Los trabajadores que nacieron en 1962 serán los primeros en alcanzar los 65 años bajo las reglas definitivas de la reforma de las pensiones aprobada en 2011. A partir de 2027, la edad ordinaria quedará establecida en 67 años para quienes no acrediten una carrera suficientemente larga de cotización.
Esto no significa que todos los pensionistas nacidos en 1962 tengan que esperar obligatoriamente hasta los 67. Quienes acumulen al menos 38 años y seis meses cotizados podrán seguir jubilándose a los 65 sin penalización por edad.
El cambio afectará principalmente a las personas con trayectorias laborales interrumpidas, periodos prolongados de desempleo o incorporaciones tardías al mercado laboral. La diferencia entre cumplir o no el requisito puede traducirse en hasta dos años adicionales antes de alcanzar la edad ordinaria.
Qué cambia definitivamente a partir de 2027
La reforma de 2011 elevó progresivamente la edad legal de jubilación desde los 65 hasta los 67 años. El proceso comenzó en 2013 y ha avanzado mediante aumentos sucesivos tanto de la edad como de los años cotizados necesarios para conservar el retiro a los 65.
Durante 2026 pueden jubilarse a los 65 quienes tengan al menos 38 años y tres meses cotizados. Quienes no lleguen a esa cifra deben esperar hasta los 66 años y diez meses.
En 2027 terminará el periodo transitorio. Desde entonces, los trabajadores con menos de 38 años y seis meses cotizados tendrán fijada su jubilación ordinaria a los 67 años. Los que alcancen o superen ese periodo mantendrán los 65.
Los pensionistas nacidos en 1962 simbolizan así la entrada definitiva en el nuevo modelo, aunque la fecha concreta dependerá del mes de nacimiento, de la cotización acumulada y de la situación laboral de cada persona.
Las mujeres afrontan un riesgo mayor de retraso

El requisito de una carrera larga no afecta por igual a toda la población. Las mujeres presentan con mayor frecuencia lagunas de cotización relacionadas con el cuidado de hijos, familiares dependientes, contratos parciales o interrupciones de la actividad profesional.
Según el análisis de Fedea, las mujeres representan el 62% de los trabajadores afectados por la elevación de la edad legal, frente al 29% dentro del grupo que conserva el acceso a los 65 años.
El retraso medio observado también es mayor entre ellas: diez meses, frente a 3,1 meses en los hombres. El estudio señala que la probabilidad de jubilarse después de los 65 aumenta 34 puntos porcentuales entre las mujeres afectadas.
Una norma aparentemente neutral puede terminar ampliando desigualdades construidas durante toda la vida laboral. Quien ha cotizado menos por asumir tareas de cuidados encuentra mayores dificultades para reunir los 38 años y seis meses exigidos.
El coste de prolongar los trabajos más duros
El informe de Fedea añade otra preocupación al debate sobre los pensionistas nacidos en 1962: el impacto que puede tener la prolongación obligatoria de la actividad sobre la salud.
Los investigadores estiman que la reforma elevó en 1,6 puntos porcentuales la mortalidad prematura de los hombres afectados entre los 60 y los 67 años. El efecto es aproximadamente el doble que el observado entre las mujeres.
La explicación no parece encontrarse en una pérdida económica, sino en la obligación de permanecer más tiempo en ocupaciones físicamente exigentes. Construcción, industria, minería y otros trabajos manuales acumulan desgaste durante décadas y dificultan mantener el mismo rendimiento en edades avanzadas.
No supone lo mismo prolongar dos años un empleo de oficina que continuar a pie de obra después de toda una vida de esfuerzo físico. Esta diferencia es uno de los principales límites de un sistema que utiliza la cotización acumulada como criterio general.
La reforma consigue retrasar la jubilación efectiva

Los resultados confirman que el cambio legal está cumpliendo su objetivo principal. Las personas afectadas retrasan su jubilación una media de 8,1 meses respecto a quienes pueden retirarse a los 65.
La probabilidad de jubilarse después de esa edad aumenta 26,7 puntos porcentuales. Al mismo tiempo, el retiro exactamente a los 65 cae 10,3 puntos y la jubilación anticipada disminuye 17,7 puntos.
Sin embargo, el estudio solo analiza personas nacidas entre 1948 y 1957, porque son las cohortes que ya habían alcanzado los 67 años al terminar el periodo examinado en 2024.
Los nacidos entre 1958 y 1962 quedan todavía fuera de la evaluación completa. Fedea advierte de que el efecto podría ser mayor cuando se analice a quienes afrontan retrasos de hasta 24 meses, frente al máximo de 14 meses soportado por las generaciones estudiadas.
Las alternativas a esperar hasta los 67 años
Los trabajadores que no alcancen los 38 años y seis meses no están necesariamente obligados a permanecer en activo hasta los 67. Existen modalidades de jubilación anticipada voluntaria o involuntaria, aunque requieren determinados periodos de cotización y suelen implicar reducciones en la pensión.
También están previstas la jubilación parcial y las bonificaciones de edad para determinadas profesiones penosas, peligrosas o insalubres. Algunos trabajadores con discapacidad pueden acceder igualmente a edades inferiores.
Por ello, cada caso debe analizarse de manera individual. La vida laboral, las bases de cotización, el motivo del cese y la modalidad elegida pueden alterar tanto la fecha como la cuantía final.
La situación de los pensionistas nacidos en 1962 abre así una nueva etapa. La reforma mejora la sostenibilidad al prolongar las carreras laborales, pero deja dos cuestiones pendientes: cómo proteger a quienes han trabajado en empleos especialmente duros y cómo evitar que las interrupciones laborales condenen a determinados colectivos a esperar más tiempo.

