Una sentencia del Juzgado de lo Social de Tenerife marca un hito en la lucha de los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) por acceder a la jubilación anticipada. Este es un colectivo formado por más de 30.000 personas en España, que un 80% son mujeres. En una sentencia pionera, este juzgado establece el derecho de una azafata a jubilarse anticipadamente mediante la aplicación de un coeficiente reductor del 30%. Esto significa que, por cada diez años trabajados, las azafatas podrán adelantar su jubilación tres años.
La sentencia, promovida por el sindicato USO-Cantabria, supone un avance para este colectivo, ya que, como destaca el sindicato, es un primer paso para que se les apliquen coeficientes reductores para la jubilación.
Antecedente
Esta resolución judicial se produce tras la negativa inicial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a conceder este derecho a una trabajadora que, en junio de 2023, solicitó el reconocimiento del coeficiente reductor amparándose en el Real Decreto 1559/1986. Este reglamento ya prevé la jubilación anticipada para pilotos, mecánicos de aeronaves y otros profesionales de vuelo, pero hasta ahora excluía a los tripulantes de cabina.
En el fallo, el juez considera que la exclusión de este colectivo constituye una “discriminación indirecta por razón de género”. Según la sentencia, “no reconocer este derecho supone perpetuar una desigualdad, ya que la profesión de azafata, aunque actualmente se denomine tripulante de cabina de pasajeros, ha sido históricamente desempeñada mayoritariamente por mujeres”. Además, el texto judicial invoca el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley 15/2022 de Igualdad de Trato, reforzando su argumentación con referencias a directivas europeas y jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Reivindicación
El sindicato USO, que impulsó la demanda, recalcó que esta sentencia podría ser el primer paso hacia la inclusión de los tripulantes de cabina en el catálogo de profesiones penosas y peligrosas. Este reconocimiento, vigente para otros colectivos de aviación, es una reivindicación histórica de las azafatas. En este sentido, USO señaló que “los tripulantes de cabina están expuestos a los mismos riesgos que pilotos y mecánicos: largas jornadas, presión física y psicológica, y la exposición continua a radiación y altitudes extremas”.
Desde 2019, USO está luchando por la jubilación anticipada de este colectivo. El sindicato mantiene abierto un recurso contencioso-administrativo para que los tripulantes de cabina sean formalmente incluidos en el mencionado catálogo del Real Decreto de 1986.
Al detalle
El juez dictamina que la trabajadora, residente en Tenerife, tiene derecho a la pensión de jubilación anticipada aplicando un coeficiente reductor del 0,30. Este cálculo, según el fallo, se aplica a los años completos efectivamente trabajados como tripulante de cabina. En este caso, permite adelantar su jubilación seis años respecto a la edad legal actual. No obstante, este coeficiente del 0,30 es inferior al que el Real Decreto de 1986 de reducción de la edad de jubilación para el personal de vuelo prevé para los pilotos y segundos que se fija en el 0,40.
En este fallo, el argumento central del INSS, que basaba su negativa en que los tripulantes de cabina no están incluidos explícitamente en el Real Decreto 1559/1986, quedó desestimado. El juez consideró que este razonamiento resultaba “discriminatorio” y “carente de justificación objetiva”, dado que los riesgos laborales son equiparables a los de otros profesionales de vuelo que sí disfrutan de esta ventaja. En su fundamentación, la sentencia destaca que no puede obviarse el contexto de género. Según el juez, “es un hecho notorio y exento de prueba que esta profesión ha sido tradicionalmente desempeñada por mujeres”, lo que hace imprescindible aplicar el principio de igualdad en la interpretación de las normativas laborales y de seguridad social.
En la UE
La lucha por el reconocimiento de los coeficientes reductores para los TCP se inscribe en un contexto más amplio de desigualdad estructural en el sector aéreo. La Comisión Europea ha abierto investigaciones sobre posibles violaciones de igualdad de género en esta industria, que sigue marcada por brechas salariales y una representación desigual en puestos de responsabilidad.
Además, el impacto físico y psicológico del trabajo de los TCP ha sido objeto de diversos estudios. Jornadas prolongadas, cambios de huso horario, y la presión para mantener un estándar de atención al cliente constante son solo algunos de los factores que afectan a su salud a largo plazo. Sin embargo, estos aspectos han sido históricamente ignorados en la regulación laboral.
Profesiones penosas
La sentencia se conoce en un momento en el que está sobre la mesa la discusión de las jubilaciones anticipadas para profesiones penosas. Según anunció a finales de 2024, la titular de Seguridad Social, Elma Saiz, el próximo mes de febrero entrará en vigor el Real Decreto por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento para establecer los coeficientes reductores que permitan anticipar la edad de jubilación en el sistema de la seguridad social.
Ello no significa su aplicación inmediata, sino que cuando este Real Decreto entre en vigor, comenzarán los trabajos para determinar los coeficientes reductores, un procedimiento regulado en la norma que llevará varios meses de trabajo. Entretanto, este fallo abre la puerta no solo a futuras demandas individuales, sino también a una reforma más amplia del marco legislativo que regula las condiciones laborales de los TCP.