Carles Puigdemont espera regresar a España “antes de verano” sin riesgo de ser detenido. Así lo aseguran fuentes de su entorno a Artículo14. Para conseguirlo, el Tribunal Constitucional tiene eliminar su historial delictivo, toda vez ahora mismo rige contra él una orden de busca y captura. Esto es, tiene que ser amnistiado.
El Constitucional tiene pendiente decidir si con la ley aprobada por Pedro Sánchez se puede amnistiar también el delito de malversación que se le imputa al líder de Junts. Si bien, se va a dejar guiar primero por la decisión que establezca el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en estos días ultima su sentencia en la que decidirá si el delito de malversación contraviene el derecho europeo o no.
Según las fuentes consultadas por este periódico, el fallo de la Justicia europea llegará a finales de abril o primeros de mayo. Y, acto seguido, el Tribunal Constitucional se pondrá a trabajar en el recurso de amparo que presentó la defensa de Puigdemont reclamando que se le amnistíe tras la negativa del Tribunal Supremo.
Las fuentes del tribunal de garantías aseguran que la decisión estará redactada “tres o cuatro semanas después de la decisión del TJUE”. Esto es, en plena campaña de las elecciones andaluzas, el Constitucional podría activar el regreso del hoy fugado Carles Puigdemont.
Un debate jurídico que se colaría de pleno en el debate político. Cabe recordar que la mayoría de las autonomías del PP recurrieron al Constitucional la ley de Amnistía de Sánchez. Recursos que fueron tumbados por la mayoría progresista que existe en estos momentos.
Previsiblemente, el Constitucional decidirá en línea con el TJUE, donde hay hermetismo máximo sobre el fondo del asunto. Si bien, ya en verano de 2025 el abogado general de la UE emitió un informe previo al fallo final en el que se inclinaba por amnistiar la malversación: “La protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la Ley de Amnistía”, arguyó. Sin embargo, fuentes del Constitucional no descartan ningún escenario en la sentencia final.
Las fuentes consultadas añaden que si el TJUE no da su visto bueno a la malversación, el Constitucional tendrá muy difícil conceder el amparo al prófugo. “No se puede separar una decisión de otra. Sería una prevaricación”, pronostican las fuentes consultadas.
Para más contexto, es importante señalar que el grueso de esta ley ha sido ya avalada por el Tribunal Constitucional en verano de 2025, pero en ese fallo no se decidió sobre la malversación. De ahí que Puigdemont aún no haya podido volver a España sin pasar antes por la Justicia.
Las razones del Supremo
El Supremo consideró que ese delito no podía ser amnistiado porque, en la redacción de la norma, se introdujo la excepción de que no sería perdonada aquella malversación cuando se hubiere actuado con un “propósito personal de carácter patrimonial”. Es decir, que los imputados se hubieran lucrado de alguna forma.
El alto tribunal tomó esta premisa y determinó que los imputados usaron dinero público para promover sus intereses independentistas ahorrándoselo de su bolsillo, es decir, engordando su patrimonio indirectamente.
“Endosaron sus gastos a la administración autonómica, sin que la iniciativa respondiera a la satisfacción de ningún interés público. Y lo hicieron aprovechando sus responsabilidades en la Generalitat de Cataluña, no para proporcionar enriquecimiento a otras personas, sino para no tener que atender ellos el coste inherente”, alegaron en el Supremo. Por tanto, consideraron que no podía aplicarse la amnistía a Puigdemont, que presentó el recurso de amparo que tiene que resolver ahora el Constitucional.
