Tribunales

El juez del caso Plus Ultra rechaza el intento de Zapatero para impedir que Yanes tase sus joyas

El magistrado José Luis Calama argumenta que la recusación formulada por la defensa del expresidente es "precipitada" porque todavía no están identificados los profesionales de la joyería que realizarán el examen pericial

Joyas incautadas en la caja fuerte de Zapatero.
Joyas incautadas en la caja fuerte de Zapatero.

El magistrado que instruye el caso Plus Ultra, José Luis Calama, ha rechazado el intento del expresidente José Luis Rodríguez Zapatero para impedir que la joyería Yanes hiciera un examen pericial de las joyas encontradas en la caja fuerte de su despacho. El juez argumenta que la recusación formulada por el equipo legal de Zapatero es “precipitada” porque todavía no están identificados los profesionales concretos que realizarán la pericia.

Cabe recordar que la defensa del ex líder del Ejecutivo cargó recientemente contra la “falta de imparcialidad objetiva” de la joyería para la emisión de ese informe técnico. En un escrito enviado a Calama el pasado viernes se incluyeron varios fragmentos de entrevistas en los que el director general de Yanes, Juan Yanes, vertió una “opinión extraprocesal”. Ello, para el equipo legal del exdirigente socialista, condiciona las conclusiones que pueda alcanzar, “máxime en una cuestión que no es puramente objetiva y estrictamente técnica, sino que incluye una opinión, con un imprescindible componente de subjetividad“.

Sin embargo, el instructor del caso Plus Ultra ha precisado este martes que la parte recusante no identifica ni acredita la concurrencia de ninguna de las causas legalmente previstas, limitándose a invocar una supuesta falta de imparcialidad derivada de determinadas declaraciones efectuadas en medios de comunicación por el director general de la empresa. “Tal alegación no permite apreciar, ni siquiera indiciariamente, la existencia de parentesco, amistad, enemistad o interés personal del perito recusado en el resultado del procedimiento”, tal y como requiere el artículo 468 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Lo relevante, explica Calama, no es la existencia de una opinión previa sobre el objeto en litigio, sino la concurrencia de un interés personal, directo o indirecto, en el resultado del proceso, circunstancia que no se alega con precisión ni aparece “mínimamente acreditada”.

El juez concluye la resolución emitida este martes señalando que las manifestaciones públicas realizadas por quien ejerce funciones directivas en la joyería “no constituyen una causa legal de recusación”, ya que “no permiten inferir por sí mismas un interés personal del experto en el resultado de la causa”. “En todo caso, quedan neutralizadas por las garantías de contradicción, inmediación y libre valoración que presidirán la práctica de la prueba pericial en el juicio oral”, añade.

El anterior peritaje las valoró en 1,3 millones

El expresidente del Gobierno cargó el pasado viernes contra la “falta de motivación” que justificara el examen pericial de las joyas encontradas en la caja fuerte de su despacho en la calle Ferraz. Si bien el pasado lunes 21 el instructor decidió que Yanes debía llevar a cabo ese estudio técnico, el equipo legal del exdirigente socialista solicitó al magistrado que revocara tal decisión. En caso de que no lo hiciera, como así ha ocurrido, la defensa de Zapatero pidió al juez designar a un perito distinto a Yanes y declaró su voluntad para proponer a uno de su elección.

El juez de la Audiencia Nacional, al amparo de los artículos 456 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, determinó que ese examen pericial era “pertinente, útil y necesario” para el esclarecimiento de los hechos investigados y para la determinación de la posible relevancia penal de las joyas intervenidas. Tras valorar diversas opciones, Calama se decantó finalmente por encargar la pericia a la joyería Yanes, “firma de larga tradición en la alta joyería española”.

Si bien el instructor encargó hace unos meses a la joyería Ansorena un “análisis preliminar”, cuyos peritos emitieron un informe determinando un valor de reposición de las joyas de 1,3 millones de euros, el equipo legal de Zapatero señala ahora que el “único elemento novedoso” respecto a ese encargo anterior “parece circunscribirse a la antigüedad de las piezas o al área de fabricación”. Ello sirvió como base para que se abriera una pieza de investigación exclusivamente sobre las joyas, puesto que se podrían haber cometido delitos fiscales y de contrabando.

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