Noelia Castillo, la joven parapléjica de 25 años que lleva más de año y medio esperando la eutanasia, anunció ayer en televisión que se someterá al procedimiento este jueves. La Generalitat le reconoció la prestación de ayuda a morir en julio de 2024, pero la férrea oposición de su padre, Gerónimo Castillo, quien recurrió a la asociación católica Abogados Cristianos, retrasó el proceso judicial. “Quiero irme ya en paz y dejar de sufrir y punto”, afirmó en el programa Y ahora Sonsoles de Antena 3.
La declaración de la joven coincide con la noticia de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, rechazó el último recurso presentado por su padre a través de Abogados Cristianos. La Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña, responsable de supervisar la aplicación de la ley de eutanasia, había reactivado el proceso tras conocer en enero que el Tribunal Supremo había respaldado la medida. La negativa del Tribunal Constitucional y ahora del TEDH a imponer medidas cautelares despeja el camino para que Noelia reciba la prestación.
Situación clínica irreversible
En julio de 2024, la Comisión aprobó por unanimidad la eutanasia para Noelia, quien presentaba una situación clínica “no recuperable” que le provocaba “dependencia grave, dolor y sufrimiento crónico e imposibilitante”. El padre de la joven contrató a Abogados Cristianos para frenar la eutanasia, lo que derivó en un año y ocho meses de procedimientos entre juzgados, sentencias y recursos.
Todas las instancias judiciales avalaron la legalidad del derecho de Noelia y rechazaron los argumentos de la asociación, en particular los relacionados con su capacidad de decisión. El Tribunal Supremo cerró la vía de la justicia ordinaria en enero al rechazar el recurso de casación de su padre.
Durante este tiempo, Noelia permaneció ingresada principalmente en una residencia sociosanitaria de Sant Pere de Ribes (Barcelona), aunque la entrevista televisiva se grabó en casa de su abuela materna. En ella, la joven reafirma que su decisión siempre ha sido clara: “Lo tenía muy claro desde el principio”. Reconoce que ningún miembro de su familia apoyó su elección, pero la felicidad de sus padres o hermana “no puede estar por encima de la vida de una hija”.
Describió un dolor físico constante y un malestar psicológico profundo. “Siempre me he sentido sola, antes incluso de pedir la eutanasia ya veía mi mundo muy oscuro… No tengo ganas de nada, ni de salir, ni de comer, ni de hacer nada, y dormir se me hace muy difícil, aparte que tengo dolor de espalda y piernas”, explicó.
Nacida en Barcelona, Noelia creció en una familia desestructurada que la obligó a vivir bajo tutela institucional en varias etapas de su vida. Tras sufrir una agresión sexual múltiple, intentó suicidarse lanzándose desde un quinto piso, lo que la dejó parapléjica y con dolores constantes. En la primavera de 2024 inició el procedimiento para solicitar la eutanasia, que la justicia respaldó, calificando su sufrimiento físico y mental como “grave, crónico e imposibilitante”.
Un debate complejo
El caso ha reabierto el debate sobre la aplicación de la ley de eutanasia en España y el equilibrio entre autonomía personal y presión familiar. La Fundación Española de Abogados Cristianos solicitó medidas cautelarísimas para suspender el procedimiento y pidió que la joven recibiera tratamiento psicológico y psiquiátrico previo. Según la asociación, Noelia tenía reconocida una discapacidad del 67% por enfermedad mental, que aumentó al 74% tras el intento de suicidio, lo que evidenciaría un problema psiquiátrico de fondo.
El miércoles, el Tribunal de Instancia de Barcelona rechazó la petición alegando falta de competencia. La fundación alertó de que “se ofrece el suicidio sin haber intentado curar” y señaló que esto podría sentar un precedente peligroso. Polonia Castellanos, presidenta de Abogados Cristianos, criticó la ley: “Antes de abocarla al suicidio, el Estado debe garantizar que ha ofrecido todas las alternativas de vida”.

La Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE) fue aprobada por el Congreso de los Diputados el 18 de marzo de 2021, con 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones, y el 25 de marzo se cumplieron cinco años de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. España se convirtió así en el séptimo país del mundo y el cuarto en Europa en reconocer este derecho. La ley permite que la eutanasia forme parte de la cartera básica del Sistema Nacional de Salud (SNS) y pueda ser solicitada por mayores de edad con enfermedades graves e incurables o padecimientos graves, crónicos e imposibilitantes que generen sufrimiento físico o psíquico constante.
Quién puede solicitarla
Pueden solicitar la eutanasia quienes cumplan ciertos requisitos. Mayoría de edad, nacionalidad española, residencia legal en España o empadronamiento de al menos 12 meses, capacidad de decidir de forma autónoma, consciente e informada, y encontrarse en una de estas situaciones clínicas: enfermedad grave e incurable con sufrimiento constante e insoportable o padecimiento grave, crónico e imposibilitante con gran dependencia y pérdida de autonomía.
El procedimiento exige al menos dos solicitudes escritas separadas por un intervalo mínimo para garantizar que la decisión no sea impulsiva. Un médico responsable verifica los requisitos clínicos y proporciona información sobre alternativas terapéuticas y cuidados paliativos. Un segundo facultativo independiente emite un informe, y la Comisión de Garantía y Evaluación revisa la documentación antes de autorizar la prestación. La ayuda a morir puede administrarse directamente por personal sanitario o mediante prescripción para auto administración, en centro sanitario o domicilio. Se reconoce la objeción de conciencia del personal sanitario, sin que esto impida garantizar el derecho del paciente.
Despenalización
La ley modifica el artículo 143 del Código Penal. Quien cause o coopere activamente a la muerte de una persona en contexto de sufrimiento grave a petición expresa, seria e inequívoca de esta, se somete a una pena inferior, pero queda exento de responsabilidad si actúa conforme a la ley de eutanasia, despenalizando así la práctica dentro del marco legal y manteniendo el reproche penal fuera de él.
Desde la entrada en vigor de la ley, en junio de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2024, se registraron 2.432 solicitudes de prestación de ayuda para morir en España. De ellas, 1.123 terminaron en prestación efectiva, aproximadamente el 46%. En 2024 se finalizaron 929 procesos: 426 prestaciones efectivas, 308 personas fallecieron durante la tramitación, 141 solicitudes fueron denegadas por no cumplir los requisitos legales y 54 solicitudes fueron revocadas por la propia persona.
El caso de Amparo Avilés
La organización Derecho a Morir Dignamente (DMD) reconoce que, aunque la ley representó un avance, su aplicación enfrenta obstáculos como burocracia, desigualdades territoriales, falta de formación e información y dificultades al registrar la primera solicitud. Entre los casos destacados, Amparo Avilés decidió ejercer su derecho a la eutanasia antes de perder autonomía por un cáncer avanzado. Tras una mastectomía bilateral y el desarrollo de una metástasis poco frecuente, optó por no continuar con tratamientos agresivos, priorizando vivir con dignidad. La ley validó un sufrimiento no solo físico, sino también emocional y existencial.
Fernando Marín, médico y vicepresidente de DMD, opina que la ley es muy garantista y reconoce el derecho en un contexto eutanásico. “El relato de la persona, el sufrimiento constante e intolerable, es subjetivo. La eutanasia es un acto de amor, es acompañar a esa persona al final de su vida, un final deseado porque la vida es un tormento y por eso deseas la muerte”, concluye.
