El Gobierno presiona al Supremo: “Es materialmente imposible” sacar a los ‘nietos’ del censo del 29N

"O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA -los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna- o no se suspende a ninguno", reta la Abogacía del Estado

ISabel Perelló, Cándido Conde-Pumpido y
Isabel Perelló, Cándido Conde-Pumpido y Félix Bolaños.
EFE

El adelanto electoral hace “materialmente imposible” suspender a los hasta 400.000 nacionalizados con derecho a voto por la Instrucción de Sofía Puente, hermana de Óscar Puente, que en 2022 modificó la Ley de Memoria Democrática. Así lo sostiene la Abogacía del Estado en el informe que ha remitido al Tribunal Supremo (TS) que había dado a las partes hasta este jueves para pronunciarse sobe los escritos de Iustitia Europa y Vox presentados tras el anuncio de Pedro Sánchez este lunes. Esta primera formación pidió al Supremo que se pronunciara de urgencia y alertó de la maniobra del Gobierno; el censo que se aplica es el de dos meses antes de la convocatoria, esto es, el del 1 de agosto, antes de que TS suspendiera cautelarmente  la inclusión en el censo de estas personas.

Juristas advirtieron entonces de que los autos del Supremo extiende su efecto y se aplica a todo proceso electoral que venga a continuación. Pero la estrategia gubernamental es doble: además de insistir en el derecho de esta gente a votar, que ahora quiere reforzar con la aplicación del censo del 1 de agosto, añade el argumento de que es imposible revistar todos los expedientes como ha ordenado el TS antes del 29 de noviembre.

En esta doble vertiente se sitúa la Abogacía del Estado, que recuerda que la ley electoral establece que el censo del 29N es el que se cerró a 1 de agosto y debe exponerse para consulta el próximo lunes 12 de octubre. “O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA -los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna- o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone”, defiende.

Antes del adelanto, el plazo podía ser más amplio. La premura de éste “confirma” la imposibilidad material, dice el escrito y alega que “en la ponderación de intereses, ante el riesgo del sacrificio inmediato de un derecho fundamental, lo que debe primar es el ejercicio del derecho a participar”.

A juicio de la Abogacía del Estado la petición de los partidos recurrentes, aunque se dirige a Vox, tiene como “verdadero propósito que el Tribunal Supremo le autorice para que se elimine el derecho de voto de los españoles que proceden del exilio exterior en contra de la constante voluntad” del Congreso de los Diputados. Cabe recordar que la Instrucción de Puente fue antes una enmienda de Ciudadanos que la Cámara rechazó.

Exteriores maniobra

El pasado 18 de septiembre, cinco días antes del desahucio de Maricarmen -fijado desde el 19 de junio- y de que el Gobierno promoviera los Decretos y las protestas que han culminado en el adelanto electoral al 29 de noviembre, la Dirección General de Asuntos Consulares remitió un escrito al TS en el que advertía de “dificultades” a la hora de implementar su medida cautelar de suspensión de hasta 400.000 votantes por la Ley de Nietos.

El Supremo trata de acelerar el proceso ante un adelanto electoral que no se esperaba y que en su providencia de este martes denomina “circunstancia sobrevenida”, y dio un plazo improrrogable de 48 horas que acababa este jueves a las 15 horas a las partes para pronunciarse, después de que Iustitia Europa y Vox le hayan presentado sendos escritos. El de Iustitia Europa le reclamaba que acuerde de forma urgente “las actuaciones de ejecución y concreción que resulten necesarias” para “garantizar” que la suspensión cautelar del voto de nacionalizados por la Ley de Nietos se aplique el 29N.

Luis María Pardo, presidente de este partido, ya planteó en X el asunto mollar. La ley es clara: el censo con el que se vota es el de dos meses antes de la convocatoria, esto es, del 1 de agosto, antes de que el TS dictara las medidas cautelares. El entorno gubernamental se agarra a este hecho. Los recurrentes y críticos con la Instrucción de Sofía Puente, hermana de Óscar Puente, que modificó la ley, destacan que las medidas del Supremo tienen efecto para toda inscripción en el CERA que venga de la llamada Ley de Nietos, independientemente de cuándo se haya producido.

Y esto sería en principio lo que se prevé que diga el TS de forma exprés a partir de este jueves. Es decir, lo mismo que ya dijo en sus cautelares, ahora relativo a la inminente cita electoral. Pero el problema es la premura que impone el adelanto.

No es factible antes de 2027

Hay serias dudas sobre si puede llevarse a cabo. El que no se puede se perfila como el argumento del Gobierno, como ha informado Artículo14. El 18 de septiembre ya lo esgrimía Exteriores, y alegaba que ni el censo exterior ni el Registro de Matrícula Consular recogen la vía de adquisición de la nacionalidad en sus sistemas informáticos, por lo que para recabar esta información que le pidió el TS debe revisarlo todo manualmente y cotejar el Registro Civil y con otros consulados. Estas grandes dificultades las planteaba para un escenario de elecciones en 2027 y con el relato de que se agotaría la legislatura.

De hecho, consideró que no era “factible” que los 16 consulados que reúnen la mayoría de expedientes -en Ciudad de México, Buenos Aires, Rosario, Mendoza, Caracas y La Habana- los pudieran analizar antes del 1 de enero de 2027.

Además de Exteriores a través de la Dirección de Asuntos Consulares, el INE, dependiente del Ministerio de Economía, también vería dificultades. La Oficina del Censo Electoral del INE habría entregado tarde la información que le reclamaba la Junta Electoral Central (JEC) desde julio sobre quiénes se han nacionalizado por la Ley de Memoria Democrática y quiénes por la Instrucción de Puente. El pasado 14 de septiembre, día en el que una Junta Electoral dividida avaló las medidas cautelares del TS, entregó un informe al que le faltarían detalles. Se espera para estos días nueva instrucción de la JEC.

“¿Cómo puede haber medios para tramitar cientos de miles de nacionalizaciones de la Ley de Nietos y no para revisarlas?”, se ha preguntado Pardo en una entrevista en Infobae.

Los derechos de los afectados

Sobre qué puede ocurrir si no da tiempo a suspender a estos votantes, fuentes jurídicas consultadas por Artículo14 explican que no se puede añadir electores pasados los comicios ya que no se puede conjeturar con el sentido del voto de los que no han votado, pero sí cabe anular votos indebidos, un escenario de conflicto institucional que no cabría descartar y en el que se prevé que se plantee amparo al Tribunal Constitucional.

La providencia del Supremo de este martes incorpora una de las reivindicaciones de algunos integrantes de la Junta Electoral en su deliberación sobre las medidas cautelares: los afectados deben poder presentar alegaciones para que no haya indefensión. Pues bien, el TS pide a todas las partes personadas extender sus alegaciones a los que han obtenido la nacionalidad por la Ley de Nietos.

¿Cuántos son? No hay cifras consensuadas de momento. Entre julio de 2023 y julio de 2026 el censo ha ganado 408.262 inscritos, cifras que ofrece el Supremo en sus autos de medidas cautelares. Según la Abogacía del Estado, el 1 de agosto se habían concedido cerca de 370.000 nacionalidades por la Ley de Nietos, con 230.000 pendientes de inscribirse en el Registro Civil y 640.000 solicitudes pendientes de resolución, pero las cifras del TS no han sido cuestionadas.

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