CASO ANABEL PANTOJA

Cómo actúan los protocolos en España ante la sospecha de violencia contra un menor

Todo sobre la clave de la protección y los mecanismos legales

Cortesía Pexels

La violencia contra los menores sigue siendo uno de los desafíos más graves a los que se enfrenta la sociedad hoy en día, y la legislación española ha dado pasos significativos en los últimos años para garantizar la protección de la infancia. En 2021, con la aprobación de la Ley Orgánica 8/2021, la cual establece un marco normativo integral para la protección de los menores frente a cualquier tipo de violencia, se activaron mecanismos preventivos clave para detectar, actuar y proteger a los menores en situación de riesgo. La ley tiene un objetivo fundamental: evitar que los niños y adolescentes sufran daños graves y, en caso de existir sospechas, poner en marcha procedimientos legales y sociales para evaluarlo y protegerlos adecuadamente.

La Ley Orgánica 8/2021 establece un protocolo claro para la detección, denuncia y atención a los menores que puedan estar siendo víctimas de violencia. Según el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, esta ley contempla mecanismos tanto preventivos como de actuación directa ante situaciones de maltrato. El artículo 19 de la ley establece que tanto las administraciones públicas como los profesionales en contacto directo con menores -médicos, educadores, trabajadores sociales, etcétera- tienen la obligación de activar protocolos ante la sospecha de maltrato, para investigar la situación del menor y garantizar su protección.

El protocolo en acción: qué ocurre cuando se detecta la sospecha de violencia

El protocolo comienza con la detección, que puede producirse a través de múltiples canales, tanto en el ámbito sanitario como educativo o social. Si un profesional detecta signos de maltrato o recibe información que lo sugiera, debe notificarlo a los servicios sociales correspondientes. Un informe médico, por ejemplo, puede ser la clave para iniciar un proceso de investigación. De acuerdo con el Código Penal Español, el médico tiene la obligación de comunicar cualquier signo de violencia que detecte, ya sea físico o psicológico, al Departamento de Bienestar Social o a la Policía, quienes comenzarán una investigación preliminar.

Una vez activado el protocolo, los servicios sociales son responsables de realizar una evaluación inicial del caso. Si el menor está en situación de peligro, los servicios sociales pueden tomar medidas inmediatas, como la retirada temporal del niño del hogar. La colaboración con la policía es esencial para recabar pruebas y hacer una valoración completa del entorno familiar. En este punto, según el Ministerio de Sanidad, los profesionales de la salud (como pediatras o psicólogos) pueden ser claves para corroborar los signos de violencia. La Fiscalía General del Estado también juega un papel crucial, guiando y supervisando la actuación de las autoridades.

El rol del sistema judicial: medidas cautelares y decisiones sobre tutela

El sistema judicial es otro pilar fundamental en este proceso. Cuando la sospecha de violencia es confirmada, el Juzgado de Violencia sobre la Infancia es el encargado de evaluar las pruebas y decidir las medidas cautelares necesarias. En caso de que la seguridad del menor esté en riesgo, el juez puede ordenar la retirada inmediata de la custodia de los padres y poner al menor bajo la tutela de un familiar o una institución. El Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal establecen el marco en el que las decisiones judiciales deben ser tomadas, siempre priorizando el bienestar del niño.

Los protocolos en la escuela: detección desde las primeras etapas

Las instituciones educativas también tienen un papel clave en la detección temprana de la violencia. El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha implementado protocolos específicos para que los docentes sean capaces de identificar signos de maltrato, tanto físicos como emocionales, y activarlo de inmediato. Los educadores deben estar capacitados para reconocer actitudes y comportamientos que puedan sugerir que un menor está viviendo una situación de violencia. Además, deben contar con un “coordinador de bienestar y protección” en cada centro escolar, encargado de gestionar los casos de sospecha de maltrato y trabajar junto a servicios sociales y fuerzas del orden.

Para que estos protocolos funcionen de manera efectiva, es fundamental que todos los agentes implicados estén adecuadamente formados y cuenten con los recursos necesarios. Según la Organización Médica Colegial de España, los médicos deben recibir formación específica en la identificación de los signos de maltrato, ya que muchas veces son los primeros en tener contacto con los menores. Esta formación debe ser transversal, abarcando no solo los aspectos médicos, sino también los psicológicos y sociales, para garantizar una intervención adecuada en todas las áreas del bienestar del menor.