Laboral

Yolanda Díaz aplicará la Ley Rider a las plataformas de empleadas del hogar

Trabajo ultima la transposición de la directiva europea para poner límites al limbo legal en el que operan las plataformas de cuidados y empleo doméstico en España

MADRID, 23/04/2026.- La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, interviene durante la inauguración, este jueves en Madrid, de la jornada a 'Desafíos y políticas en el sector de los cuidados: una perspectiva multidimensional'. EFE/ Borja Sanchez-Rrillo
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la jornada 'Desafíos y políticas en el sector de los cuidados: una perspectiva multidimensional'.
EFE/ Borja Sanchez-Rrillo

“En tan solo 48 horas, podemos presentar uno, dos candidatos, o tantos como la familia necesite”. “Olvídate del papeleo. Valoración gratuita. Selección exprés de cuidadoras de mayores a domicilio“. “Tu cuidadora en ocho horas. Te buscamos a tu cuidador ideal, responsable y con referencias y experiencia contrastadas. Conoce al cuidador antes. Referencias contrastadas“. El mensaje se repite en decenas de plataformas digitales que han irrumpido en el cuidado de mayores, al calor del cambio estructural demográfico.

En la década de los noventa, la población mayor de 65 años rozaba los cinco millones de personas, una cifra que se duplicó en 2025 hasta los diez millones. Eurostat pronostica un crecimiento del 60% hasta los 16 millones en 2050. Junto al envejecimiento de la población, la plena incorporación de la mujer al mercado laboral ha obligado a las familias a contar con apoyo externo para los cuidados de larga duración. Una realidad que ha abierto la puerta a un nuevo modelo de negocio: las plataformas digitales de cuidados y empleadas del hogar, algunas con cientos de miles de usuarios.

Operan en el limbo como intercambio de contactos

Un sector poco transparente y en el que faltan datos: tanto del número de operadores, como de su alcance en usuarios y trabajadores. Los datos que barajan los sindicados en España apuntan a que están activas más de una treintena de plataformas cuyo encaje jurídico en la legislación laboral está en el limbo, dado que se presentan como plataformas de intercambio de contactos. Es decir, no están registradas como empleadoras directas ni como Empresas de Trabajo Temporal (ETT), lo que en la práctica deriva en situaciones de falso trabajo autónomo. Pero, sobre todo, en una gran precariedad en un colectivo de trabajadores altamente feminizado, el 86% son mujeres y más del 40% de ellas tienen 50 años o más.

“Son plataformas creadas para enriquecerse con los cuidados. Existe una precariedad entre las trabajadoras, que piensan que van a ser contratadas bajo el régimen general y van a tener unas condiciones dignas de trabajo. Sin embargo, nuestras compañeras están en condiciones de abuso, les mandan a trabajar de un lugar a otro y en trabajos que no son los acordados. Incluso, algunas de estas plataformas les exigen pagar para poder estar en su base de datos y trabajar”, asegura a Artículo14, Rafaela Pimentel, portavoz del Sindicato de Trabajadoras del Hogar y los Cuidados (Sintrahocu) y Territorio Doméstico, Rafaela Pimentel.

La Ley Rider para las plataformas de empleadas del hogar

Una situación a la que, con los principios de la Ley Rider -de la que España fue pionera en 2021-, Yolanda Díaz quiere poner coto, tal y como avanzó ayer durante la presentación de un informe europeo sobre los cuidados. “No vamos a permitir que las plataformas de cuidados se conviertan en agendas de colocación sencillamente porque no es legal y, además, porque supone en términos mercantiles una auténtica competencia desleal. Por tanto, ese trabajo que hoy se despliega en los cuidados a través también de plataformas digitales tiene que ser reconsiderado”, advirtió.

Será a través de la transposición de la Directiva 2024/2831 relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. Esta norma establece la presunción de laboralidad y los límites al uso de los algoritmos en el trabajo, inspirada en la Ley Rider.

Una fecha límite: 2 de diciembre de 2026

Imagen evocadora de cuidados.

Paradójicamente, España que inspiró esta normativa europea tiene que acelerar para llegar a tiempo a su cumplimiento. El plazo limite para la incorporación de la Directiva de trabajo en plataformas al ordenamiento jurídico nacional es el 2 de diciembre de 2026 y, formalmente, Trabajo aún no ha comenzado su tramitación. El primer paso será sacar una consulta pública previa, previsiblemente antes del verano.

“En España, no hay aún un proyecto normativo concreto ni desarrollo público por parte del Ministerio. La Directiva afecta a todas las plataformas digitales, incluidas las de cuidados, pero no se ha detallado todavía cómo se va a aplicar específicamente en este sector”, detalla a Artículo14 Concepción Santodomingo, secretaria de Mujeres e Igualdad de CCOO del Hábitat.

“Si hay voluntad se llegará a tiempo. Pedimos a Trabajo que convoque la mesa de diálogo social. En el caso de las cuidadoras del hogar nos preocupa su vulnerabilidad“, advierte Patricia Ruiz, secretaria de Salud Laboral de UGT. En este sentido, resalta la importancia de que afloren los datos: “Desconocemos cuántas mujeres están trabajando, qué formación tienen porque el cuidado no es servicio doméstico o si se cumple la prevención de riesgos. Estamos preocupados por el acoso al que pueden verse expuestas estas trabajadoras de las plataformas”.

Sistema de valoración

“Sí, las plataformas aplican penalizaciones. Debes tener una puntuación media mínima establecida por los empleadores. De lo contrario, la aplicación te excluirá de ciertos puestos, te enviará menos opciones y, finalmente, te descartará”. Es el testimonio de una trabajadora que refleja la presión del algoritmo, que agrava su situación en el colectivo más vulnerable afectado por la Directiva.

En este sentido, Patricia Ruiz recuerda que en la Ley Rider el sistema de valoración sirvió para justificar la relación laboral, pues la plataforma está controlando el trabajo, además de fijar unos horarios y objetivos, por ejemplo, de condiciones de limpieza. “Las plataformas digitales están irrumpiendo en este sector aprovechando esa vulnerabilidad estructural: intermedian en la contratación de mujeres, muchas en situación de necesidad, que acaban trabajando como empleadas de hogar o como falsas autónomas, sin derechos laborales plenos ni protección social. Además, sustituyen perfiles profesionales cualificados por mano de obra sin reconocimiento ni acreditación, lo que supone una clara desprofesionalización del sector”, añade Concepción Santodomingo.

Los sindicatos apuestan porque la transposición de la Directiva incorpore un sesgo de género para garantizar la presunción de laboralidad también en las plataformas de cuidados, reforzar los mecanismos de control, implementar las medidas de protección de riesgos laborales y los protocolos de acoso en un entorno especialmente sensible.

Hoy hemos celebrado en @trabajogob.bsky.social las jornadas de la European Labour Authority

Los cuidados sostienen la Europa de hoy y construyen la de mañana. No puede haber cuidado digno sin empleo digno. Defender a quienes cuidan es fortalecer un Estado del bienestar a la altura de nuestro tiempo

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— Yolanda Díaz (@yolandadiaz.bsky.social) 23 de abril de 2026, 16:24

“El cuidado en el hogar es un derecho, pero hay que vincular un cuidado digno con trabajo”, subrayó Yolanda Díaz. En su agenda, la Ley Rider para las empleadas del hogar.