El Gobierno de Pedro Sánchez acordó hace un tiempo que la sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, ubicada en la Puerta del Sol, fuese declarada Lugar de Memoria Democrática.
Este edificio, la Real Casa de Correos, se utilizó en el franquismo como sede de la Dirección General de Seguridad. De acuerdo con la documentación histórica y las denuncias posteriores, fue un lugar donde se detuvo y torturó a los disidentes de la dictadura franquista.
Por este motivo, el Ejecutivo central decidió declarar este emblemático edificio como Lugar de Memoria Democrática el pasado 20 de octubre. Sin embargo, sus planes se han visto suspendidos, al menos por el momento.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso de la Comunidad, que solicitaba frenar el acuerdo. La institución aprecia un daño en su imagen institucional, cosa que han respaldado los magistrados.
Específicamente, el auto al que ha tenido acceso Europa Press, recoge que “no es posible negar de forma categórica dicha incidencia negativa” de tal denominación hacia la sede de la Presidencia madrileña.
Para evitar el posible “efecto adverso en la imagen institucional” que se pueda generar sobre el órgano público, la Sala contempla la medida cautelar solicitada como “pertinente”. La denominación considerada adversa podría afectar a las actuales actividades llevadas a cabo en el edificio, bajo su perspectiva.
“Conflicto de intereses” por el uso de la Real Casa de Correos durante el franquismo
La Audiencia Nacional paraliza la declaración de la Real Casa de Correos, que alberga la presidencia de la Comunidad de Madrid, como “lugar de memoria democrática”. https://t.co/OfBXj7byMx
— Isabel Díaz Ayuso (@IdiazAyuso) May 18, 2026
Esta medida cautelar que la declaración pretendida por el Gobierno central impide la colocación de placas, “señalización” o cualquier “distintivo memorial interpretativo” sobre el uso de la Real Casa de Correos durante el franquismo.
No obstante, los magistrados recuerdan que el uso del edificio debe ser “compatible con las medidas propuestas de preservación de la memoria”.
Estos encuentran un “conflicto de intereses” entre la Comunidad de Madrid y la Administración General del Estado. Si bien, esta suspensión y “el transcurso del tiempo” de la misma “no perjudica la finalidad del acuerdo”.
Así pues, la Audiencia Nacional ha indicado que el procedimiento se halla pendiente del conflicto positivo de competencias, en trámite en el Tribunal Constitucional. Esto avala la suspensión solicitada por el Gobierno madrileño.
Uno de los magistrados no ha compartido el criterio de los otros cuatro magistrados. Luis Helmuth Moya ha expresado que los “hechos históricos” que motivan la denominación acordada, ocurrieron cuando la Comunidad de Madrid “no existía ni se podía siquiera imaginar que existiese”.
Así pues, Moya considera que la suspensión cautelar “sí perjudica la finalidad perseguida por el acto impugnado, en el marco descrito en la Ley 20/2022″.
Bajo su criterio, el perjuicio se manifiesta “transmitiendo a las víctimas sensaciones de desazón e incredulidad”. Además, el magistrado cree que se proyecta “una imagen negativa” sobre “la autenticidad del compromiso de España de proteger la memoria democrática”.
Por su parte, Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, se ha hecho eco de la noticia recogida por Europa Press. Su Ejecutivo calificó la medida de “arbitraria y sectaria” por parte del Gobierno central de la denominación de Lugar de Memoria a la sede presencial madrileña.

