David Sánchez Pérez-Castejón ha sido condenado a nueve años de inhabilitación especial por un delito de prevaricación administrativa. La Audiencia Provincial de Badajoz considera que su contratación en la Diputación pacense estuvo vinculada a una actuación arbitraria de la Administración, aunque lo ha absuelto del delito de tráfico de influencias y ha descartado imponerle una pena de prisión.
La sentencia sitúa definitivamente en el centro de la actualidad al hermano menor del presidente del Gobierno. Sin embargo, antes de que su nombre quedara asociado a una de las causas judiciales más relevantes del entorno de Pedro Sánchez, David Sánchez había construido una trayectoria profesional alrededor de la música clásica, la composición y la dirección de orquesta.
Un músico conocido profesionalmente como David Azagra
David Sánchez Pérez-Castejón nació en Madrid en 1974. Es economista de formación, aunque buena parte de su carrera profesional ha estado dedicada a la música. En el ámbito artístico ha utilizado el nombre de David Azagra, con el que ha desarrollado trabajos como compositor y director de orquesta.
Su formación musical tuvo una dimensión internacional. Estudió en el Conservatorio Estatal de San Petersburgo Rimsky-Korsakov, en Rusia, donde se especializó en composición y dirección operística. Antes de regresar a España, David Sánchez desarrolló diferentes proyectos vinculados con la música, la ópera y la dirección artística.
Su trayectoria cambió en 2017, cuando obtuvo una plaza como coordinador de Actividades de los Conservatorios de Música dependientes de la Diputación de Badajoz. El puesto había sido creado para organizar y coordinar los recursos culturales y musicales de la institución provincial.
Años después, esa posición se transformó en la jefatura de la Oficina de Artes Escénicas. Desde allí impulsó iniciativas como el programa Ópera Joven y participó en la planificación de actividades relacionadas con los conservatorios, la música y la producción cultural en la provincia.
David Sánchez dejó definitivamente su puesto en 2025. En su escrito de renuncia explicó que la presión judicial y mediática estaba afectando a su vida personal y a su prestigio profesional. Para entonces, la investigación sobre su contratación ya había colocado su actividad en la Diputación bajo el escrutinio de los tribunales.
La plaza de la Diputación que originó el procedimiento

El origen del caso se encuentra en una denuncia presentada en mayo de 2024 por Manos Limpias. Las primeras sospechas abarcaron cuestiones muy diferentes: desde la residencia de David Sánchez en Portugal hasta su patrimonio, su tributación o un posible incumplimiento de sus obligaciones laborales.
Sin embargo, una parte sustancial de aquellas acusaciones iniciales quedó descartada durante la investigación. No se acreditó un incremento patrimonial injustificado y tampoco prosperaron las sospechas relacionadas con un supuesto fraude fiscal o una malversación de fondos públicos.
La causa terminó concentrándose en la contratación de David Sánchez como coordinador de los conservatorios y en la posterior transformación administrativa de su puesto. Las acusaciones populares defendieron que la plaza había sido diseñada como un “traje a medida” para favorecer al hermano del presidente del Gobierno.
Durante el juicio se analizaron las bases de la convocatoria, la valoración de los aspirantes, las entrevistas realizadas, numerosos correos electrónicos y la intervención de los responsables políticos y administrativos de la Diputación. El tribunal debía determinar si existió una competición real entre los candidatos o si el resultado estaba decidido de antemano.
El procedimiento también examinó la posterior contratación de Luis Carrero, amigo de David Sánchez y antiguo trabajador vinculado a Presidencia del Gobierno. Carrero había contactado con él para pedirle ayuda profesional y terminó obteniendo otro puesto relacionado con actividades transfronterizas.
Por qué han condenado a David Sánchez
La Audiencia Provincial de Badajoz ha concluido que los hechos relacionados con la contratación constituyen un delito de prevaricación administrativa. Este delito se produce cuando una autoridad o un funcionario participa conscientemente en una resolución arbitraria, contraria al ordenamiento jurídico y carente de una justificación razonable.
El tribunal atribuye a David Sánchez una responsabilidad penal en las decisiones que permitieron su incorporación y consolidación dentro de la estructura de la Diputación. La sentencia considera probado que el procedimiento administrativo no respondió únicamente a criterios objetivos y ordinarios de selección.
No obstante, la Sala lo ha absuelto del delito de tráfico de influencias. Esta decisión significa que el tribunal no ha considerado acreditado que David Sánchez utilizara directamente su relación familiar con Pedro Sánchez para presionar o influir sobre los responsables de la institución provincial.
Esta distinción resulta esencial. La condena no establece que el presidente del Gobierno interviniera en la contratación de su hermano ni que David Sánchez hiciera valer de forma probada su parentesco. La responsabilidad determinada por la Audiencia se limita al funcionamiento administrativo que rodeó la creación y adjudicación del puesto.
Nueve años de inhabilitación, pero ninguna pena de cárcel

La condena impuesta a David Sánchez asciende a nueve años de inhabilitación especial. Durante ese periodo no podrá ocupar los cargos, empleos o funciones públicas concretados en la sentencia. La pena no supone una prohibición general para trabajar ni le impide desarrollar actividades privadas relacionadas con la música o la cultura.
Las acusaciones populares habían reclamado penas de hasta seis años de prisión por prevaricación y tráfico de influencias. El tribunal, sin embargo, ha descartado la cárcel al absolverlo del segundo delito y condenarlo únicamente por prevaricación administrativa.
La Fiscalía mantuvo durante el juicio una posición opuesta a las acusaciones. El Ministerio Público pidió la absolución de David Sánchez y del resto de los procesados al considerar que las pruebas presentadas no bastaban para destruir la presunción de inocencia. Las defensas también argumentaron que la plaza respondía a una necesidad real, que el acusado reunía la formación requerida y que numerosos funcionarios avalaron la legalidad del procedimiento.
La Audiencia no ha compartido esa interpretación y ha dictado una sentencia condenatoria por unanimidad. Aun así, la resolución no es firme. David Sánchez puede presentar recurso ante una instancia superior, por lo que su responsabilidad penal definitiva todavía dependerá del recorrido judicial de la causa.
El fallo representa un duro golpe personal y político, pero requiere una lectura precisa: David Sánchez ha sido condenado por prevaricación administrativa, ha sido absuelto de tráfico de influencias y no deberá ingresar en prisión. La clave jurídica reside en la arbitrariedad que el tribunal aprecia en su contratación pública, no en una intervención acreditada de su hermano ni en las sospechas económicas que dieron origen al procedimiento.

