Las elecciones generales del próximo 29 de noviembre de 2026 permitirán participar a millones de españoles que viven fuera del país. Según los datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), 2.769.645 ciudadanos residentes en el extranjero tienen derecho a votar en estos comicios. Sin embargo, el procedimiento cambia dependiendo de si el elector vive permanentemente fuera de España o se encuentra en otro país de manera temporal.
Para votar por correo desde el extranjero es imprescindible conocer las diferencias entre el voto CERA y el ERTA, dos modalidades con requisitos y calendarios distintos. Mientras que los residentes permanentes reciben automáticamente la documentación electoral, quienes están fuera temporalmente debían solicitarla antes del 31 de octubre. Además, existen diferentes fechas límite para enviar las papeletas y una alternativa presencial en los consulados españoles.
Cómo votar desde el extranjero si resides permanentemente fuera de España
Los españoles que viven habitualmente fuera del territorio nacional y están inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) pueden participar en las elecciones generales sin necesidad de solicitar previamente el voto.
Esta posibilidad se introdujo tras la reforma de la legislación electoral de 2022, que eliminó el denominado voto rogado. Desde entonces, la Oficina del Censo Electoral envía automáticamente la documentación a los ciudadanos inscritos.
Según explica el INE en su guía oficial para las elecciones del 29 de noviembre, el primer envío se realizó entre el 24 y el 30 de octubre. Incluye los certificados de inscripción censal, los sobres electorales y las instrucciones para completar el procedimiento.
El segundo envío, que contiene las papeletas de las candidaturas proclamadas, está programado entre el 4 y el 8 de noviembre. No obstante, podría retrasarse hasta el día 14 si se producen impugnaciones de candidaturas.
Los electores también tienen la posibilidad de descargar las papeletas desde la página web del INE, una alternativa especialmente útil cuando la documentación postal tarda en llegar.
Cómo enviar el voto CERA por correo y cuál es la fecha límite

Una vez recibida la documentación, el elector debe introducir las papeletas elegidas en los sobres correspondientes al Congreso de los Diputados y al Senado.
Posteriormente, tendrá que preparar el sobre dirigido a la Junta Electoral Provincial, incorporando los sobres de votación y los documentos censales y de identificación exigidos. Finalmente, deberá introducirlo en el sobre destinado a la oficina consular, siguiendo las instrucciones oficiales recibidas.
El último día para enviar el voto CERA por correo es el martes 24 de noviembre de 2026. El envío debe dirigirse a la oficina consular correspondiente mediante el servicio postal del país donde resida el elector, preferentemente por correo certificado.
Existe una advertencia importante: los residentes permanentes en el extranjero no deben enviar directamente su voto a España. El INE señala que los votos que no se reciban a través de los consulados correspondientes serán considerados nulos.
Por tanto, quienes deseen votar por correo desde el extranjero deben respetar las instrucciones específicas del procedimiento CERA para garantizar la validez de su participación.
¿Se puede votar presencialmente en un consulado español?
Los electores CERA disponen de una segunda posibilidad: depositar su voto presencialmente en las urnas habilitadas en embajadas, consulados y otros centros autorizados.
El Ministerio de Asuntos Exteriores establece que la votación presencial podrá realizarse entre el 21 y el 26 de noviembre de 2026, ambos días incluidos.
Para participar será necesario acudir al centro correspondiente, acreditar la identidad y presentar la documentación requerida. Las oficinas consulares deberán disponer de papeletas oficiales, sobres y medios informáticos que permitan descargar los documentos necesarios.
Los lugares de votación no siempre coinciden con las oficinas consulares habituales. Por ejemplo, el BOE del 10 de octubre establece que en Santiago de Chile se utilizará el Centro Cultural de España, mientras que en Ciudad de México se habilitará el Hospital Español.
Los horarios concretos deberán consultarse en cada representación diplomática.
Cómo votar por correo si estás temporalmente en el extranjero: procedimiento ERTA

La situación es diferente para los ciudadanos que residen habitualmente en España, pero se encuentran temporalmente en otro país. Es el caso de estudiantes, trabajadores desplazados o personas que permanecen fuera durante una temporada.
Estos electores deben utilizar el procedimiento ERTA, correspondiente a los españoles residentes en España temporalmente en el extranjero.
Para participar era necesario inscribirse como no residente en el Registro de Matrícula Consular y solicitar personalmente la documentación electoral en la oficina consular correspondiente.
El plazo para presentar esa solicitud terminó el 31 de octubre de 2026. Por tanto, quienes no completaron el trámite dentro del periodo establecido ya no pueden iniciar el procedimiento ordinario para estas elecciones.
En cambio, quienes realizaron la solicitud correctamente recibirán la documentación en la dirección extranjera que indicaron. El INE establece su envío entre el 3 y el 9 de noviembre, ampliable hasta el día 17 en caso de impugnaciones electorales.
Una vez recibidas las papeletas, deberán preparar los sobres siguiendo las instrucciones y enviarlos mediante correo certificado directamente a la mesa electoral correspondiente en España.
La fecha límite para enviar el voto ERTA es el miércoles 25 de noviembre.
Qué ocurre si resides en el extranjero, pero estás temporalmente en España
Existe una tercera situación: los ciudadanos inscritos en el CERA que se encuentren temporalmente en España durante el proceso electoral.
En estos casos, podrán solicitar el voto por correo a través de Correos, presencialmente o mediante certificado electrónico, hasta el 19 de noviembre de 2026.
La documentación electoral se remitirá a la dirección española indicada y deberá enviarse por correo certificado no más tarde del 25 de noviembre. Una vez aceptada la solicitud, estos electores no podrán votar presencialmente en su mesa electoral.

