Los Economistas reprenden a Hacienda por no probar que Shakira residía en España: “Ahora toca devolver y pagar intereses muy elevados”

"La sentencia tiene consecuencias muy llamativas, por el importe de las cuotas, de la sanción, y por la partida de intereses, muy elevada y significativa", advierten

La cantante colombiana Shakira.
La cantante colombiana Shakira.
RTVE

“Está claro que es una cuestión de prueba. Ésa es la cuestión, si la Agencia Tributaria (AEAT) puede probar que era residente en España, que su centro de intereses estaba aquí. La sentencia tiene consecuencias muy llamativas, por el importe de las cuotas, de la sanción, y por la partida de intereses, muy elevada y significativa”. Así se ha pronunciado Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) del Consejo General de Economistas (CGE), preguntado por la sentencia de la Audiencia Nacional que este lunes ha fallado a favor de Shakira sobre su tributación en 2011.

Para Fernández, la AEAT debe analizar “si puede rebatir presunciones”. La AEAT se ha apresurado este lunes a anunciar que va a recurrir el caso del fallo que da la razón a Shakira, porque además del daño reputacional que supone y la notoriedad de la cantante, el fondo de la decisión de la Audiencia Nacional es demoledor para el Fisco. Básicamente, se avala que la cantante no tribute en ningún sitio, en un debate de máxima actualidad ante la movilidad de los grandes patrimonios y en un mundo en el que cada vez operan más nómadas fiscales, según ha informado este periódico. La sentencia ha provocado un debate encendido entre fiscalistas sobre si la posición del Fisco está fundada y lo que dice y pretende la ley.

Se reduce el interés por los cambios de residencia fiscal

Esta cuestión se ha planteado este miércoles en la presentación de la séptima edición de la encuesta realizada por el REAF y el Instituto de Economía de Barcelona (IEB), en la que se recoge la opinión de un colectivo compuesto por cerca de 5.000 profesionales de la asesoría fiscal sobre el sistema tributario.

En ella, han advertido un elevado interés en cambios de residencia fiscal por motivos fiscales, aunque han disminuido las consultas respecto a la movilidad entre comunidades autónomas.

De acuerdo con la encuesta, el 61,6% aprecia más consultas de cambios de residencia fiscal hacia otros países y el 57% más consultas entre comunidades de régimen común -aunque hace dos años este porcentaje alcanzaba el 70%-.

En cambio, la percepción de que los cambios sean mayoritariamente ficticios es menos intensa, aunque no despreciable: el 37,5% lo cree para cambios hacia otros países y el 44,5% para cambios entre comunidades.

El REAF atribuye este descenso en las consultas sobre cambios de residencia a los efectos de la creación del Impuesto a Grandes Fortunas en 2022, que habría conseguido su objetivo de que las comunidades que bonificaban el Impuesto sobre el Patrimonio lo recuperen, ya que si no lo hacían, el Estado ingresaría lo que recaudara Grandes Fortunas en su territorio, con lo que no resultarían tan atractivas para patrimonios en busca de tributaciones bajas.

Mala consideración del sistema fiscal

La encuesta también pone de relieve que más de la mitad de profesionales en fiscalidad considera que la configuración actual del sistema fiscal es peor (56,4%) que hace cinco años, mientras solo el 4,3% cree que es mejor.

El REAF también ha presentado hoy el documento sobre la Declaración de Sociedades 2025 y, además han dado 25 recomendaciones para afrontar esta campaña que comenzará el próximo 1 de julio.

Novedades de la Campaña de Sociedades

La recaudación del Impuesto sobre Sociedades en los últimos cinco años ha aumentado un 60%, situándose en el 2025 en torno a los 42.000 millones de euros. “El Impuesto sobre Sociedades es el tercer impuesto en recaudación en nuestro sistema tributario”, han explicado.

Los Economistas han analizado las principales cifras del impuesto y las novedades aplicables en esta campaña y en la próxima. En cuanto a ésta, han repasado las novedades como es el aumento del porcentaje de la reducción de la reserva de capitalización del 15% al 20%, llegando hasta el 30% si se incrementa de un año a otro el empleo, a condición de que se mantenga el incremento durante 3 años.

En un contexto de bajada de tipos de gravamen para las pymes, han destacado “la oportunidad de planificar operaciones para rebajar la factura fiscal, como adelantar inversiones o gastos en 2026 o diferir ingresos a periodos impositivos posteriores”. Y han concluido señalando que, “otro año más, los grupos que consolidan solo podrán compensar las bases imponibles negativas de las entidades del grupo en un 50%”. No obstante, celebran que “para 2026 no se haya prorrogado esta limitación aún”.