentes en la activación de la Unidad Militar de Emergencias (UME), a pesar de que existen mecanismos legales claros que facultan dicha intervención”. La UME se desplegó en Utiel sobre el mediodía, como así figura en el cronograma de la denuncia, pero solo un contigente de 150 efectivos. Pese a tener los mecanismos adecuados para una activación preventiva, no se hizo. El argumento oficial es que se requería autorización de la Generalitat, y eso no es así. De forma autónoma podían desplegarse.

Este hecho constituye una “negligencia administrativa que ha afectado la eficacia de la respuesta ante la emergencia, dado que la UME, como órgano interinstitucional de apoyo a las emergencias, tiene la capacidad de activarse de forma inmediata y autónoma. La administración pública, al no activar los recursos pertinentes, ha vulnerado el marco normativo vigente, lo que ha impedido una respuesta más efectiva y ha generado un perjuicio directo en la gestión de la crisis”.

“A pesar de las alertas meteorológicas previas y las condiciones extremas anunciadas, las autoridades locales, autonómicas y nacionales no adoptaron las medidas preventivas adecuadas”, concluye la denuncia.

“Convendría escuchar al denunciante”

La asociación Liberum, que lleva la defensa de víctimas de la DANA, es la que ha solicitado a la jueza que cite a este particular en dos ocasiones. Sostiene que la denuncia y la apertura de una “investigación preliminar” por parte de Bruselas son de “gran importancia”, por lo que convendría escuchar en sede judicial al denunciante.

En su escrito, subraya que la investigación de la Comisión Europea es especialmente relevante para “la depuración de responsabilidades de las diferentes administraciones públicas”. Por ello, pide que la causa que instruye la juez Nuria Ruiz adhiera la denuncia elevada a las autoridades europeas y la respuesta favorable que firma el presidente de la Comisión de Peticiones de la Eurocámara, Bogdan Rzońca, que también he remitido el asunto a la Comisión de Medio Ambiente, Clima y Seguridad Alimentaria y a la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo.

En su respuesta, el Parlamento Europeo recuerda que España solicitó “formalmente ayuda” el 5 de noviembre -siete después de la catástrofe- al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, dotado con hasta 1.144 millones euros anuales y cuyo desembolso no es inmediato.

También detalla que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ha asignado a España 163.800 millones de euros en préstamos y subvenciones para que puedan ser invertidos hasta agosto de 2026 y que, desde que tuvo lugar la DANA se han ido celebrando debates sobre este asunto tanto en la Comisión como en el Parlamento Europeo.

Imagen de suscripción a newsletter Pilar Gómez

Suscríbete a nuestra newsletter

Recibe en tu correo electrónico, los artículos de la directora Pilar Gómez.