Seis meses tardó David Díez en incorporarse a A&O Shearman el pasado marzo desde que trascendiera en septiembre de 2025 que fichaba por este despacho desde Watson Farley & Williams. Las salidas siempre han sido complicadas, pero en los últimos tiempos las cláusulas de preaviso y pactos sobre clientes se complican aún más, un proceso que fuentes consultadas por Lex14 creen que empezó en los años 2000 con el crecimiento de los despachos americanos dedicados al Private Equity, y que la necesidad de retener o atraer talento esta incrementando si cabe.
Para intentar que no se vaya o se vaya el menor negocio posible, en algunos despachos anglosajones y algunos nacionales se está intentando imponer preavisos incluso de un año, que los abogados tengan una transición larga, con el fin de proteger la salida de determinado nivel de personas que arrastran negocio, o imponer cláusulas draconianas que vetan el trasvase de clientes, pero puede volverse en su contra. Hay abogados que no firman si hay demasiado preaviso o exigen que su cartera de clientes les pueda acompañar.
Sin embargo, hay tres elementos clave a tener en cuenta para manejar este desafío: el cliente manda, no hay problema que no se solucione negociando y estas cláusulas son un arma de doble filo, ya que el despacho que las impone a sus abogados salientes no las quiere cuando va a contratar.
Desde la City, fuentes consultadas por este medio trasladan que todos los socios incumplen sus deberes fiduciarios al cambiar de firma cuando completan el Lateral Partner Questionnaire (LPQ), pero se acepta que esto es necesario como parte del proceso. Si asumimos que la firma que abandonan también contrata socios y les pide que rellenen LPQs, no tienen argumentos sólidos para emprender acciones legales contra un socio saliente basándose únicamente en ese hecho.
Obviamente, si un socio va más allá de proporcionar simplemente la información sobre clientes y facturación requerida, podría surgir un problema grave, advierten.
Sin embargo, dado que el deber fiduciario consiste en actuar en el mejor interés de la firma actual, la realidad es que resulta imposible de cumplir al cambiar de empresa; además, todo el proceso de contratación fracasaría si los socios no pudieran facilitar información financiera sobre sí mismos y sus clientes.
El ‘private equity’ dispara el mercado
Un socio español traslada que esta problemática depende mucho del despacho. Los internacionales son quizás los que llevan más cautela, ya que en muchos casos importa más la marca y sus políticas que el socio en sí. A menudo, los clientes se quedan en el despacho, sobre todo en internacionales o con negocio que se refiere desde Londres.
Cree que estos conflictos obedecen a que se quiere demostrar fuerza, y que se han ido incrementando desde los años 2000, según iban ganando posiciones los despachos americanos por la fuerza del private equity y los sueldos tan elevados que han ido generando. El que más paga se lleva a los mejores, señala, pero a la vez advierte de que al final decide el cliente. Hay pleitos, admite, pero se suelen acabar solucionando.
En este sentido, otra fuente del sector legal español considera que no compensa estar pagando durante bastante tiempo a un abogado que se va a ir y que además se siga enterando de todo tu negocio.
‘Due diligence’ sobre la cartera de clientes
Socios que dicen facturar tres millones de euros pero que no llegan a 100.000, estrellas que pasan de facturar dos millones a cero cuando se cambian de bufete… en el pujante mercado legal de fichajes español no es oro todo lo que reluce. Los despachos conocen las decepciones y son cada vez más cautos, con lo que realizan ‘due diligences’ para comprobar si el candidato genera el negocio que pretende.
Una opción cada vez más frecuente es fijar cláusulas que garantizan un salario por dos años y si el fichado no consigue un volumen de negocio acordado entonces se le rebaja.
Hasta aquí, sobre las expectativas de negocio, porque luego tiene que estar muy claro qué se puede hacer y qué no en estos movimientos, que a pesar de las cautelas generan pleitos. El acuerdo del partnership puede regular la no competencia, o no, ya que si lo hace hay que estipular una contraprestación. Puede establecerse que los abogados no se pueden llevar los clientes que han adquirido en el despacho, pero sí los que ya tenían.
Ha habido grandes decepciones, abogados que creían que les iban a acompañar sus clientes y luego no ocurre, aunque hay excepciones. En general, es muy difícil que en las grandes marcas al abogado que se va le acompañen los clientes. En los siguientes niveles sí es más habitual, traslada un abogado laboralista. El cliente mutualizado desde hace 20 años en un gran despacho no es capturable, salvo que el cliente quiera.
La salida de Albert Rivera
Martínez Echevarría ha protagonizado pleitos mediáticos contra exsocios por pactos de no competencia. El más famoso, el que le enfrenta al exlíder de Ciudadanos Albert Rivera, partió de la salida de éste el 7 de febrero de 2022, en la que denunció presuntos incumplimientos de su contrato en su papel como presidente ejecutivo y la falta del pago del variable y de la entrega de una parte del capital.
El despacho le acusó de resolución de contrato sorpresiva y con mala fe, de actos desleales con finalidad de competir y de revelación de secretos empresariales.
Ha habido distintos fallos, el último, de septiembre de 2025, en el que se han condenado al bufete a pagarle 1,3 millones por incumplimiento de contrato y daño moral. El Juzgado de Primera Instancia Número 8 de Madrid también ordena un pago de 510.000 euros para José Manuel Villegas, “más los correspondientes intereses legales”. Pero el caso no ha concluido.
