El abogado general de la Unión Europea (UE), el luxemburgués Dean Spielmann, ha dictaminado este jueves que la Ley de Amnistíapactada por el Gobierno de Pedro Sánchez con Carles Puigdemont a cambio de su investidura vulnera alguans disposiciones de la legislación comunitaria, en particular algunos aspectos relacionados con la garantía de una tutela judicial efectiva.
Sin embargo, el abogado de la UE considera que la ley de Amnistía sí que es aval suficiente para eximir de responsabilidad financiera a los promotores del referéndum del 1 de octubre. Se estimó que el coste para el patrimonio de la Generalidad de Cataluña por el referéndum fue de 5 millones de euros aproximadamente, pero, según Spielmann, “no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la UE”.
“La extinción de la responsabilidad prevista en la Ley de Amnistía por los actos contables que afecten a los intereses financieros de la Unión no es contraria al Derecho de la Unión“, dice el abogado general de la UE. Dicho de otra forma, la ley de Amnistía sí que es un escudo suficiente a nivel de responsabilidad financiera de cara a la UE. En consecuencia, y desde este punto de esta vista, las conclusiones del abogado de la UE —previas a la sentencia del TJUE sobre la amnistía (que debería emitirse a comienzos de 2026)— despejan el camino a Puigdemont para su regreso a Barcelona.
La antesala de la sentencia del TJUE
La opinión del abogado general no es jurídicamente vinculante, pero suele marcar el rumbo al TJUE, ya que en una gran mayoría de los casos (el 80%) terminan siguiendo las recomendaciones del abogado general.
#ECJ: #AG Spielmann considers that certain provisions of the Spanish #amnesty law, concerning the exemption from liability for public funds, may be incompatible with the right to effective judicial protection 👉 https://t.co/ATb3CgbPxg
— EU Court of Justice (@EUCourtPress) November 13, 2025
Spielman sí que pone reparos, en cambio, respecto a la garantía de la tutela judicial efectiva —entiéndase el derecho fundamental de toda persona a obtener una respuesta justa y oportuna de los jueces y tribunales— en cuanto a que la aplicación de la ley de Amnistía en el plazo máximo de dos meses. “Es un plazo excesivamente corto y vinculante puede quebrantar la exigencia de independencia judicial”, dice el abogado general de la UE.
Otra de las objeciones de Spielman está relacionada con que la ley de Amnistía prevé que solo puedan recurrir el archivo de las actuaciones la Fiscalía o las administraciones públicas, pero no acusaciones populares, extremo que también vulnerara la legislación comunitaria.



