Polémica

¿Es Elisa Mouliaá un juguete roto?

La orden de detención de la actriz vuelve a desplazar el foco del caso Errejón. La sobreexposición mediática, las redes sociales y la polarización han provocado que acabe devorada por el propio procedimiento

¿Qué ocurrió aquella noche de septiembre de 2021, después de que Íñigo Errejón invitara a Elisa Mouliaá a la presentación de uno de sus libros? Esa sigue siendo la pregunta esencial. Sin embargo, casi dos años después del inicio del procedimiento, la investigación por la presunta agresión sexual denunciada por la actriz ha quedado progresivamente eclipsada por otros acontecimientos, como las querellas cruzadas, las incidencias procesales, sus publicaciones en redes sociales y, ahora, la orden de detención dictada por no comparecer, por tercera vez, en la causa por presuntas calumnias que Errejón interpuso contra ella.

La situación supone un punto de inflexión, aunque no por el fondo del procedimiento. Sin que exista todavía una resolución definitiva sobre los hechos denunciados, la atención se ha desplazado desde la investigación de aquella noche hacia la conducta procesal de quien denunció. Es un fenómeno que se repite con frecuencia en los casos de enorme repercusión mediática. El procedimiento termina devorando a la presunta víctima.

La actriz Elisa Mouliáa realiza declaraciones a la prensa el martes a las puertas de los Juzgados de Plaza de Castilla
EFE/ Fernando Villar

La orden de detención acordada por el juez Arturo Zamarriego no guarda relación con la causa por agresión sexual que instruye otro juzgado. Se refiere exclusivamente a la incomparecencia de Mouliaá en el procedimiento abierto por unas publicaciones en redes sociales en las que acusó a Errejón de haber manipulado o extorsionado a dos testigos. Jurídicamente son asuntos independientes y mezclar ambos planos conduciría a una conclusión equivocada.

Una cadena de hechos

Sin embargo, los ciudadanos no suelen detenerse en estos matices tan decisivos en el Derecho. Para una parte de la opinión pública, todo acaba formando parte de una única historia. La actriz que denunció una presunta agresión sexual aparece hoy como la mujer envuelta en una sucesión de episodios judiciales: cambios de abogado, bajas médicas, recursos, enfrentamientos procesales, actividad constante en redes sociales y, finalmente, una orden de detención.

Esto no demuestra ni la veracidad ni la falsedad de la denuncia inicial, ni altera por sí mismo el objeto del procedimiento principal. Lo que revela es hasta qué punto los acontecimientos posteriores pueden terminar ocupando más espacio que los hechos que dieron origen al caso. La primera comparecencia quedó suspendida por una baja médica y por la ausencia de su entonces abogado. La segunda volvió a aplazarse tras alegarse un cuadro de ansiedad. En aquella ocasión, el juez ofreció la posibilidad de declarar por videoconferencia, una opción que finalmente no prosperó, y un posterior informe forense concluyó que la actriz presentaba capacidad suficiente para prestar declaración.

La tercera citación coincidió con un viaje profesional a Dubái. Su defensa sostuvo que estaba dispuesta a declarar telemáticamente, pero el magistrado rechazó esa posibilidad y ejecutó la advertencia que ya había formulado en una resolución anterior, ordenar su detención cuando regresara a España. La defensa considera que esa decisión carece de motivación suficiente y ha acudido al Consejo General del Poder Judicial. Será ese cauce el que determine si la actuación judicial está correctamente fundamentada o si existe alguna irregularidad procesal.

Un juicio paralelo

Este debate forma parte también de las garantías propias del Estado de derecho. Pero, al margen del recorrido jurídico que pueda tener esa impugnación, la dimensión pública del caso ya ha cambiado. En cualquier procedimiento penal, la colaboración con la Justicia influye inevitablemente en la percepción que proyectan las partes. La opinión pública tiende a interpretar cada incidencia como un elemento más del caso, aunque las explicaciones ofrecidas puedan ser legítimas o deban ser valoradas por los tribunales.

A ello se suma el peso de las redes sociales, un factor inseparable en un proceso de este tipo. Hace unos años, denunciantes e investigados hablaban casi exclusivamente a través de sus abogados. Hoy la comunicación es inmediata. Mouliaá ha sentido la necesidad de responder a cada información, explicar sus decisiones, defender su reputación o compartir el impacto emocional que le produce el procedimiento.

Elisa Mouliaá, a la salida de los juzgados
Javi Cuadrado

Sus intervenciones pueden entenderse como el intento de recuperar el control sobre una historia que desde hace meses escapa a su voluntad. El problema es que la lógica de las redes sociales y la lógica judicial tienen tiempos muy diferentes. Mientras las primeras premian la reacción inmediata, los tribunales funcionan sobre la base de la prudencia, la continuidad y la prueba.

Quién recuerda a la actriz

Se habla de “identidad absorbida por el conflicto”. Poco a poco, la actriz ha dejado de ser reconocida por su trayectoria profesional o por su vida anterior al procedimiento. Todo queda reducido a un único episodio judicial que termina condicionando cualquier aparición pública. Cuanto mayor es la exposición, mayor suele ser también la dificultad para recuperar una identidad propia al margen del caso.

Y hay que añadir la polarización política que ha rodeado el caso Errejón desde sus primeros días. Cada decisión judicial ha sido interpretada como una victoria o una derrota ideológica entre quienes consideraban acreditada la denuncia desde el primer momento y quienes descartaban cualquier credibilidad antes incluso de practicarse las pruebas. La Justicia avanza con un ritmo muy distinto. Mientras los tribunales siguen acumulando diligencias, recursos y resoluciones, las redes sociales y el debate político ya han ido sacando sus propias conclusiones.

El problema es que en una cuestión especialmente delicada en un delito contra la libertad sexual, donde a menudo no existen grabaciones, testigos directos o pruebas físicas concluyentes, la credibilidad adquiere un papel especialmente relevante. No obstante, por un lado está la credibilidad jurídica, la única que puede fundamentar una resolución judicial. El Tribunal Supremo ha reiterado que una condena puede apoyarse de forma principal en la declaración de la víctima siempre que concurran determinados requisitos, entre ellos la coherencia esencial del relato, su persistencia en el tiempo y su compatibilidad con el resto de las pruebas practicadas.

Por otro lado aparece la credibilidad procesal, que tiene que ver con el desarrollo del procedimiento y con la percepción que generan las actuaciones de las partes. Cuando un juez aprecia reiteradas incomparecencias o entiende que existe una voluntad de eludir un determinado trámite procesal, puede reflejar esa valoración en sus resoluciones. De hecho, el auto dictado en la causa por calumnias habla de una supuesta “voluntad de sustraerse a la acción de la Justicia”. Pero hay que insistir en que esta afirmación se refiere exclusivamente a ese procedimiento y no constituye un pronunciamiento sobre la veracidad de la denuncia por agresión sexual. El mayor riesgo para Elisa Mouliaá es que su fiabilidad importe más que saber qué ocurrió aquella noche de septiembre de 2021.