La llevó hacia la cocina después de golpearla, apretarle el cuello, rociarla con gasolina y decirle: “Hoy se va a acabar todo, te voy a matar”. La mujer consiguió escapar por un descuido. Corrió hasta una comisaría de Policía Local y se puso a salvo.
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a su agresor a tres años y nueve meses de prisión por homicidio en grado de tentativa y lesiones en el ámbito familiar.
Leyendo los hechos que la sentencia considera probados resulta difícil no pensar que la víctima se salvó por muy poco.
Según la resolución judicial, el acusado no aceptaba la decisión de su pareja de poner fin a la relación. Durante una discusión en el domicilio que compartían comenzó a agredirla. Primero la golpeó y le apretó el cuello. Después abandonó momentáneamente la vivienda y regresó con un bidón de gasolina.

La víctima logró escapar cuando ya estaba empapada en gasolina
La sentencia recoge que la empujó contra un sofá, continuó golpeándola y la roció con combustible por todo el cuerpo mientras la amenazaba de muerte. A continuación la obligó a ponerse en pie y la condujo hacia la cocina. Fue entonces cuando la mujer encontró la oportunidad de huir.
Que lograra escapar en ese momento es un detalle fundamental para entender el caso. Según los hechos probados, ya había sido golpeada, tenía el cuerpo empapado en gasolina y acababa de escuchar amenazas de muerte cuando fue llevada hacia la cocina. La agresión no terminó porque el agresor desistiera. Terminó porque la víctima consiguió escapar.
La mujer salió corriendo de la vivienda y se dirigió a la comisaría de Policía Local de Villanueva del Pardillo. El agresor la persiguió, pero desistió cuando ella alcanzó las dependencias policiales. Posteriormente se deshizo del bidón en un contenedor próximo al domicilio.

Dos agravantes y una atenuante de reparación del daño
La Audiencia considera al acusado autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y de un delito de lesiones en el ámbito familiar. También aprecia las agravantes de género y parentesco. Sin embargo, la condena final quedó fijada en tres años y nueve meses de prisión.
La explicación se encuentra en los mecanismos previstos por el propio sistema judicial. El acusado reconoció los hechos y consignó 14.000 euros para indemnizar a la víctima. La sentencia aprecia la atenuante de reparación del daño y el procedimiento concluyó mediante una conformidad, una fórmula que permite evitar la celebración completa del juicio cuando existe acuerdo entre las partes.
El debate sobre las conformidades en violencia machista
Es precisamente en este punto donde aparece un debate que lleva años abierto entre juristas especializadas en violencia machista. Diversas expertas han cuestionado el peso que determinadas atenuantes tienen en delitos especialmente graves cometidos contra mujeres, entre ellas la reparación económica del daño. La discusión gira en torno a si esas reducciones de pena siguen siendo adecuadas cuando se juzgan este tipo de delitos.
Sin embargo, las conformidades también tienen otra lectura. En numerosos procedimientos de violencia de género son las propias víctimas quienes optan por esta vía para evitar un proceso judicial largo, declaraciones repetidas, interrogatorios y el desgaste emocional que supone revivir los hechos durante meses o incluso años.
Si algo de lo que has leído te ha removido o sospechas que alguien de tu entorno puede estar en una relación de violencia puedes llamar al 016, el teléfono que atiende a las víctimas de todas las violencias machistas. Es gratuito, accesible para personas con discapacidad auditiva o de habla y atiende en 53 idiomas. No deja rastro en la factura, pero debes borrar la llamada del terminal telefónico. También puedes ponerte en contacto a través del correo 016-online@igualdad.gob.es o por WhatsApp en el número 600 000 016. No estás sola.

