Independentismo catalán

El Constitucional no decidirá sobre la vuelta de Puigdemont hasta octubre

Pese al hipotético aval del TJUE, el líder fugado tendrá que esperar al próximo curso judicial, según avanzan a Artículo14 fuentes del TC

El presidente de JxCat, Carles Puigdemont.
EFE/David Borrat

Carles Puigdemont lleva nueve años fugado de una Justicia que sigue dirimiendo si la ley de amnistía que redactó el Gobierno de Pedro Sánchez puede borrar su historial delictivo al completo. Y esta semana se vivirá un hito clave, ya que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea fallará el jueves sobre la norma. Si bien, tendrá que seguir esperando al menos hasta octubre.

Con esta resolución europea en la mano, se pondrá a trabajar el Tribunal Constitucional que dirige Cándido Conde-Pumpido y que en línea con lo que diga Europa tendrá que decidir si admite o no el recurso de amparo que interpuso la defensa de Puigdemont. Su abogado considera que la Justicia debería haberle perdonado ya y que “no hubo malversación” en sus acciones de 2017. Precisamente, la malversación es el único delito que sigue vigente contra él y la clave de todo porque el resto de delitos están ya perdonados.

Carles Puigdemont y Pedro Sánchez.
KiloyCuarto

Fuentes del Tribunal de Garantías consultadas por Artículo14 estiman que no habrá resolución “al menos hasta octubre” y que antes de verano será “materialmente imposible”. Por tanto, Puigdemont tendrá que esperar al nuevo curso judicial para tener una resolución clara que, a su vez, tiene que acoger el Tribunal Supremo.

En el Alto Tribunal creen que si el fallo del TJUE y el Constitucional avala la norma al completo, tendrán poco margen de maniobra. Su única opción será seguir sus directrices y archivar la causa contra Puigdemont si finalmente consideran que el delito de malversación que se le imputa es perdonable. Si bien,advierten que “dependerá de lo que digan ambos tribunales y de cómo lo digan”.

Por lo tanto, a la espera de ambos pronunciamientos, no descartan encontrar una lectura que pueda evitar dar carpetazo al archivo de la causa y mantener vigente la orden de busca y captura.

Puigdemont, Artur Mas, Pere Aragones y Jose Montilla.
EFE/Marta Pérez

¿Qué dice la ley?

La ley de amnistía aprobada en 2024 fue auspiciada por el Gobierno de Pedro Sánchez en el marco de sus pactos de investidura bajo el pretexto de “favorecer la convivencia, la cohesión social y la normalización institucional”, tras el procès independentista. Su objetivo era perdonar a todo aquel que hubiera delinquido por promover los referéndums ilegales del 9 de noviembre de 2014 y el 1 de octubre de 2017. Aquí entraban los líderes independentistas, pero también CDR y manifestantes que aquellos días alteraron el orden público en Cataluña.

Si bien, la norma dejaba claro que el delito de malversación no podía ser amnistiado cuando hubiera intención de lucrarse a título personal del movimiento político independentista: “Se considerará que existe propósito de enriquecimiento cuando el autor hubiera obtenido un beneficio personal de carácter patrimonial”, zanjaba la norma.

El presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido
El presidente del Tribunal Constitucional Cándido Conde-Pumpido
EFE

¿Qué dijo el Supremo?

El Supremo consideró que sí había habido ese enriquecimiento personal en algunos líderes independentistas, entre ellos, Puigdemont. Entendieron que habían malversado porque habían usado fondos públicos para promover las acciones políticas destinadas al procés, ahorrándose así de su bolsillo esta financiación. “Decidieron cargar a los fondos públicos aportados por los contribuyentes el coste de unas iniciativas o apetencias personales que ellos mismos dirigían”, manifestó el alto tribunal.

De ahí que no decayera la investigación contra el fugado Puigdemont tras la aprobación de la amnistía. Se le perdonaron todos los delitos que dictaba la norma excepto el de la malversación. Aún hoy el juez instructor Pablo Llarena no ha podido comenzar la investigación penal contra él. Mientras, el resto de sus compañeros independentistas han sido sentenciados, han cumplido sus penas de prisión y han sido amnistiados por el Gobierno. Por ello, Llarena mantiene la orden de busca y captura, porque aún no ha sido juzgado ocho años después.

¿Qué ha dicho hasta ahora el Constitucional?

El Tribunal Constitucional aún no se ha pronunciado sobre lo que dice la ley sobre el delito de malversación y la interpretación posterior que hizo el alto tribunal. Si bien, ha dado aval al grueso de la norma enmarcándola en una decisión política legal: “La amnistía constituye una decisión legislativa de carácter excepcional”.

¿Qué se prevé que diga Europa?

Fuentes consultadas por este periódico no avanzan el sentido del fallo que aún está bajo secreto. No obstante, lo que dijo el abogado general de la Unión Europea puede dar pistas. Su decisión se tendrá en cuenta aunque no es vinculante y va en línea con lo dicho hasta ahora por el Constitucional sobre la ley.

Dean Spilmann lo dejó claro: “Nada permite calificar la ley de autoamnistía”. Cree que la ley se aprobó en las Cortes españolas de manera “regular” y “tramitado en el seno de un sistema democrático pluralista”. Por tanto, rechaza que fuera resultado “de un acto unilateral impuesto por un poder autoritario”. Y concluyó: “Se aplica a un conjunto determinado de actos, circunscritos en el tiempo y vinculados a un período de tensión política, sin consideración de la condición pública o privada de las personas interesadas”.

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