El Gobierno ha dado respaldo presupuestario a un cambio relevante en el sistema de pensiones de los últimos años. Una modificación que tiene su origen en la brecha de género, pero que cuyos protagonistas no son las mujeres, sino los hombres. El Consejo de Ministros ha autorizado una transferencia de crédito de 880 millones de euros del Ministerio de Hacienda a la Seguridad Social para afrontar el pago del complemento para la reducción de la brecha de género a los hombres con hijos, tras el varapalo judicial sufrido en Bruselas por la regulación vigente.
La decisión llega para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 15 de mayo de 2025, que obligó a España a reconocer este complemento a los varones en las mismas condiciones que a las mujeres, al considerar discriminatorios los requisitos adicionales que se les exigían desde 2021.
El complemento de brecha de género, regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social, fue reformulado en febrero de 2021 con el objetivo de compensar el impacto que la maternidad tiene en las carreras laborales de las mujeres y, por extensión, en sus pensiones. Sin embargo, la nueva fórmula chocó con la justicia europea. El TJUE concluyó que exigir a los hombres pruebas específicas de perjuicio profesional -como interrupciones de carrera o caídas relevantes de cotización- vulneraba el principio de igualdad.
Tribunal Supremo

En paralelo, pocas semanas después, el Tribunal Supremo cerró el círculo. En una sentencia dictada el 9 de julio, el Pleno de la Sala de lo Social asumió la doctrina europea y fijó criterio: el complemento “debe ser satisfecho a los varones en las mismas condiciones que a las mujeres”. Con esta resolución, el alto tribunal despeja cualquier duda interpretativa y abre definitivamente la puerta a miles de reclamaciones.
El Supremo resolvió el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que reconoció el complemento a un hombre con tres hijos, al que se le había denegado en 2021 por no cumplir los requisitos específicos exigidos a los varones. Ni había interrumpido su carrera profesional tras el nacimiento de sus hijos ni había sufrido una caída suficiente en sus bases de cotización. Para el alto tribunal, esas condiciones no pueden mantenerse.
No es la primera vez que este complemento acaba en Luxemburgo. Ya en 2019, el TJUE tumbó la anterior versión del artículo 60, que concedía un complemento de pensión a las mujeres “por aportación demográfica” y excluía a los hombres. Desde entonces, los tribunales españoles han venido reconociendo ese derecho en igualdad de condiciones, lo que ha convertido este ámbito en un foco recurrente de litigiosidad.
Seguridad Social

Tras el nuevo pronunciamiento europeo, la Seguridad Social ha tenido que ajustar su operativa. El criterio de gestión aprobado el 2 de julio de 2025 establece cómo debe aplicarse el complemento a los hombres. Y así, aclara un punto clave: el complemento sigue siendo único por pensión y se reconoce al progenitor que perciba la pensión de menor cuantía, con independencia de su sexo. Si ambos progenitores tienen derecho y las pensiones son iguales, lo percibe quien solicitó antes la pensión.
Más allá del encaje administrativo, el alcance de la medida se refleja en su coste económico. El criterio distingue entre los hombres que ya eran pensionistas antes del 15 de mayo de 2025 y los que accedan a la pensión después de esa fecha. En el primer caso, el complemento se reconoce con efectos retroactivos desde el inicio de la pensión. Es decir, implica el pago de atrasos acumulados durante años. En el segundo, la retroactividad es mucho más limitada.
Esta diferencia explica el importe de la transferencia aprobada. Los 880 millones responden, sobre todo, a las reclamaciones de hombres que ya eran pensionistas desde 2021. Estos tienen ahora derecho a percibir el complemento con efectos retroactivos. Con esta dotación, el Gobierno pretende cubrir el coste derivado de las sentencias y abonar las solicitudes pendientes.


