Impuestos

IRPF: las declaraciones conjuntas son todavía cosa de hombres

Solo un 13% de las declaraciones conjuntas correspondieron a mujeres. Con esta opción, algunos matrimonios consiguen importantes deducciones, si bien la mayoría de las declaraciones son individuales.

IRPF

Un grupo de mujeres en los años 50.

Ha llegado ese momento incómodo que a muchos les cuesta afrontar: presentar la declaración de la renta. Unos 23,3 millones de españoles la realizarán este año, según las previsiones de la Agencia Tributaria.

La mayoría de las declaraciones se presentan en la modalidad individual, casi un 86%. Si nos fijamos en las declaraciones individuales, los titulares de la mitad de ellas son hombres y la otra mitad, mujeres.

Una paridad que no encontramos en las declaraciones conjuntas (3,28 millones), una modalidad que presentan algunos matrimonios para tener importantes deducciones. En estas detectamos una brecha de género abismal.

Minoría de mujeres

En 2021, que es el último año del que se dispone de datos oficiales, se realizaron 2.648.341 declaraciones conjuntas de las cuales solo 341.331 fueron de mujeres (el 12,8% del total).

Es un tipo de declaración que nació a finales de los setenta y que interesa hacer cuando uno de los cónyuges no trabaja o gana poco. Y estos datos demuestran que son ellas las que salen peor paradas, las que están fuera del mercado laboral. Con estas cifras, también podemos corroborar que quien está al mando de la fiscalidad en casa son los hombres.

Según Carlos Cruzado, portavoz de los técnicos de Hacienda Gestha, “aquí se aprecia que el cónyuge que no trabaja o tiene rendimientos menores suele ser la mujer. De hecho, es un tipo de declaración que está en tela de juicio, se plantea desde varios sectores acabar con ella porque puede ser un incentivo para que la mujer no trabaje”.

Un informe de la AIReF, Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, hace un repaso por la historia normativa. Entre 1978 y 1988, se obligaba a los matrimonios a liquidar el impuesto de forma conjunta y no fue hasta 1989, tras una sentencia del Tribunal Constitucional, cuando se declaró inconstitucional esa obligatoriedad por considerarla discriminatoria. Desde entonces es opcional.

La propia AIReF lo cuestiona porque dice, textualmente, “la tributación conjunta solo resulta fiscalmente atractiva cuando uno de los miembros de la pareja no percibe rentas o cuando percibe rentas bajas. En consecuencia, esta figura puede generar incentivos negativos sobre la oferta laboral de las mujeres, que suelen ser el miembro del hogar con menor nivel de renta”.

También podemos descubrir cómo las mujeres cobran de media menos que los hombres si nos fijamos en el número de devoluciones. Según los últimos datos, seis millones de declaraciones de mujeres salieron a devolver frente a 5,6 millones de hombres. “Y hay más devoluciones porque los rendimientos de las mujeres son menores”, certifica Carlos Cruzado.

Novedades para la mujer

Ya se puede realizar la declaración online, acceder al borrador, revisarlo y presentarlo definitivamente. A partir del 29 de abril se puede pedir cita para realizar la declaración telefónica; y la presencial, en las oficinas de la Agencia Tributaria, se podrá realizar a partir del 29 de mayo. Por delante quedan tres meses para cumplir con nuestras obligaciones hasta que cierre la campaña el próximo 1 de julio.

Con una novedad importante para la mujer: se amplía la deducción de 1.200 euros anuales por madre trabajadora con hijos entre 0 y 3 años. Hasta ahora, solo se aplicaba a las mujeres que cotizaban a la Seguridad Social pero en esta campaña, también podrán solicitarlo aquellas que cobren el desempleo o si han cotizado, al menos, 30 días desde el nacimiento del bebé.

El  importe de la deducción por maternidad se podrá incrementar hasta en 1.000 euros adicionales por los gastos de guarderías o centros de educación infantil autorizados para los menores de tres años. En esta edición, como novedad, este deducción es aplicable a tanto centros autorizados por las comunidad autónoma como del ayuntamiento.

Otras novedades

Si tienes más de un pagador, la declaración hay que presentarla con unos ingresos superiores a los 15.000 euros anuales y no los 14.000 euros del año pasado. También hay una serie de deducciones por la compra de un vehículo eléctrico -se podrá deducir el 15% del valor desde el 30 de junio de 2023-  y para la instalación de sistemas de recarga de baterías -deducción del 15% a partir del segundo semestre-.

En el caso de los autónomos, tendrán que hacer la declaración, aunque se hayan dado de alta un solo día al año. Y ojo si tienes inversiones en startups, existe una deducción de un 50% de hasta 100.000 euros en acciones de reciente creación.

 

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