El Gobierno central lleva aprobadas 136 solicitudes de indemnización para víctimas y familiares de los fallecidos en el accidente ferroviario de Adamuz (Córdoba), desde que el 3 de febrero abriera el plazo para reclamar estas ayudas económicas directas y no reembolsables. De ese total, 18 ya han sido pagadas, mientras que otras 118 cuentan con aprobación provisional –72 correspondientes a familiares de víctimas mortales y 46 a heridos- y permanecen a la espera de que concluya el periodo de diez días del que disponen los solicitantes para presentar alegaciones antes de que se dicte resolución definitiva y se proceda al abono correspondiente, según datos oficiales recogidos por Europa Press.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible abrió este cauce el 3 de febrero al amparo del Real Decreto-ley 1/2026, de 27 de enero, aprobado por el Consejo de Ministros, para atender también a las víctimas del accidente de Gelida (Barcelona). El objetivo declarado es respaldar económicamente a los afectados, reducir la incertidumbre derivada de los siniestros y facilitar una tramitación ágil y accesible. Pueden beneficiarse tanto los viajeros y el personal ferroviario que viajaban a bordo de los trenes y resultaron heridos -maquinistas, personal de a bordo o en formación-, como los familiares de quienes perdieron la vida, de acuerdo con el orden de prelación y los criterios que establece la normativa aplicable.
El procedimiento contempla una ayuda directa y no reembolsable tanto en supuestos de lesiones como de fallecimiento, así como un anticipo de las indemnizaciones por responsabilidad civil.
Estas ayudas son además compatibles con el Seguro Obligatorio de Viajeros, con las futuras indemnizaciones por responsabilidad civil y con cualquier otro seguro o prestación, ya sea pública o privada, que pudiera corresponder a los afectados. El plazo inicial para presentar solicitudes se fijó hasta el 4 de mayo, pero el Ministerio lo amplió posteriormente un mes adicional para dos perfiles concretos: personas que resultaran heridas como consecuencia de los accidentes, y quienes ostenten la condición de víctimas indirectas de los fallecidos, siempre que ningún otro beneficiario hubiera presentado solicitud en plazo por esa misma persona fallecida.
De este modo, los potenciales beneficiarios que cumplan las condiciones establecidas en la resolución de ampliación podrán presentar sus solicitudes hasta el 4 de junio de 2026. Quienes ya hayan tramitado su solicitud no necesitan realizar ninguna gestión adicional. El procedimiento puede seguir llevándose a cabo tanto de forma presencial como a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, donde están disponibles toda la información relativa a las ayudas, una guía orientativa, los formularios necesarios para realizar la solicitud y un documento de preguntas y respuestas.

