El 15 de noviembre de 2023, el Tribunal Supremo emitió una sentencia en favor del derecho de los hombres a beneficiarse del complemento de maternidad de las pensiones. Esta decisión pasa factura a las arcas de la Seguridad Social, que cuesta 1.637 millones de euros, según los datos emitidos por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) en su segunda opinión sobre riesgos fiscales.

El complemento de maternidad entró en vigor con el inicio del año 2016 con el requisito de que las beneficiarias serían mujeres que hubieran tenido dos o más hijos. El objetivo de este complemento hace diez años era “reconocer, mediante una prestación social pública, la contribución demográfica al sistema de Seguridad Social de las mujeres trabajadoras que han compatibilizado su carrera laboral con la maternidad”.
Sentencias desfavorables
En una sentencia de diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) estableció que el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sobre el complemento por maternidad en las pensiones contributivas del sistema era contrario al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social.
No fue hasta febrero de 2021 cuando el Ejecutivo aprobó un Real Decreto-ley en el que modificaba el nombre del complemento por maternidad por el de complemento por brecha de género, en el que ampliaba el rango para percibir este complemento a hombres, y el número de hijos concebidos para acceder a la prestación se reducía a uno.
Si bien es cierto, para que los hombres pudieran tener derecho al reconocimiento del complemento debían acreditar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad; o demostrar que su carrera profesional se había visto interrumpida o afectada por el nacimiento del bebé o adopción de un hijo.
Por este motivo, la sentencia del Tribunal Supremo establece que los varones jubilados entre 2016 y 2021, que cuenten con los requisitos mencionados anteriormente, pueden solicitarlo sin límite temporal ya que es un derecho que no “ya que se trata de una discriminación por razón de sexo contraria al artículo 14 de la Constitución y al derecho de la Unión Europea”.
Coste mayor
Así, la AIReF recoge en su opinión que se registró en el déficit de los Fondos de la Seguridad Social un gasto de 1.108 millones en el año 2024 y de 529 millones en 2025 (que suman los 1.637 millones de euros). Además, señala que, a través del Consejo de Ministros del 16 de diciembre de 2025, se aprobó una transferencia de 880 millones por parte del Estado a los Fondos de la Seguridad Social para financiar el coste de la sentencia.
Además, la autoridad de responsabilidad fiscal indica que el coste de la sentencia solo tiene en cuenta la retribución retroactiva de dicho complemento que tendrá que hacer la Seguridad Social a los varones perjudicados. E incide en que la cantidad que fija el Supremo es mínima, ya que la AIReF ya alerta que la decisión del Supremo tiene un coste más alto, ya que concede a los hombres el derecho a percibir el complemento de maternidad en su pensión desde la emisión de la sentencia, lo que implica que las pensiones de los hombres que cumplan con los requisitos del complemento contarán con una revalorización adicional de la pensión media del sistema de unas dos décimas, coste que se trasladará a los años futuros.
A pesar de que la última redacción de febrero de 2021 ya contemplaba que los hombres pudieran acceder al complemento por brecha de género, el 15 de mayo de 2025, el TJUE emitió otra sentencia que obligó a España a reconocer este complemento a los hombres en las mismas condiciones que lo hacía para a las mujeres.
Casi 20.000 millones el gasto en sentencias
La segunda opinión de la AIReF también recoge el coste para las arcas públicas que tienen las sentencias desfavorables para el Ejecutivo. El organismo presidido por Inés Olóndriz cifra en 19.407 millones la factura de las sentencias desfavorables durante el periodo 2014 y 2025, lo que equivale a un gasto medio anual de 1.617 millones.
La @AIReF_es publica su segunda Opinión sobre riesgos fiscales. Actualiza el análisis de riesgos macroeconómicos, medioambientales y legales hecho en 2025 e incorpora dos nuevos ámbitos:
🔹Garantías públicas
🔹Empresas públicas
También analiza el Fondo de Contingencia como… pic.twitter.com/cM1yDGZ2uL— AIReF (@AIReF_es) June 17, 2026
La AIReF ha cuantificado que, en estos años recientes, las sentencias judiciales contra el Estado tuvieron un impacto conjunto sobre el déficit público superior a 14.400 millones de euros. En concreto, el efecto ascendió a más de 11.200 millones en 2024, el 0,7% del PIB, y a 3.100 millones en 2025.
Desde la autoridad independiente destacan también el volumen que supuso en 2024 la sentencia por el IRPF de pensionistas de mutualidades laborales (casi 6.000 millones de euros) o por la inconstitucionalidad de la reforma del impuesto sobre Sociedades (más de 3.000 millones).
Propuestas de la AIReF
En este sentido, la AIReF propone al Ministerio de Hacienda, o la administración competente, varias medidas para reducir las acciones legales contra el Estado y limitar su impacto fiscal. En primer lugar, plantea reforzar la evaluación previa del impacto financiero y jurídico de las normas, consultar a organismos europeos y revisar la legislación para evitar conflictos y sentencias desfavorables.
En segundo lugar, recomienda a Hacienda crear mecanismos ágiles que aceleren la resolución de litigios y evaluar la probabilidad de éxito de las reclamaciones para corregir las normas en el menor tiempo posible.
Además, también propone una base de datos centralizada y pública sobre sentencias relevantes, con seguimiento de procesos judiciales y estimación de riesgos e impacto en el déficit, con el objetivo de mejorar la transparencia.

