Análisis

Claves del acuerdo entre España y Marruecos para el reparto de menores migrantes en Ceuta

España puede trasladar a los menores desde Ceuta a otras autonomías mientras estudia con Marruecos cada posible retorno de forma individual

Menores que entraron irregularmente en Ceuta se acumulan desde primeras horas de este viernes a las puertas de la Jefatura Superior de Policía de la ciudad para ser identificados.
Varios menores que entraron irregularmente en Ceuta.
EFE/Reduan

La llegada de menores extranjeros no acompañados durante la última crisis migratoria ha vuelto a tensionar el sistema de protección de Ceuta y ha colocado en primer plano dos mecanismos que suelen confundirse. Por un lado está el acuerdo entre España y Marruecos que permite estudiar el regreso de menores marroquíes a su país. Por otro, el reparto de menores migrantes en Ceuta hacia otras comunidades autónomas cuando la capacidad de acogida de la ciudad se encuentra desbordada.

Son procedimientos diferentes y Marruecos no decide a qué comunidades españolas son trasladados los menores. Su papel comienza cuando se estudia la posibilidad de que un niño o adolescente marroquí regrese a su familia o quede bajo protección de las autoridades de su país.

Mientras esa posibilidad se analiza, España está obligada a protegerlos como a cualquier otro menor en situación de desamparo.

Qué establece realmente el acuerdo con Marruecos

España y Marruecos firmaron en Rabat en 2007 un acuerdo para prevenir la emigración irregular de menores no acompañados, garantizar su protección en España y facilitar, cuando sea posible, su retorno. El texto entró en vigor en octubre de 2012.

La primera obligación española consiste en ofrecer a los menores marroquíes la misma protección reconocida a los menores españoles. Marruecos, por su parte, debe colaborar en la identificación del joven y de su familia y acreditar su nacionalidad.

El acuerdo permite posteriormente estudiar su regreso, pero no establece una devolución automática. España y Marruecos deben ponerse de acuerdo sobre cada caso y garantizar que el menor pueda reunirse efectivamente con su familia o ser recibido por una institución de protección adecuada.

El interés superior del menor está situado por encima del objetivo migratorio. Por eso conocer su nacionalidad no basta para enviarlo inmediatamente de vuelta.

Por qué un menor no puede ser devuelto como un adulto

Claves del acuerdo entre España y Marruecos para el reparto de menores migrantes en Ceuta
Pedro Sánchez comparece desde Ceuta.
EFE/Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

Cuando las autoridades localizan a una persona extranjera que parece menor y viaja sin un adulto responsable, comienza un procedimiento específico. Si existen dudas sobre su edad, interviene el Ministerio Fiscal para determinarla.

Una vez reconocida la minoría de edad, el joven queda bajo la protección de la administración competente y debe inscribirse en el Registro de Menores Extranjeros No Acompañados.

Si se estudia la repatriación, la Administración necesita conocer sus circunstancias familiares y escuchar al propio menor. También intervienen los servicios de protección y el Ministerio Fiscal.

El retorno solo puede realizarse cuando existan garantías suficientes de que no supondrá un riesgo y de que habrá una persona, una familia o una institución responsable después de su llegada.

El reparto entre comunidades depende únicamente de España

El reparto de menores migrantes en Ceuta responde a otro mecanismo. En marzo de 2025 se reformó la Ley de Extranjería para establecer una respuesta obligatoria cuando Canarias, Ceuta, Melilla u otro territorio sufran una situación extraordinaria de sobreocupación.

La contingencia puede declararse cuando un sistema de protección supera tres veces su capacidad ordinaria. Para 2026, el Gobierno ha calculado que la capacidad ordinaria de Ceuta es de apenas 29 menores.

Una vez activado el Plan de Respuesta Solidaria, el Estado determina la comunidad de destino mediante criterios objetivos. Entre ellos intervienen la población, la capacidad ordinaria de acogida y el esfuerzo que ya realiza cada territorio.

El sistema dejó de depender exclusivamente de acuerdos voluntarios entre comunidades y pasó a disponer de un procedimiento vinculante para descongestionar los territorios sometidos a mayor presión migratoria.

El plazo de 15 días para los nuevos menores

Claves del acuerdo entre España y Marruecos para el reparto de menores migrantes en Ceuta
Una fotografía de la reciente crisis migratoria vivida en Ceuta.
RTVE

La legislación establece que los menores que llegan a un territorio declarado en contingencia deben ser trasladados a su comunidad de destino en un máximo de 15 días naturales desde su inscripción en el Registro correspondiente.

Antes del traslado debe formularse una propuesta individual, escuchar tanto al menor como a la comunidad receptora y comunicar el procedimiento al Ministerio Fiscal.

La comunidad de origen ejecuta materialmente el traslado con financiación y apoyo de la Administración General del Estado. Una vez completado, los servicios de protección del territorio de destino asumen las responsabilidades correspondientes.

No se trata jurídicamente de distribuir cifras, sino de trasladar menores cuya situación debe continuar analizándose individualmente.

Andalucía tiene la mayor capacidad ordinaria

El Gobierno actualizó en junio las cifras utilizadas para calcular la capacidad de cada sistema autonómico. Andalucía aparece en primer lugar con 3.009 plazas ordinarias, seguida de Cataluña, con 2.829, y Madrid, con 2.471.

La Comunidad Valenciana dispone de una capacidad ordinaria de 1.903 menores, Galicia de 940, Castilla y León de 833 y Euskadi de 776. En el extremo contrario aparecen Ceuta, con 29, y Melilla, con 30.

Estas cantidades sirven de referencia para determinar qué territorios están sobrecargados y cómo debe organizarse el reparto de menores migrantes en Ceuta y otros puntos de llegada.

Dos posibles caminos para un mismo menor

Claves del acuerdo entre España y Marruecos para el reparto de menores migrantes en Ceuta
Una fotografía de la reciente crisis migratoria.
EFE/Reduan

Un adolescente marroquí que llegue solo a Ceuta puede encontrarse, por tanto, ante dos procedimientos que pueden desarrollarse paralelamente.

España puede trasladarlo a otra comunidad autónoma para garantizar una atención adecuada mientras estudia su situación. Al mismo tiempo, las autoridades pueden trabajar con Marruecos para localizar a su familia y determinar si existen condiciones para un regreso seguro.

Si la repatriación resulta viable y responde a su interés superior, podrá efectuarse. Si no existen esas garantías, el menor continuará dentro del sistema español de protección.

Esta diferencia es la clave para comprender el sistema actual: Marruecos interviene en el posible retorno a su país; las comunidades autónomas intervienen en la acogida dentro de España. El reparto no forma parte del acuerdo bilateral, aunque ambos mecanismos pueden afectar simultáneamente a los mismos menores llegados a Ceuta.

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