El Defensor del Pueblo sopesa recurrir de nuevo la Ley de Nietos al TC cuando acaben las alegaciones en el Supremo

Contempla interponer este segundo recurso una vez que ha finalizado este jueves el plazo de alegaciones que ha dado el TS y cuando éste dicte el auto preceptivo, lo que puede suceder este viernes

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en el Congreso.
El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, en el Congreso.

El Defensor del Pueblo estudia volver a plantear un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) sobre la ‘Ley de Nietos’, según ha podido saber Artículo14. Después de presentar en la noche del pasado viernes 16 de octubre un recurso que ha sido rechazado este miércoles por el Pleno del TC, contempla interponer este segundo recurso una vez que ha finalizado el plazo de alegaciones que ha dado el Tribunal Supremo (TS) a las partes este jueves y cuando el TS dicte el auto preceptivo, lo que puede suceder este mismo viernes.

El órgano que preside Ángel Gabilondo está legitimado para esta acción y cuando se cierre el citado plazo tiene vía libre para volverlo a intentar. ¿Qué sentido tendría? ¿No volverá a decir lo mismo el TC? Es posible que en esta ocasión el Constitucional sí admita el recurso. En primer lugar, porque así cabe interpretarlo del propio auto de inadmisión, que no es público aún, aunque ha trascendido que se basa en que es “prematuro (art. 44 LOTC) en cuanto continúa abierta la vía judicial previa en la referida Sala Tercera del Tribunal Supremo”. La vía judicial previa es la clave, y puede interpretarse que finaliza con las alegaciones este semana.

Admitir el recurso en ese momento infringía su propia ley, pero una vez cerrado ese plazo, puede entenderse que se ha superado ese obstáculo y los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo Moreno que han anunciado la formulación de voto particular podrían verse acompañados de otros magistrados progresistas que atiendan a la “preocupación” que muestra el Defensor del Pueblo “por los ciudadanos españoles que no puedan ejercer su derecho al voto”.

Fuentes oficiales del Defensor del Pueblo preguntadas por estos planes responden que no van a hacer comentarios.

Este mismo viernes puede pronunciarse el TS y ya tendría vía libre el organismo de Gabilondo, precisamente el día en que estará cerrado el censo, y será de momento el del 1 de agosto, como prevé la Ley Electoral, por no haber proporcionado Exteriores el listado expurgado, y va a ser al que la Oficina del Censo va a remitir a los votos desde el 24 y hasta el 30 de octubre.

El pasado 14 de octubre, cuando el Gobierno había apuntado al TC tras reafirmase el Supremo en sus medidas cautelares el 12, desde el entorno de Cándido Conde-Pumpido se trasladó que rechazaba ir al choque con el Tribunal Supremo y que descartaba pronunciarse antes de las elecciones. Sin embargo, si se le presentarse un nuevo recurso salvado ya el trámite de alegaciones en el Supremo, el escenario podría cambiar.

Otras interpretaciones

Caben otras interpretaciones procesales. Fuentes jurídicas advierten de que las medidas cautelares siempre son provisionales y, cada día puede haber alguien que pida al TS algún cambio. Sería absurdo tener que estar pendiente de que el Supremo responda a todo el mundo. De entrada, a los propios afectados que han alegado al TS, según se ha conocido este jueves, que podrían plantear más alegaciones.

Otras fuentes consideran que un segundo recurso sería una trampa y jugar con fuego para dar credibilidad a la limpieza del proceso.

Además, alertan de que el proceso electoral avanza en sus fases: candidaturas, papeletas, etc. Y afectaría al proceso mismo porque no daría tiempo a algunos trámites a los propios electores.

El proceso previsto con las cautelares

En el caso de que se planteara un segundo recurso, sus efectos podrían aclarar el complejo proceso electoral previsto hasta ahora con las cautelares del Supremo, con una catatara de impugnaciones, o enmarañarlo todavía más y originar más litigiosidad.

De momento este sábado empieza el envío del censo y la JEC ha añadido la salvaguarda de que se acompañará de un aviso que dice que habrá personas afectadas por la suspensión del voto dictada por el Supremo, aunque aún no se determine quiénes. La Abogacía del Estado fijó que son 163.020 personas aquellas cuyo derecho a voto está suspendido, tras sostener que era imposible de determinar, sobre un incremento del censo entre julio de 2023 y julio de 2026 de 408.262 personas.

Esto se puede aclarar si los consulados son capaces de depurar el censo, lo que en muchos casos parece que no va a poder ser posible, y en cuanto el elector pueda aportar un documento que acredite que se nacionalizó por alguno de los motivos que permitía originalmente la Ley de Memoria Democrática, ser hijos o nietos de exiliados “por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual”, pero no por la Instrucción posterior del Ministerio de Justicia que abrió la mano.

Pero en todo caso, todos podrían votar o al menos remitir sus papeletas por correo al consulado o presentarse allí para votar en la urna. Y en principio sólo se podrá identificar al votante en el consulado, ha explicado Alberto Virella, presidente de la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE), a Artículo14. Ya que el procedimiento habitual es que el voto viaje a España inidentificado.

¿Podrán identificarse los votos en España?

Los únicos que van a identificar al votante van a ser los funcionarios de la mesa del Consulado, donde se levantan actas de si hay votos nulos y de incidencias. Sólo se podrá identificar al elector a posteriori si el Consulado toma notas o realiza envíos separados. Si no se separa o identifica allí, una impugnación podría llevar a anularlos todos.

Algunas fuentes consultadas trasladan que sí podrían identificarse en España a través de la certificación censal, que se podría cruzar con los electores que tienen su voto suspendido.

En el caso de que no haya un listado claro, el Supremo debería decidir entre anular todo el voto exterior o levantar las medidas cautelares y permitir un escrutinio total. Ambas opciones generarían la impugnación por parte del PSOE u otros partidos contrarios a la suspensión del derecho al sufragio, o por parte de Vox e Iustitia Europa, que fueron quienes recurrieron ante TS, o del PP, que ha enviado un burofax a Exteriores advirtiendo de que llevará al ministro José Manuel Albares y a la directora general de Asuntos Consulares a los tribunales si no cumplen con los requisitos exigidos. Una cascada de litigios que también seguiría a un pronunciamiento del TC.

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