Esta semana llegaba a esta redacción una pregunta a la que nos ha sido imposible dar respuesta: ¿Cuántas mujeres víctimas de violencia machista han reclamado al Estado porque consideran que las instituciones no las protegieron?
Esta vez sí, la respuesta debía ser numérica: no sé cuántas. Y resulta que, para una vez que hablamos de víctimas y necesitamos un número (¡por una vez!), no han sabido responder. No lo sabe Interior. Tampoco Justicia. Ni el Consejo General del Poder Judicial.
Artículo14 ha preguntado a las tres instituciones y ninguna dispone de ese dato.
Así que hoy acudimos a Victoria Rosell, jueza y exdelegada del Gobierno contra la Violencia de Género, para responder otra pregunta que surge de la no-respuesta anterior: ¿qué nos quiere decir la ausencia de este dato?
No es una simple cuestión estadística: “No quieren visibilizar” esos casos. Son, considera la exdelegada, “las costuras del Estado de derecho, sus fallos”.
Claro que de aquí surge otra pregunta (hoy nos hemos despertado preguntonas): si ni siquiera sabemos cuántas mujeres han llegado a ese punto, ¿cómo entender qué ocurre cuando falla la cadena de protección?
Así que, donde el Estado no da respuestas, las buscamos nosotras. Rosell nos ayuda a entender qué derecho tiene a esperar una mujer cuando denuncia, qué significa que VioGén la considere en riesgo, qué ocurre si su agresor vuelve a su vida y qué puede hacer una familia cuando, después de un asesinato, considera que las instituciones no hicieron lo suficiente por proteger a su hija, hermana o madre.

Queridas, este lunes, para vosotras:
Si el Estado sabe que estás en peligro, ¿qué tiene que hacer?
La primera clave es una expresión jurídica que puede sonar abstracta pero que tiene consecuencias muy concretas: diligencia debida.
“La cuestión es la diligencia debida del Estado, tanto en la valoración del riesgo como en la protección que deriva del mismo”, explica Rosell.
Es decir: no basta con que una mujer denuncie, se registre su caso y se establezca un nivel de riesgo. El Estado tiene que valorar correctamente la información que conoce y, a partir de ahí, adoptar las medidas de protección adecuadas.
El Sistema VioGén sirve precisamente para valorar el riesgo y establecer el seguimiento policial correspondiente. Pero una valoración no es una predicción de futuro. El riesgo puede cambiar y la información también.
Ante el caso de Diana, por ejemplo, que fue asesinada por su expareja Augusto Marcelino en diciembre de 2024 pese a haber sido considerada de riesgo extremo, surgieron (y surgen) todas estas preguntas: ¿qué información tenía el sistema?, ¿qué medidas se adoptaron?, ¿quién debía ejecutarlas?, ¿quién debía comprobar que funcionaban?
La diligencia debida es la obligación del Estado a responder a todas ellas. En presente. Día a día. Mucho antes de que Diana fuese asesinada.
¿Qué derechos tiene una mujer que pide ayuda?
Si eres víctima de violencia de género tienes derecho a recibir protección y asistencia y a que las instituciones tengan en cuenta tu situación concreta.
E insistíamos aquí: pedir ayuda una vez no significa que tenga que quedarse con la misma fotografía de riesgo para siempre.
Si aparecen nuevas amenazas, el agresor incumple medidas, cambia la situación familiar o aumenta el peligro, esa información puede y debe volver a ser comunicada y valorada.
La protección tampoco depende de una sola institución. Policía, juzgados, Fiscalía y servicios públicos intervienen en distintos momentos.
Para una mujer, la cuestión no debería ser tener que averiguar cómo funciona toda esa maquinaria, sino poder confiar en que las distintas piezas se comunican y actúan cuando el peligro existe.

¿Y si vuelve tú agresor?
Aquí aparece una de las situaciones más delicadas y que más fácilmente pueden acabar poniendo el foco sobre la víctima.
El maltratador puede volver en cualquier momento. Las órdenes de alejamiento no impiden que tú agresor y potencial asesino regrese. De hecho, incluso tú, como mujer y como víctima, puedes volver con su agresor creyendo que todo irá mejor que la última vez.
En la vida de una mujer maltratada y anulada por un maltratador pasa que se retiran denuncias. Pasa que deja de acudir al juzgado. Para que a veces decide no continuar con el agotador- aunque necesario- proceso de denuncia.
Pero eso no significa automáticamente que el peligro haya desaparecido. Y eso es lo que tenemos que entender todos (administraciones y sociedad).
Puede haber miedo, dependencia económica, amenazas, presión, hijos en común o control por parte del agresor.
Rosell recuerda la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en la demanda de Nahide Opuz (mujer turca maltratada por su marido) contra el Estado turco: “Una vez que la situación se ha puesto en conocimiento de las autoridades, las autoridades no pueden escudarse en la actitud de la víctima para justificar la no adopción de medidas adecuadas para prevenir que se lleven a cabo las amenazas”.
Esa sentencia fue histórica. Era 2009 y por primera vez se condenaba a una Estado por no proteger a una víctima de su agresor.
Por eso, advierte Rosell, ante una mujer que vuelve con su agresor, la pregunta no debería ser “¿por qué volvió?”, sino “¿qué sabía el sistema y qué hizo con esa información?”
Rosell apunta este ejemplo para recordarnos: casi 20 años después se siguen comiendo los mismos errores.

¿Y si VioGén dijo que el riesgo era bajo?
La otra posibilidad es que el peligro no se detecte correctamente.
Que una mujer sea asesinada después de haber sido valorada con riesgo bajo o medio no demuestra por sí solo que la valoración fuera incorrecta. Pero sí obliga a reconstruir qué información existía, cómo se valoró y qué medidas se adoptaron.
El caso de Itziar Prats ayuda a entenderlo.
En 2018, Itziar había presentado denuncias y grabaciones para advertir del peligro que corrían sus hijas. VioGén estableció riesgo bajo y el Juzgado de Violencia sobre la Mujer denegó la orden de protección y la suspensión cautelar de las visitas.
El 25 de septiembre de 2018, su expareja asesinó a Nerea y Martina, de seis y dos años, durante una visita. Después, Itziar reclamó responsabilidad patrimonial al Estado.
“El Ministerio de Justicia y el de Interior reconocieron su responsabilidad al cincuenta por ciento”, explica Rosell. “Yo no conozco otro caso en el que esto haya sucedido voluntariamente, pero es un gran paso que el Gobierno o el Estado asuma su responsabilidad.”
El Consejo General del Poder Judicial mantuvo otra posición y cuestionó la vía utilizada por Itziar, además de referirse a su actuación procesal.
Pero el Ministerio de Justicia sostuvo en su resolución que, dadas las circunstancias del procedimiento, Itziar había “perdido absolutamente la confianza en el sistema”.
Para Rosell, el caso demuestra algo esencial: cuando una víctima deja de confiar en las instituciones, tampoco puede analizarse su comportamiento como si ocurriera al margen de todo lo que ha sucedido antes.
Entonces, ¿puede una familia reclamar al Estado?
Sí. Pero no existe una indemnización automática porque una mujer haya denunciado y después haya sido asesinada.
Hay que acreditar un daño y una relación entre ese daño y el funcionamiento de la Administración. El precedente fundamental es el de Ángela González Carreño.
Ángela había presentado 47 denuncias por violencia de género. Su hija Andrea fue asesinada por su padre en 2003 durante un régimen de visitas.
El Comité CEDAW concluyó en 2014 que España había vulnerado sus derechos. Pero el reconocimiento no llegó inmediatamente. Ángela tuvo que continuar litigando.
“Ángela tuvo que litigar después cuatro años para obtener la indemnización de España en 2018… por esa falta de diligencia”, recuerda Rosell.
El Tribunal Supremo reconoció finalmente la posibilidad de utilizar la vía de responsabilidad patrimonial del Estado para hacer efectivo el dictamen de CEDAW.
¿Qué tiene que demostrar una familia?
No basta con señalar que una mujer había denunciado y después fue asesinada. Hay que reconstruir toda la cadena de protección.
Qué había comunicado la víctima. Qué información tenía la policía. Cómo se valoró el riesgo. Qué decisiones adoptó el juzgado. Qué medidas se pusieron en marcha. Si se cumplieron. Si el riesgo cambió. Si las instituciones conocieron ese cambio. Y, finalmente, si existe una relación entre un funcionamiento incorrecto de la Administración y el daño producido.
Eso es precisamente lo que significa hablar de diligencia debida.
Y ahí vuelven las palabras de Rosell: “…el Comité CEDAW, en el dictamen de 2014, de 16 de julio, consideró que España había infringido los derechos de Ángela González Carreño y de su hija Andrea”.
No se trata de que el Estado pueda garantizar que una mujer nunca será asesinada. Se trata de que, cuando conoce una situación de riesgo, tiene obligaciones concretas de prevención y protección.
El agujero también cuenta
Y ahora nos vemos en la obligación de volver a la pregunta inicial.
¿Cuántas víctimas de violencia machista han reclamado al Estado porque consideran que este falló?
No lo sabemos. No lo sabe Interior. No lo sabe Justicia. No lo sabe el CGPJ.
Y eso importa porque sin ese dato tampoco podemos dimensionar una parte de los fallos de la cadena de protección: los casos en los que una mujer o su familia considera que las instituciones no hicieron lo suficiente y decide pedir responsabilidades.
Rosell lo resume hablando de las “costuras del Estado de derecho”: los lugares donde el sistema deja ver sus fallos.
Pero hay algo más. “Creo que todas las víctimas que intentan abrir este camino… están abriendo camino para las demás”, dice.
La familia de Diana, que va a denunciar al Estado al considerar que falló a Diana, es ahora una de esas voces que puede obligar a mirar esas costuras.
Y mientras su familia intenta averiguar qué ocurrió, hay una pregunta que debería poder responderse sin tener que empezar una nueva batalla administrativa: cuando el Estado sabe que una mujer está en peligro, ¿quién se asegura de que la protección funciona?
Si algo de lo que has leído te ha removido o sospechas que alguien de tu entorno puede estar en una relación de violencia puedes llamar al 016, el teléfono que atiende a las víctimas de todas las violencias machistas. Es gratuito, accesible para personas con discapacidad auditiva o de habla y atiende en 53 idiomas. No deja rastro en la factura, pero debes borrar la llamada del terminal telefónico. También puedes ponerte en contacto a través del correo 016-online@igualdad.gob.es o por WhatsApp en el número 600 000 016. No estás sola.

