El CGPJ estudiará expedientar al juez Peinado por decir que la Policía podría ayudar a Begoña Gómez a fugarse

El órgano de gobierno de los jueces suspende la junta de este domingo y emplaza el análisis del caso al lunes

Poder Judicial
La presidenta del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Isabel Perelló
EFE

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha celebrado este domingo una reunión extraordinaria para tratar una parte muy específica del auto del juez Juan Carlos Peinado con el que abrió juicio oral por jurado popular contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno. Se trata, concretamente, de la sección en la que el magistrado que apuntó a que los escoltas de Gómez podrían ayudarla en una eventual fuga.

La junta, que se ha llevado acabo de manera telemática, se ha desarrollado después de que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, trasladase este sábado la “más enérgica queja” al órgano de gobierno de los jueces y solicitase la adopción de “las medidas que puedan resultar procedentes en uso de sus atribuciones”.

Según La Sexta, El País y fuentes del CGPJ con las que ha hablado Artículo14, la presidenta del órgano de gobierno de los jueces, Isabel Perelló, ha propuesto enviar directamente ese contenido del auto de Peinado al Promotor de la Acción Disciplinaria por ser esta una falta grave de desconsideración a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Por su parte, un sector de vocales ha pedido que se efectúe un debate “calmado y sosegado”. Ante esa falta de acuerdo, la reunión de este domingo se ha suspendido y se ha acordado celebrar una nueva a partir de las 09:00 horas de este lunes para retomar el tema.

Según el artículo 608.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente, de la que Perelló es presidenta, puede ordenar al Promotor de la Acción Disciplinaria la iniciación de un expediente disciplinario. Aunque esto no es lo habitual, pues el primer paso que se suele dar es la apertura una diligencia informativa. Dicha diligencia no es más que una investigación preliminar y confidencial para verificar si existen motivos para sancionar. Posteriormente, y en caso de que así lo estimara el Promotor, se abriría un expediente disciplinario. Ello significa que si este, concluida la diligencia informativa, decide investigar más a fondo el asunto y posteriormente ve materia disciplinaria en la denuncia, sería entonces cuando podría determinar si procedería imponer una sanción.

La posible “fuga” de Begoña Gómez

Como avanzó Artículo14, el juez Peinado ordenó este sábado la retirada del pasaporte a Gómez y a su asesora en Moncloa, Cristina Álvarez, les impidió salir del territorio nacional y les obligó a fichar en sede judicial dos veces al mes. Para justificar la imposición de estas medidas cautelares, el instructor explicó en la resolución judicial que si la causa llegara a una fase de enjuiciamiento, y la misma finalizara con una sentencia condenatoria, esta conllevaría una pena mínima de dos años. “No cabe duda de que ese sería el escenario más favorable para las acusadas“, añadió. Sin embargo, debido a que las penas de prisión han sido establecidas “en abstracto” por el instructor, también cabría la posibilidad de que la pena mínima fuera de dos años y seis meses, lo cual imposibilitaría suspender la ejecución de la futurible pena privativa de libertad, “dando lugar a un ingreso en un establecimiento penitenciario”. Es debido a ello, añade el juez, que las investigadas podrían tratar de “eludir la acción de la justicia, cumpliéndose el riesgo de fuga”, el cual “se trata de evitar” con la adopción de las medidas cautelares.

Peinado también respondió en el auto de este sábado al abogado de Gómez. Este letrado dijo que el hecho de ser la esposa del actual presidente del Gobierno implica que en todo momento se encuentre acompañada y custodiada por miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad Del Estado, lo cual reduce el riesgo de evasión. Sin embargo, el magistrado lo interpretó de una manera totalmente diferente: “Lo que no cabe duda es que esos agentes en un momento determinado pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, colaborar en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga, que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia”.

Lo “especialmente trascendente” para el juez fue que debido a que el cargo de su esposo, actual líder del Ejecutivo, es algo “efímero y transitorio”, esa protección o acompañamiento de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado “desaparecería, lo que facilitaría aún más esa hipotética fuga”. Respecto a Álvarez, “que ha venido actuando en calidad de asistente de la anterior acusada, María Begoña Gómez Fernández, y con estrecha vinculación personal y acompañando a la misma, así como coordinando todas sus actividades, dispone de una situación similar a ella”, disponiendo “de los mismos medios para fugarse y eludir la acción de la justicia”, añadió.

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