Cerco al PSOE

Peinado defiende las restricciones a Begoña Gómez y alega que no sería la primera vez que un dirigente europeo huye de la Justicia

El juez defiende ante la Audiencia Provincial la retirada del pasaporte de Begoña Gómez, insiste en evitar un trato de favor y matiza sus declaraciones sobre los escoltas policiales

El juez Juan Carlos Peinado ha defendido ante la Audiencia Provincial de Madrid su decisión de mantener la retirada del pasaporte y la prohibición de abandonar España impuestas a Begoña Gómez. En un escrito remitido para responder al recurso presentado por la defensa de la investigada, el magistrado sostiene que la existencia de un dispositivo permanente de seguridad no garantiza por sí sola que pueda descartarse un eventual riesgo de fuga.

El instructor recuerda el caso del ex primer ministro italiano Benito Craxi, quien en 1994 abandonó Italia y se instaló en Túnez mientras estaba inmerso en un proceso judicial por corrupción. El juez subraya que Craxi también disponía de protección oficial, por lo que considera que la presencia de escoltas no constituye un argumento suficiente para levantar las medidas cautelares.

Tras las críticas recibidas y el inicio de los trámites en el Consejo General del Poder Judicial para estudiar la apertura de un expediente disciplinario, el magistrado trata de desmarcarse de la polémica y asegura que “en modo alguno” pretendía cuestionar ni menospreciar la labor de esos funcionarios. No obstante, añade que, como ocurre en cualquier institución, pueden existir actuaciones individuales que incumplan las obligaciones profesionales.

Además, insiste en que la misión de los escoltas es la de proteger frente a terceros de posibles ataques a su integridad física y no evitar los movimientos o desplazamientos que estime. Es decir, que en cualquier caso no sería competencia de los escoltas retenerla si se diera a la fuga.

Trato de favor

Peinado insiste igualmente en el principio de igualdad ante la ley. Sostiene que conceder una autorización para salir de España con el objetivo de asistir a un acto familiar supondría un trato de favor respecto al que reciben otros investigados en procedimientos similares. Según expone, cualquier persona sometida a medidas cautelares por delitos castigados con penas que pueden alcanzar los 24 años de prisión difícilmente obtendría permiso para viajar al extranjero en circunstancias semejantes, con independencia de su relevancia pública o de su vinculación con las más altas instituciones del Estado.

La Audiencia Provincial será ahora la encargada de resolver el recurso y decidir si mantiene o modifica las restricciones impuestas a Begoña Gómez durante la investigación judicial.

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