La Audiencia Nacional refuerza las medidas de protección de la subinspectora víctima de acoso en la India

Los hechos ocurridos en la India quedan recogidos y respaldados por numerosas pruebas presentadas, desde grabaciones de vídeo, audio, incluso mensajes

Emilio de la Calle Sánchez, excomisario de la Policía Nacional
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Emilio de la Calle Sánchez, excomisario de la Policía Nacional, y su compañera, la subinspectora, estaban destinados en la Embajada de España en la India, eran los únicos agentes del cuerpo allí.

Acoso laboral, amenazas y agresión sexual

Nada parecía salirse de lo normal en el trabajo desempeñado, hasta que la agente decide interponer una denuncia por continuas agresiones tanto dentro del entorno laboral como en su vida privada. La subinspectora le acusa por acoso laboral, amenazas y agresión sexual; asegura que el mando le llegó a propinar collejas, le “cogió del brazo violentamente y arrastró en público” y llegó al extremo de decirle: “Date una ducha, saca el Satysfier”.

Las amenazas y el hostigamiento no cesaron: “¿Qué hago? ¿Te pego? ¿Te doy una hostia? Sí, a ver si con un ojo morado…”, le dijo Emilio, a lo que ella contestó: “Ya me ha dado antes una colleja” y él le sostuvo que “ha sido cariñosa”. “Te he dado una colleja y te la volveré a dar“, agregó el mando policial.

Durante la primera sesión del juicio en abril, ambos fueron citados a declarar. Sin embargo, la defensa del excomisario solicitó la suspensión de su declaración alegando una “precaria situación psicológica”.

Protección reforzada a la víctima

El juez en aquel momento impuso la prohibición de comunicarse por cualquier modo con la subinspectora, además de retirarle el pasaporte; ahora las medidas parecen tomar más fuerza. La Audiencia Nacional añade las siguientes medidas cautelares contra Emilio de la Calle Sánchez, el tribunal ha decidido ampliar la protección a la víctima añadiendo a esas medidas, una orden de alejamiento de 500 metros de la residencia y del lugar de trabajo de la agente. Sin embargo, ha revocado la prohibición de salida del territorio nacional, permitiendo al comisario viajar fuera de España.

Unas medidas cautelares, que recordamos, en un primer momento, fueron rechazadas por este mismo juez, ahora, se reconocen ante el reconocimiento de la gravedad de los hechos.

No busca venganza

Además, han llegado a un acuerdo indicando que la agredida no busca ningún tipo de venganza contra el acusado, y entienden que con las pruebas obtenidas existen “todos los elementos necesarios” para establecer nuevas medidas que salvaguarden la integridad y seguridad de la subinspectora.

El comisario se acogió a su derecho a no declarar
KiloyCuarto

En el último auto, al que Artículo 14 ha tenido acceso, la Audiencia ha desestimado el recurso interpuesto por la defensa de Emilio de la Calle, el agresor, y ha estimado la apelación presentada por la víctima, que solicitaba el endurecimiento de las medidas cautelares.

Los hechos denunciados incluirían desde acoso laboral, acoso sexual y agresión sexual dentro del ámbito profesional; y esto, además, señala, habría provocado perjuicios psíquicos a la víctima.

Numerosas conductas delictivas

La defensa de la inspectora detalla que el comisario “ejerció consciente y deliberadamente un control sistemático sobre la vida privada”. Lo hacía frecuentando la calle dónde la víctima residía, controlando sus rutinas o incluso aislándola socialmente al ‘prohibirla’ verse con ciertas personas que él consideraba ‘peligrosas’. Dentro del entorno laboral, el acoso continuaba, le decía: “Tienes un tipazo, eh”, “tienes unas piernas muy bonitas tú, eh“, o “deja de mirarte ya tanto, eh, que no sales con tus amigas a ligar. ¿Entendido?”.

Utilizó también a terceras personas, como la empleada de limpieza que ambos compartían para sus viviendas, a la que le preguntaba por aspectos personales e íntimos de la víctima.

Además, el tribunal ha señalado que “los hechos que se ponen en conocimiento del juzgador revelan un supuesto y presunto comportamiento ilícito que podría dar lugar a delitos de amenazas o coacciones, acoso laboral o sexual, y en ocasiones, actuaciones integradoras de delitos de lesiones o de agresión sexual.”

El investigado se encuentra actualmente suspendido de funciones como consecuencia de la denuncia interna presentada previamente en la Dirección General de la Policía. Y cabe recordar que se acogió a su derecho a no declarar el pasado 21 de abril ante el magistrado, que posteriormente le prohibió comunicarse por ningún medio con la mujer.

Este caso continúa bajo investigación mientras muchos se preguntan: ¿Será este un paso definitivo para acabar con el silencio ante el acoso institucional?