El casero que no renueve el alquiler tendrá que indemnizar al inquilino con 12 mensualidades

El segundo decreto de vivienda, que se publicará este jueves en el BOE, introduce la prórroga automática de los contratos una vez cumplidos los cinco o siete años obligatorios

Los propietarios que decidan no renovar un contrato de alquiler tendrán que compensar al inquilino con, como mínimo, doce mensualidades de renta. Así lo establece el segundo decreto de vivienda aprobado por el Gobierno, cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado está prevista para este jueves y que introduce la prórroga automática de los arrendamientos.

El texto no impide al casero poner fin al contrato cuando llegue su vencimiento, pero le obliga a pagar una indemnización si no justifica alguno de los supuestos que le eximen de ella.

La clave está en la reforma del artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Una vez agotado el periodo mínimo obligatorio, de cinco años si el propietario es una persona física y de siete si es una empresa, el contrato se prorrogará por periodos de idéntica duración siempre que ninguna de las partes manifieste su intención de darlo por terminado.

El arrendador tendrá que avisar con al menos seis meses de antelación, mientras que el inquilino conservará el preaviso de dos meses.

Si el propietario opta por no renovar, no estará obligado a dar explicaciones, siempre que abone la compensación. Esta ascenderá como mínimo a doce mensualidades, calculadas sobre la renta de una vivienda similar según el índice estatal de referencia de precios del alquiler, y nunca podrá ser inferior a una mensualidad por cada año de permanencia del inquilino en la casa.

El casero quedará liberado de la indemnización si necesita la vivienda para él, su cónyuge o familiares de hasta segundo grado; si el inquilino no reside realmente en ella más de seis meses al año sin causa justificada; si dispone de otra vivienda adecuada en el mismo municipio; o si se firma un nuevo contrato de cinco o siete años a precio regulado, o el inquilino rechaza de forma acreditada una oferta en esas condiciones. También podrá acogerse a la exención un propietario en situación de vulnerabilidad acreditada. En todos los casos, el motivo deberá constar en la comunicación de no renovación.

La publicación de esta segunda norma se ha retrasado un día. El Gobierno lo atribuye a razones técnicas y jurídicas y asegura que el texto está cerrado. Ambos decretos están vinculados: el primero reconoce al inquilino el derecho a solicitar una prórroga de hasta dos años, que el propietario debe aceptar salvo excepciones, y el segundo modifica esa misma disposición para introducir la renovación automática. Según el Ejecutivo, carecería de sentido reformar un artículo que aún no ha entrado en vigor.

La división del paquete se decidió en el Consejo de Ministros de este martes. El Gobierno alegó que no había tenido margen para pactar una medida de tanto calado con Junts y PNV, de cuyo apoyo depende la convalidación, y optó por separar la prórroga indefinida en una segunda norma.

La intención es que el Congreso vote por separado la convalidación de ambos textos este viernes, en un pleno extraordinario, aprovechando el empuje de las movilizaciones para presionar a los socios más reticentes.

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