El juez que negó protección a una víctima en riesgo extremo vuelve a denegar la orden de alejamiento

Desoye así a la policía y al Ministerio Fiscal que pedían que se adoptasen medidas de protección. La víctima no sale de casa y tiene constantes ataques de ansiedad

La Policía Nacional activó para Sara (nombre ficticio) el nivel máximo de alerta del sistema VioGén: “riesgo extremo”. No se trataba de una valoración cualquiera. El propio informe policial calificó además el caso como de “especial relevancia”, una categoría reservada para situaciones donde el riesgo de reincidencia violenta con resultado de muerte se multiplica. Los agentes solicitaron medidas urgentes de protección e incluso propusieron valorar la colocación de una pulsera telemática al agresor. Aun así, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza volvió a rechazar conceder una orden de protección.

Lo más llamativo es que el Ministerio Fiscal apoyó el recurso presentado por la víctima y pidió también que se adoptaran medidas de protección. Sin embargo, el juez decidió mantener su negativa. En el auto dictado el 22 de mayo, el magistrado insiste en que no aprecia una situación objetiva de riesgo suficiente y considera que no existen elementos nuevos que justifiquen cambiar la decisión tomada días antes.

El juez sostiene que el miedo de la denunciante ya fue valorado previamente y que el recurso únicamente muestra “discrepancia” con la resolución inicial. También argumenta que, tras la denuncia, no consta ninguna nueva actuación delictiva por parte del investigado y que eso “limita la sensación de riesgo”. Sin embargo, la víctima continúa sometida a medidas de protección policial y necesita acompañamiento para realizar determinadas gestiones o desplazamientos, mientras mantiene una vida prácticamente encerrada por miedo a encontrarse con su agresor. La ausencia de nuevos episodios no implica necesariamente la desaparición del riesgo, sino que también puede explicarse por las estrictas medidas de autoprotección que se ha visto obligada a adoptar.

“Mi finalidad es matar a la madre de mis hijos”

El contexto completo del caso muestra una situación mucho más grave y prolongada. El investigado acumula varias condenas relacionadas con violencia de género contra la propia víctima: amenazas, lesiones, violencia familiar, abandono de familia y reiterados quebrantamientos de órdenes judiciales dictadas precisamente para protegerla. También constan condenas por incumplir medidas cautelares y vulnerar órdenes de alejamiento anteriores.

En la denuncia presentada por Sara, además, sí aparecen referencias concretas a amenazas extremadamente graves. Según el atestado policial, una conocida común trasladó frases atribuidas al investigado como: “Mi finalidad es matar a la madre de mis hijos” o “Me llevo a mi mujer por delante porque es mi finalidad”. En mensajes incorporados a la causa también pueden leerse advertencias como “Te quiere matar” o “Si puede te matará”. A pesar de ello, el juez considera que esas amenazas no han quedado suficientemente acreditadas y afirma que no concurre el “elemento objetivo” necesario para apreciar un delito de amenazas.

Los hijos de Sara, también desprotegidos

La resolución también minimiza otros factores relevantes: la existencia de personas menores de edad afectados, el miedo sostenido durante años, las denuncias previas y el historial de reincidencia. Mientras la Policía considera el caso de “riesgo extremo” y el Ministerio Fiscal solicita protección, la víctima continúa sin una orden de alejamiento.

Sara asegura vivir encerrada por miedo. Apenas sale sola, revisa constantemente el coche antes de arrancar y sufre ansiedad crónica. Sus hijos también viven aterrorizados. El menor evita salir a la calle por miedo a cruzarse con su padre y el mayor ha asumido durante años un papel de protección constante hacia su madre.

Pese a todo ello, la Justicia mantiene que no existen motivos suficientes para adoptar medidas cautelares urgentes.

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