El juez de Zaragoza investiga por fin si el cambio de sexo de un maltratador es fraude de ley

La Audiencia Provincial ya le había ordenado investigar el posible fraude, pero el juez volvió a enviar la causa a un juzgado ordinario

El juez de Zaragoza investiga por fin si el cambio de sexo de un maltratador es fraude de ley
El juez de Zaragoza investiga por fin si el cambio de sexo de un maltratador es fraude de ley
KiloyCuarto

Cinco meses después de que Sara (nombre ficticio) denunciara nuevas amenazas de su expareja, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza ha abierto una pieza separada para investigar si la rectificación registral de sexo pudo hacerse en fraude de ley. La Audiencia Provincial le ordenó comprobarlo y el juez ha citado a Sara y al agresor para declarar.

Desde que Sara denunció las amenazas en mayo, han pasado cinco meses sin que se haya decidido qué juzgado debe investigarlas. La Audiencia ha tenido que intervenir dos veces para que esa cuestión se examine antes de decidir quién se quedaba con la causa.

El agresor solicitó la rectificación de su sexo registral el 9 de agosto de 2023, cinco meses después de la última sentencia condenatoria. Entonces acumulaba cuatro condenas por violencia de género contra Sara y tenía otras dos recurridas. El cambio quedó inscrito el 7 de mayo de 2024. Las dos sentencias pendientes fueron firmes después, una en octubre de 2024 y la otra en noviembre de 2025. Desde la inscripción, figura legalmente como mujer.

De la denuncia al juzgado ordinario

En mayo, Sara acudió a la Policía para denunciar nuevas amenazas. Tras escucharla, los agentes concluyeron que estaba en riesgo extremo de especial relevancia. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Zaragoza rechazó concederle una orden de alejamiento y envió la causa a un juzgado ordinario porque el agresor figuraba legalmente como mujer.

El juez entendió que el temor de Sara se basaba en “lo que piensa que pueda sufrir”, pero no en “hechos concretos sufridos”. También restó relevancia a las amenazas porque le habían llegado a través de terceras personas.

Al día siguiente de la denuncia, el agresor explicó a la Guardia Civil que había rectificado su sexo registral “con el único fin de blindarse contra este tipo de denuncias, porque se siente en desigualdad de derechos con las mujeres”. Esa declaración ya constaba en el expediente cuando el juzgado especializado envió la causa a Instrucción. El juez no investigó la finalidad del cambio y remitió el procedimiento al Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza.

El juzgado ordinario sí apreció riesgo. El 11 de junio acordó una orden de alejamiento de 200 metros y prohibió al agresor comunicarse con Sara. Ella recurrió la negativa inicial a protegerla y, el 24 de junio, la Audiencia Provincial amplió la orden: prohibió al agresor acercarse a menos de 500 metros de Sara o comunicarse con ella. Esa decisión aumentó su protección, pero aún quedaba por resolver qué juzgado debía investigar las amenazas.

Un juzgado de instrucción de Zaragoza corrige al juez de violencia sobre la mujer
Un juzgado de instrucción corrigió al juez y decidió proteger a Sara

La causa vuelve al juzgado especializado

La Audiencia volvió a intervenir el 7 de julio, esta vez para resolver sobre la competencia. Anuló el envío de la causa a Instrucción y la devolvió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Apreció una “sospecha fundada” de fraude de ley y pidió al juez que remitiera la documentación al Registro Civil para que valorara si el agresor había utilizado el cambio registral para eludir la legislación de violencia de género.

La Audiencia no declaró probado el fraude. Ordenó que se comprobara antes de decidir qué juzgado debía llevar la causa.

El Registro Civil no podía valorar el motivo

El 22 de julio, el Tribunal Supremo estableció que un cambio registral anterior a unos nuevos hechos no impide aplicar la legislación de violencia de género si se acredita que se hizo para defraudar la ley. El cambio, por sí solo, no demuestra esa intención: deben determinarla los tribunales a partir de las circunstancias y las pruebas.

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Extracto del auto de la Audiencia Provincial de Zaragoza
KiloyCuarto

El Registro Civil respondió que no tenía mecanismos legales para valorar con qué finalidad se había solicitado la rectificación. El juez interpretó esa respuesta como si el Registro hubiera descartado el fraude y, en un auto del 6 de agosto, volvió a enviar la causa a un juzgado ordinario. Sara recurrió.

La Audiencia estimó el recurso y aclaró que el Registro Civil no había descartado que hubiera fraude: había dicho que no podía investigarlo. Ordenó al juez abrir el procedimiento correspondiente y escuchar a las partes antes de decidir qué juzgado debía llevar la causa.

La providencia del 13 de octubre cumple esa orden: abre la pieza separada y cita a Sara, como denunciante y perjudicada, y al agresor para declarar.

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