Calendario

Del BOE a las urnas: todas las fechas clave de las elecciones generales del 29 de noviembre

El calendario electoral fija 54 días entre la convocatoria y las urnas, con candidaturas, campaña y voto por correo marcados por ley

Voto depositado en la urna electoral en el colegio electoral instalado en Barcelona.
Voto depositado en la urna en un colegio electoral de Barcelona.
EFE

La convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre pone en marcha un calendario electoral prácticamente milimetrado por la ley. Desde la publicación del decreto de disolución de las Cortes hasta la constitución del nuevo Congreso, cada paso está sometido a unos plazos concretos que comienzan a correr después de que Pedro Sánchez haya anunciado el adelanto de los comicios.

La primera fecha decisiva es este lunes 5 de octubre. La Constitución establece que el presidente del Gobierno puede proponer la disolución del Congreso y del Senado tras la deliberación del Consejo de Ministros y bajo su exclusiva responsabilidad. Formalmente, sin embargo, es el Rey quien decreta la disolución de las Cortes mediante un Real Decreto refrendado por el presidente.

Con las elecciones generales fijadas para el domingo 29 de noviembre, ese Real Decreto deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado el martes 6 de octubre. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que, en caso de disolución anticipada, el decreto se publica al día siguiente de su expedición, entra en vigor ese mismo día y fija la votación para el quincuagésimo cuarto día posterior a la convocatoria.

El 6 de octubre será, por tanto, el verdadero punto de partida del proceso electoral. Desde ese momento quedarán disueltos el Congreso de los Diputados y el Senado y finalizará el mandato de sus miembros. Permanecerán activas las Diputaciones Permanentes de ambas Cámaras para ejercer las funciones que la Constitución les atribuye mientras no exista un nuevo Parlamento.

De las candidaturas a la campaña electoral

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Alberto Núñez Feijóo y Santiago Abascal.
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El calendario de las elecciones generales comenzará a avanzar rápidamente. El 9 de octubre, tercer día posterior a la convocatoria, se constituirán inicialmente las Juntas Electorales Provinciales y de Zona. Además, los partidos que pretendan concurrir mediante una coalición dispondrán de los diez días posteriores a la convocatoria para comunicar formalmente su acuerdo electoral.

Uno de los momentos políticamente más importantes llegará entre el 21 y el 26 de octubre. La LOREG establece que las candidaturas deben presentarse entre los días decimoquinto y vigésimo posteriores a la convocatoria. Será entonces cuando los partidos registren oficialmente sus listas al Congreso y al Senado para las elecciones generales.

Las candidaturas presentadas se publicarán el 28 de octubre. Tras el periodo previsto para detectar y subsanar posibles irregularidades, las juntas electorales realizarán la proclamación de candidatos el 2 de noviembre y las listas definitivamente proclamadas se publicarán al día siguiente, el 3 de noviembre.

También durante esos días se elegirán las personas que integrarán las mesas electorales. Los ayuntamientos deben realizar los sorteos públicos para escoger presidentes, vocales y suplentes entre los días 25 y 29 posteriores a la convocatoria. Con el decreto en vigor desde el 6 de octubre, esos sorteos correspondientes a las elecciones generales tendrán lugar entre el 31 de octubre y el 4 de noviembre.

El siguiente gran hito llegará el viernes 13 de noviembre. Ese día comenzará oficialmente la campaña electoral, que tiene una duración legal de 15 días. Los partidos podrán pedir expresamente el voto hasta el viernes 27. El sábado 28 de noviembre será la jornada de reflexión y el domingo 29 abrirán los colegios electorales.

Del voto por correo al nuevo Congreso

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Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo.
Kiloycuarto

Quienes no puedan acudir presencialmente a votar en las elecciones generales también tendrán su propio calendario. El voto por correo podrá solicitarse desde la convocatoria y hasta el décimo día anterior a los comicios, es decir, hasta el 19 de noviembre. La Oficina del Censo Electoral comenzará a remitir la documentación desde el 9 de noviembre y, conforme al plazo ordinario de la LOREG, el voto tendrá que enviarse antes del tercer día previo a la elección.

Finalmente llegará el 29 de noviembre. Los ciudadanos elegirán a los 350 diputados del Congreso y a los senadores de elección directa. La noche electoral ofrecerá ya una imagen prácticamente completa del reparto de escaños, aunque los resultados todavía tendrán que pasar por el escrutinio general.

Ese recuento comenzará el viernes 4 de diciembre, cinco días después de las elecciones generales. En él se incorporará también el voto de los españoles residentes en el extranjero. La ley establece que el escrutinio debe concluir, como máximo, el octavo día posterior a la votación, es decir, el 7 de diciembre, antes de la posterior resolución de reclamaciones y proclamación de electos.

Hay, además, una diferencia importante respecto al periodo anterior a las elecciones. El Gobierno no pasa automáticamente a estar en funciones cuando se disuelven las Cortes. La Constitución establece que el Ejecutivo cesa tras la celebración de las elecciones generales. Sánchez y sus ministros continuarán, por tanto, ejerciendo como Gobierno hasta el 29 de noviembre y permanecerán en funciones desde entonces hasta la toma de posesión del nuevo Ejecutivo.

La última fecha del calendario todavía no puede determinarse con exactitud. La Constitución obliga a convocar al Congreso elegido dentro de los 25 días siguientes a las elecciones, por lo que el límite será el 24 de diciembre. El propio Real Decreto deberá precisar cuándo se constituirán las nuevas Cámaras, como ocurrió en las elecciones de 2023.

A partir de ahí comenzará una segunda cuenta atrás. El Rey abrirá las consultas con los partidos y propondrá un candidato a presidente del Gobierno. Este necesitará mayoría absoluta en una primera votación o mayoría simple 48 horas después. Y solo entonces arrancará el último reloj constitucional: si pasan dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato consiga la confianza del Congreso, las Cortes volverán a disolverse y España tendrá que regresar nuevamente a las urnas.

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