Durante sus primeros tres años de vida, Lorena apenas tuvo relación con su padre. Nunca habían convivido. Cuando un juzgado estableció que debían empezar a verse, los encuentros se organizaron de manera progresiva y bajo supervisión en un Punto de Encuentro Familiar. Primero fueron apenas treinta minutos.
Lorena no quería entrar. Sonia cuenta que lloraba y se resistía y que, siguiendo el protocolo del centro, era ella misma quien terminaba empujándola hacia el pasillo para que pudiera comenzar la visita. Después, cuando salía, los informes describían una buena relación entre padre e hija. Para Sonia, sin embargo, aquellas despedidas eran el primer indicio de que la adaptación no estaba siendo tan sencilla.
Se duchaban juntos
Con el paso de los meses, los encuentros se ampliaron. Lorena empezó a salir del Punto de Encuentro con su padre y, después, llegaron las primeras pernoctas. Fue entonces cuando Sonia comenzó a preocuparse de verdad. Su hija hablaba de los genitales de su padre, contaba que lo veía desnudo y que se duchaban juntos. Le pidió por correo electrónico que no lo hiciera.
Poco después empezaron también las consultas médicas. Sonia llevó a su hija por una vulvovaginitis, un traumatismo dental y distintos moratones. Y el 16 de octubre de 2023, después de pasar un fin de semana con su padre, Lorena contó que él le pedía que le tocara o le “rascara la cola”. Sonia llamó a la Fundación ANAR y al día siguiente denunció posibles abusos sexuales.
¿Qué debía hacer una madre ante todo aquello?

Las alarmas no fueron solo de Sonia
La denuncia no hizo desaparecer las dudas. Al contrario. Una pediatra dejó por escrito que desaconsejaba que Lorena permaneciera a solas con su padre mientras se esclarecían los hechos y la derivó al Centro de Intervención en Abuso Sexual Infantil (CIASI) de la Comunidad de Madrid, un recurso especializado en valorar e intervenir ante sospechas de violencia sexual contra menores.
En diciembre, el CIASI apreció en la niña “sintomatología activa” compatible con un posible abuso sexual infantil y recomendó que los encuentros con el padre fueran supervisados mientras avanzaba el procedimiento judicial.
También empezaron a intervenir los juzgados. En diciembre de 2023, el de Familia decidió que, por el momento, Lorena no se quedara a solas con su padre. Suspendió las estancias y estableció visitas supervisadas en un Punto de Encuentro. No daba por probado que hubiera existido un abuso sexual —el padre siempre lo ha negado—, pero consideró prudente adoptar medidas mientras se investigaba.
Para entonces, la denuncia había llegado también a la vía penal. El procedimiento pasó de Madrid a Leganés y se acordó que Lorena fuera explorada por el equipo psicosocial. Cuando le preguntaron por su padre, volvió a aparecer la misma frase: contó que le decía que le “rascase la cola”. La valoración terminó, sin embargo, con un resultado “indeterminado”.
Sonia aportó informes de otros profesionales que cuestionaban que esa conclusión permitiera descartar un posible abuso. La incertidumbre seguía ahí. No había una resolución que acreditara lo que Sonia había denunciado, pero tampoco habían desaparecido las señales que habían llevado a pediatras, especialistas y al propio juzgado a pedir cautela.
En junio de 2024 llegó una decisión especialmente importante. La Audiencia Provincial de Madrid revocó la custodia compartida y concedió la guarda a Sonia. Mientras continuara la investigación penal, el padre podría ver a Lorena dos días por semana, tres horas cada vez y siempre bajo supervisión de los profesionales del Punto de Encuentro.
Lorena seguía sin querer entrar
Pero el problema que había aparecido al principio de esta historia no desapareció con aquella resolución. Lorena seguía rechazando los encuentros con su padre.
Las entradas en el Punto de Encuentro fueron haciéndose cada vez más difíciles. Sonia relata episodios de llanto, ansiedad y bloqueo. Con el tiempo, la niña llegó directamente a negarse a entrar. Para Sonia, aquel rechazo reforzaba la necesidad de averiguar qué le ocurría a su hija.
Cuando el rechazo empezó a volverse contra Sonia
Los informes comenzaron a cambiar de dirección. Lo que Sonia interpretaba como miedo y rechazo de su hija empezó a ser leído por algunos de los profesionales que intervenían en el caso como el resultado de la influencia materna. Aparecieron expresiones como “conflicto de lealtades”, “conducta poco facilitadora de la madre”, “riesgo de triangulación parental” o la posibilidad de que Sonia estuviera trasladando a Lorena su propia angustia y desconfianza hacia el padre.

En 2025, además, la investigación penal por los posibles abusos sexuales fue sobreseída provisionalmente por falta de pruebas suficientes. El archivo no significaba que la denuncia fuera falsa ni que se hubiera acreditado que los hechos no ocurrieron. La defensa de Sonia recurrió la decisión.
Para entonces, las dificultades en el Punto de Encuentro habían aumentado. Lorena lloraba, se bloqueaba y llegó un momento en que Sonia ya no conseguía que entrara. Lo que para ella era una señal de alarma comenzó a convertirse en una prueba en su contra: los informes señalaban que no llevaba a la niña suficientemente preparada para encontrarse con su padre.
En octubre de 2025 se realizó una nueva evaluación psicosocial. Sus conclusiones llegarían en enero y resultarían determinantes. El equipo consideró que existían indicadores de riesgo de “gravedad elevada” para Lorena procedentes de su madre y del entorno materno.
El lenguaje utilizado daba un paso más. Se hablaba de “maltrato emocional” y “violencia vicaria emocional” y se sostenía que la niña estaba siendo utilizada “como vehículo para daño al otro progenitor”.
La madre que había acudido a médicos, especialistas y finalmente a la Justicia porque temía que su hija pudiera estar sufriendo abusos sexuales era ahora considerada un peligro para ella.
La sombra del SAP
La defensa de Sonia sostiene que detrás de ese razonamiento aparece la lógica del llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP): interpretar el rechazo de un niño hacia uno de sus progenitores como consecuencia de la manipulación ejercida por el otro.
El término SAP no necesita aparecer expresamente para que su utilización resulte controvertida. La LOPIVI establece que los poderes públicos deben impedir que planteamientos sin aval científico que presuman “interferencia o manipulación adulta”, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración.
Y precisamente la manipulación aparece una y otra vez en la interpretación del caso de Lorena. Los documentos hablan de una “conducta poco facilitadora de la madre”, de un “riesgo de triangulación parental” y de una “actitud obstaculizadora del entorno materno a fin de evitar el contacto con el padre”. También reprochan a Sonia haber presentado de forma constante demandas o quejas consideradas infundadas.
La pregunta sobre por qué Lorena no quería estar con su padre quedaba así desplazada por otra: hasta qué punto era Sonia quien provocaba ese rechazo.
El 13 de febrero de 2026 llegó la consecuencia más extrema de ese cambio de mirada. El Juzgado de Familia retiró a Sonia la custodia de Lorena y se la concedió en exclusiva a su padre.
De las visitas supervisadas a la custodia exclusiva
El cambio difícilmente podía ser mayor. Dos años antes, el padre no podía permanecer a solas con Lorena mientras se investigaban los posibles abusos sexuales. Ahora era él quien iba a convivir con ella y Sonia quien quedaba apartada de su vida cotidiana.

La ejecución también fue abrupta. Lorena salió del colegio con presencia policial y fue entregada a su padre sin poder despedirse de su madre. Hasta entonces había vivido con Sonia, su principal figura de cuidado desde el nacimiento. El régimen establecido para la madre quedó reducido a encuentros supervisados.
Sonia recuerda todavía la primera vez que volvió a verla. Había pasado aproximadamente un mes. El encuentro duró menos de una hora. En el Punto de Encuentro, cuenta, le indicaron que no debía explicar a Lorena lo que estaba ocurriendo y que tenía que transmitirle que sus padres estaban haciendo lo mejor para ella.
Para entonces, el procedimiento penal por los posibles abusos había terminado archivado. Pero la historia no acabó ahí.
Infancia detecta posibles vulneraciones
Sonia llevó el caso al Ministerio de Juventud e Infancia. Y la respuesta institucional introduce ahora una nueva grieta en todo el procedimiento.
El 30 de abril de 2026, el Ministerio trasladó el caso a la Fiscalía General del Estado para que valorara si el procedimiento se había desarrollado conforme a la ley, si se habían respetado las garantías procesales y si procedía realizar alguna actuación.
Después de examinar la documentación, Infancia afirma haber detectado “posibles vulneraciones relevantes de derechos” de Lorena.
El Ministerio recuerda que la custodia fue entregada al padre pese a que existían antecedentes que incluían la denuncia por posibles abusos sexuales, informes médicos sobre lesiones y sintomatología de riesgo y documentación del CIASI. Y señala algo especialmente grave: no consta “una investigación exhaustiva de dichos indicios, ni una evaluación integral del riesgo para la niña” antes del cambio de custodia.
También pone el foco en cómo se produjo la separación. La retirada de Lorena de quien había sido su principal cuidadora, de sus abuelos, de su casa y de sus rutinas, unida a la intervención policial en el colegio y a la imposibilidad de despedirse de su madre, pudo provocar, según Infancia, un fuerte impacto emocional en la niña.
El Ministerio recuerda además que Lorena había manifestado miedo, ansiedad y rechazo hacia su padre y que no consta una exploración especializada completa de la menor antes de adoptar una decisión que cambiaría por completo su vida.
Indicios contra Sonia
Casi tres años después de que Lorena comenzara a decir que no quería ir con su padre, la pregunta que abrió esta historia continúa sin una respuesta sencilla. Sonia denunció cuando su hija empezó a hacer verbalizaciones que la alarmaron. Acudió a médicos, a ANAR, a especialistas y a los tribunales. Durante un tiempo, el sistema consideró que había motivos suficientes para que padre e hija no estuvieran a solas.
Después, ese mismo rechazo de Lorena terminó convertido en un indicio contra su madre.
Y hoy es Sonia quien solo puede estar con su hija bajo supervisión, mientras el hombre sobre el que recayeron aquellas primeras sospechas tiene su custodia exclusiva.
Sonia y Lorena son nombres ficticios utilizados para proteger su identidad.
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