Maternidad

Condenado un despacho de abogados a cesar la publicidad de gestación subrogada

El bufete ofrecía información sobre el desarrollo de la gestación subrogada, sus distintas modalidades, los países a los que podían acudir las personas interesadas y los requisitos médicos y legales

El dilema de la gestación subrogada
El dilema de la gestación subrogada
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Un juzgado de La Coruña ha condenado al bufete que opera bajo la denominación Agencia Gestación Subrogada Galicia a cesar toda publicidad o promoción de alquiler de vientres dirigida al público español, al considerar que sus mensajes no se limitaban a ofrecer asesoramiento jurídico, sino que fomentaban una práctica que es ilegal en España.

El Instituto de las Mujeres ha informado de que ha recibido la sentencia firme a su favor, dictada el pasado 5 de mayo por la plaza número 2 de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de La Coruña. La resolución estima la demanda presentada por este organismo, representado por la Abogacía del Estado.

El fallo obliga al bufete a retirar la publicidad, prohíbe que vuelva a difundirla en el futuro, ordena hacer pública la decisión judicial e impone las costas del procedimiento a la parte demandada.

La resolución delimita la frontera entre la prestación legítima de asesoramiento jurídico y la promoción comercial de la gestación subrogada. Según el tribunal, un despacho puede informar sobre las consecuencias legales de una situación ya producida, pero no presentar sus servicios de una manera que incite a potenciales clientes a recurrir a esta práctica.

Los mensajes orientaban sobre países, requisitos y trámites

La clave del procedimiento se encuentra en los mensajes publicados por el bufete en redes sociales. Bajo la presentación de una unidad especializada, el bufete ofrecía información sobre el desarrollo de la gestación subrogada, sus distintas modalidades, los países a los que podían acudir las personas interesadas, los requisitos médicos y legales exigidos en cada destino y los posteriores trámites de filiación o adopción.

Para el tribunal, esa oferta no constituía una simple explicación de los servicios jurídicos disponibles. Al orientar a los usuarios sobre dónde y cómo realizar el proceso, el despacho daba “un paso más” y promovía indirectamente la gestación por sustitución.

“No puede confundirse la promoción de este asesoramiento con el mensaje que emite este despacho, en el que claramente se incita a las familias a recurrir a la gestación por sustitución“, señala la sentencia.
El Instituto de las Mujeres ha recordado en una nota de prensa que la gestación por sustitución, también denominada alquiler de vientres, constituye una forma de violencia contra las mujeres, vulnera sus derechos sexuales y reproductivos.

“Nuestro deber es actuar contra este tipo de mensajes, que tienen una alta carga de sexismo, clasismo y racismo”, ha señalado su directora, Cristina Hernández, para quien “alquilar el vientre de una mujer es una práctica detestable en cualquier sociedad que entienda que los derechos de las mujeres también son derechos humanos”.

Una práctica ilegal en España

En España, la gestación por sustitución no está autorizada como técnica de reproducción asistida y los acuerdos que la sustentan carecen de validez jurídica. La Ley 14/2006 declara nulo cualquier contrato por el que una mujer se comprometa a gestar para otra persona y a renunciar después a la filiación materna.

Además, la reforma de 2023 de la Ley de salud sexual y reproductiva introdujo expresamente la prohibición de promocionar comercialmente estas prácticas. Esa modificación permitió a las administraciones públicas competentes a acudir a los tribunales y reclamar tanto la declaración de ilicitud de la publicidad como su retirada.

Las actuaciones judiciales se iniciaron después de que el Observatorio de la Imagen de las Mujeres, del Instituto de las Mujeres, recibiera 334 quejas entre noviembre y diciembre de 2024 sobre anuncios difundidos en páginas web y redes sociales. Las denuncias afectaban a once entidades, entre ellas el bufete ahora condenado.

El Instituto remitió en enero de 2025 un informe jurídico a la Abogacía del Estado y, en julio de ese año, promovió acciones judiciales contra varias de las entidades que publicitaban estos servicios. El procedimiento continúa respecto de otros demandados.

Esta resolución se suma a otra dictada este año por un tribunal de Madrid, que condenó a una de las agencias incluidas en las actuaciones a cesar sus anuncios sobre gestación por sustitución por considerarlos ilícitos y desleales, en aquel caso tras una demanda de la Fiscalía de Madrid.

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