Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cuenta ya con su pasaporte para viajar a Londres a la graduación de su hija, según publica la agencia Efe. El juez Juan Carlos Peinado, que ha enviado a juicio con jurado a Begoña Gómez por cuatro presuntos delitos, ordenó el pasado 20 de junio que se le retirase el pasaporte y se le prohibiera salir de España como medida cautelar hasta la celebración del juicio, al apreciar riesgo de fuga.
Días después, el letrado de Gómez, Antonio Camacho, solicitó al magistrado que la autorizase salir al extranjero del día 7 al 10 de julio, para acompañar a Sánchez a la 36ª Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la OTAN que se celebra en Ankara y volver a través de Londres para asistir en la capital británica a la graduación de su hija.
Sí a Londres, no a Ankara
Al estar el juez titular unos días de vacaciones, la respuesta ha recaído en manos de un juez sustituto, quien el pasado lunes decidió que Gómez no debía viajar a Ankara pero sí podía ir a Londres entre el 8 y el 10 de julio. El magistrado que firmó esta resolución, Antonio Viejo, alegó que Gómez está invitada a la cumbre de la OTAN por “razones de cortesía institucional”, sin tener “una intervención activa”, y apuntó además a que Turquía no es parte de la Unión Europea, una estructura que facilita la cooperación policial y judicial.
Sin embargo, sí permitió el viaje a Londres por “la buena relación de cooperación judicial entre España y el Reino Unido, incluso después del Brexit, así como por la naturaleza del evento al que se pretende asistir”.

Peinado defiende su decisión
Además, este miércoles se ha conocido que Peinado ha defendido ante la Audiencia Provincial de Madrid haber retirado el pasaporte a la esposa de Sánchez y la prohibición de que salga de España. En un escrito remitido para responder al recurso presentado por la defensa de la investigada, el magistrado sostiene que la existencia de un dispositivo permanente de seguridad no garantiza por sí sola que pueda descartarse un eventual riesgo de fuga.
El instructor recuerda el caso del ex primer ministro italiano Benito Craxi, quien en 1994 abandonó Italia y se instaló en Túnez mientras estaba inmerso en un proceso judicial por corrupción. El juez subraya que Craxi también disponía de protección oficial, por lo que considera que la presencia de escoltas no constituye un argumento suficiente para levantar las medidas cautelares.
Tras las críticas recibidas y el inicio de los trámites en el Consejo General del Poder Judicial para estudiar la apertura de un expediente disciplinario, el magistrado trata de desmarcarse de la polémica y asegura que “en modo alguno” pretendía cuestionar ni menospreciar la labor de esos funcionarios. No obstante, añade que, como ocurre en cualquier institución, pueden existir actuaciones individuales que incumplan las obligaciones profesionales.

