La Audiencia de Zaragoza corrige a un juez de Violencia y ordena investigar a un maltratador que cambió de sexo

También rectifica su negativa a proteger a una víctima en riesgo extremo y después ordenó que el caso siguiera investigándose mientras se analiza un posible fraude de ley

“Mi finalidad es matar a la madre de mis hijos”. “Todos conocemos al X. Si puede te matará”. Esas amenazas llegaron al juzgado junto a la denuncia que Sara (nombre ficticio) presentó el pasado 16 de mayo contra su expareja. La Policía Nacional activó para ella el nivel de riesgo extremo, el más alto del sistema VioGén. El propio atestado calificó además el procedimiento como un caso de “especial relevancia”, una categoría reservada para situaciones en las que el riesgo de reincidencia violenta con resultado de muerte se multiplica. Aun así, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza rechazó concederle una orden de protección.

Aquella decisión marcó el inicio de un complejo periplo judicial. El mismo magistrado se inhibió después al comprobar que el denunciado había cambiado el sexo registral y remitió la causa al Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza. Allí, otro juez corrigió de facto el criterio inicial al acordar las primeras medidas cautelares frente al investigado, continuar impulsando la investigación y transformar las diligencias en procedimiento abreviado. Mientras tanto, la Audiencia Provincial de Zaragoza corrigió por partida doble al juez de Violencia. Primero le obligó a conceder la protección que había negado a Sara y, semanas después, revocó también la inhibición y ordenó investigar si el cambio registral del denunciado pudo responder a un fraude de ley.

Un juzgado de instrucción de Zaragoza corrige al juez de violencia sobre la mujer
Un juzgado de instrucción de Zaragoza corrigió al juez de violencia sobre la mujer

Ese recorrido por dos juzgados, cuatro resoluciones judiciales y dos autos de la Audiencia ha desembocado ahora en un nuevo frente. La defensa de Sara solicita declarar nulas todas las actuaciones practicadas por el Juzgado de Instrucción al sostener que, si la Audiencia concluyó que la causa nunca debió abandonar el juzgado especializado, todo lo actuado desde entonces carece de validez.

“Te quiere matar”

La Policía Nacional no trató la denuncia como un caso más. Activó el máximo nivel de alerta del sistema VioGén, solicitó medidas urgentes de protección e incluso propuso valorar la colocación de una pulsera telemática al investigado.

En la denuncia también figuraban amenazas concretas. Según el atestado policial, una conocida común trasladó a Sara frases atribuidas al investigado como “Mi finalidad es matar a la madre de mis hijos” o “Me llevo a mi mujer por delante porque es mi finalidad”. En otros mensajes incorporados a la causa podían leerse advertencias como “Te quiere matar” o “Si puede te matará”.

El contexto era especialmente grave. El denunciado acumulaba varias condenas relacionadas con violencia de género contra la propia Sara: amenazas, lesiones, violencia familiar, abandono de familia y reiterados quebrantamientos de órdenes judiciales dictadas precisamente para protegerla. También constaban condenas por incumplir medidas cautelares y vulnerar órdenes de alejamiento.

Pese a ello, el juez rechazó la orden de protección y mantuvo esa decisión cuando la víctima recurrió. Lo hizo incluso después de que la Fiscalía respaldara el recurso y solicitara también la adopción de medidas cautelares al considerar que existían motivos suficientes para proteger a Sara.

Un caso que cambió de juzgado

El juez de Violencia decidió inhibirse después de comprobar que el denunciado había rectificado su sexo registral antes de los nuevos hechos investigados y remitió la causa al Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza.

El cambio de juzgado cambió también el rumbo del procedimiento. Mientras el juez de Violencia había rechazado proteger a Sara, el Juzgado de Instrucción sí acordó medidas cautelares frente al investigado y llevó la causa hasta la apertura del procedimiento abreviado. Todo ello ocurrió mientras la Audiencia Provincial todavía tenía pendientes de resolver los recursos presentados por la defensa de la víctima.

Dos correcciones de la Audiencia

La primera llegó el 24 de junio. La Audiencia Provincial concluyó que las amenazas, los audios incorporados a la causa, los antecedentes del investigado y la valoración policial de riesgo extremo justificaban plenamente la adopción de una orden de protección. Los magistrados reprocharon al juez que no hubiera valorado adecuadamente ese conjunto de indicios y acordaron prohibir al denunciado acercarse a menos de 500 metros de Sara, de su domicilio y de su lugar de trabajo, así como comunicarse con ella por cualquier medio.

La segunda resolución llegó apenas unos días después. El tribunal dejó sin efecto también la inhibición acordada por el juez de Violencia. Consideró que antes debía aclararse si el cambio registral de sexo podía responder a un fraude de ley, teniendo en cuenta tanto los antecedentes por violencia de género contra la misma víctima como las manifestaciones atribuidas al investigado sobre las razones que le llevaron a modificar su inscripción registral. Por ello, ordenó que la investigación regresara al Juzgado de Violencia sobre la Mujer mientras esa cuestión era analizada. Con esa decisión, la Audiencia no solo devolvió la causa al juzgado especializado, sino que dejó en cuestión todo el recorrido procesal seguido hasta ese momento por el Juzgado de Instrucción.

“Mientras nosotros recurríamos, la víctima seguía esperando”

Las dos resoluciones de la Audiencia tienen ahora una consecuencia directa. La defensa de Sara solicita la nulidad de todas las actuaciones practicadas por el Juzgado de Instrucción al sostener que, una vez revocada la inhibición, ese órgano nunca debió asumir la causa y que todas las resoluciones dictadas durante ese periodo carecen de cobertura competencial.

Para Andrea Cabezas, presidenta de Stop Violencia Vicaria, el caso pone de manifiesto un problema que trasciende esta investigación. “Es una vergüenza que una víctima pueda encontrarse con que, después de haber sufrido violencia y existiendo condenas previas por violencia de género, tenga además que pelear para que su procedimiento permanezca en el circuito especializado que precisamente existe para protegerla”.

También cuestiona el tiempo que la víctima ha tenido que dedicar a una batalla procesal mientras seguía en riesgo extremo. “Mientras nosotros recurríamos una y otra vez, la víctima seguía esperando. Estamos hablando de una mujer valorada policialmente en riesgo extremo y de un caso de especial relevancia. No son simples etiquetas administrativas. La propia valoración policial establece que estos casos multiplican por ocho el riesgo de un resultado mortal“.

A su juicio, el caso obliga también a una reflexión institucional. “Para una mujer en riesgo extremo los tiempos procesales también son protección. Cuando meses después otro órgano judicial concluye que el procedimiento debía permanecer en el circuito especializado, es inevitable preguntarse qué impacto ha tenido ese tiempo perdido sobre la seguridad y la tranquilidad de la víctima”.

Cabezas lamenta además que Sara no pudiera acceder a justicia gratuita y tuviera que asumir el coste económico de cada recurso para defender un derecho que, a su juicio, nunca debió depender de su capacidad económica. “Sara no solo ha tenido que enfrentarse a su agresor. También al desgaste procesal, a la incertidumbre y al coste económico de defender un derecho que nunca debió depender de su capacidad económica: ser protegida por el sistema especializado previsto para las víctimas de violencia de género”.

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