La DGT endurece la ITV para determinadas furgonetas camper: deberán revisarse cada seis meses

La recomendación es revisar la documentación cuanto antes, ya que la normativa ya se encuentra vigente y circular con la ITV caducada puede acarrear multas económicas

Con esta medida, la DGT refuerza el control sobre las camper, un segmento de vehículos que no ha dejado de crecer en España.
Con esta medida, la DGT refuerza el control sobre las camper, un segmento de vehículos que no ha dejado de crecer en España.

Miles de propietarios de vehículos camperizados tendrán que adaptarse a una nueva exigencia en materia de inspecciones técnicas. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aclarado los plazos de la ITV para este tipo de vehículos y establece que algunas furgonetas adaptadas para viajar y pernoctar deberán someterse a revisión dos veces al año cuando superen una determinada antigüedad.

La medida, recogida en una nueva instrucción ya en vigor, introduce una diferenciación más precisa entre las autocaravanas tradicionales y las conocidas furgonetas camperizadas, una distinción que hasta ahora había generado dudas entre conductores y estaciones de inspección.

Las camperizadas más antiguas tendrán controles semestrales

La principal novedad afecta a las furgonetas camper homologadas como furgón vivienda y encuadradas en la categoría N, destinada originalmente al transporte de mercancías. Cuando estos vehículos alcancen los diez años de antigüedad estarán obligados a pasar la ITV cada seis meses.

En la práctica, esto supone duplicar la frecuencia de las inspecciones respecto a otros vehículos recreativos similares y obliga a los propietarios a estar más pendientes de los plazos para evitar sanciones o restricciones de circulación.

La DGT considera que estos modelos deben seguir el mismo régimen de inspección que el resto de vehículos de mercancías de su categoría, independientemente de las modificaciones realizadas para convertirlos en espacios habitables.

Las autocaravanas mantienen los plazos habituales

La situación es distinta para las autocaravanas clasificadas en la categoría M, destinadas al transporte de personas. En estos casos no se producen cambios y se conservan los calendarios de inspección vigentes hasta ahora.

Así, las autocaravanas con más de cuatro años deberán acudir a la ITV cada dos años, mientras que aquellas que superen la década de antigüedad continuarán pasando la revisión una vez al año.

La diferencia radica en la homologación técnica del vehículo. Aunque a simple vista una autocaravana y una camper puedan parecer similares, la normativa las considera categorías distintas y, por tanto, sujetas a obligaciones diferentes.

Un grupo que se suma a otros vehículos con ITV semestral

Con esta modificación, las camperizadas más antiguas pasan a formar parte del listado de vehículos que ya estaban obligados a realizar inspecciones semestrales.

Entre ellos figuran los taxis, las ambulancias, los vehículos de autoescuela, el transporte escolar con cierta antigüedad, los furgones ligeros de mercancías de menos de 3.500 kilos cuando superan los diez años, así como determinados camiones, remolques y autobuses.

El objetivo de estas revisiones más frecuentes es garantizar que los vehículos sometidos a un uso intensivo o con características específicas mantengan unas condiciones óptimas de seguridad.

El motivo de la nueva regulación

Según explica la DGT, la actualización busca acabar con la confusión que existía en torno a la clasificación de muchos vehículos camperizados.

Durante los últimos años, el auge del turismo itinerante ha provocado un crecimiento notable del mercado de las campers. Sin embargo, muchas de estas transformaciones se realizaron sobre vehículos que conservaban su catalogación original como furgones de mercancías.

La nueva instrucción pretende unificar criterios y aplicar a cada vehículo el calendario de inspecciones correspondiente a su homologación oficial.

De esta forma, la administración establece una línea clara entre las autocaravanas diseñadas desde su origen para el transporte de personas y las furgonetas adaptadas posteriormente para uso recreativo.

Qué deben hacer los propietarios

Los conductores de furgonetas camperizadas con más de diez años de antigüedad deberán comprobar la categoría que figura en la ficha técnica de su vehículo para conocer la periodicidad exacta de sus inspecciones.

Si están clasificadas dentro de la categoría N como furgón vivienda, deberán acudir a la ITV cada seis meses. En caso contrario, seguirán aplicando los plazos ordinarios previstos para las autocaravanas.

La recomendación es revisar la documentación cuanto antes, ya que la normativa ya se encuentra vigente y circular con la ITV caducada puede acarrear multas económicas, inmovilización del vehículo y problemas con el seguro en caso de accidente.

Con esta medida, la DGT refuerza el control sobre un segmento de vehículos que no ha dejado de crecer en España y que cada vez cuenta con más usuarios aficionados a los viajes y escapadas sobre ruedas.

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