Correos ha mandado una Instrucción a sus 2.388 oficinas instando a “dar prioridad a la solicitud de voto (SV) telemática”, precisamente la que es susceptible de fraude. Esta orden, a la que ha tenido acceso Artículo14, es insólita, e implica, entre otras cosas, incidir en la voluntad del elector que debe ser el que decida la modalidad de solicitud a emplear. A esto se añade que de manera verbal se está instando a las oficinas a alcanzar el 100% de admisión de solicitud de voto por esta vía, según ha podido saber este periódico.
La instrucción se remitió el lunes 5 de octubre, después del anuncio de Pedro Sánchez y un día antes de que en el BOE saliese la orden de convocatoria de las elecciones generales para el próximo 29 de noviembre.
Los responsables de Correos, a partir de la Gerencia de Negocio Minorista y Servicios que dirige José Miguel López de Manuel, instan a las oficinas postales, en las que se realizan las solicitudes para la inscripción en el censo de voto por correo, a priorizar esta operación mediante la llamada “admisión telemática de las Solicitudes de Voto”. Las razones aducidas son que este sistema evita la gestión de las solicitudes de voto físicas, pero la Instrucción supone una interferencia en las preferencias de presentación de la solicitud de voto por correo que pretende influir en la decisión del elector.
“Es muy aconsejable que desde el primer día todo el personal de ventanilla priorice la admisión telemática de las Solicitudes de Voto”, dice el texto y esta última parte aparece subrayada y en negrita. “Con esta iniciativa tendremos menos SV físicas viajando y con la necesidad de controlarlas, especialmente los días cercanos a la finalización del plazo para la admisión de las SV”, añade.
El voto físico
Para entender esta Instrucción es necesario aclarar en que consisten los métodos “físico” y “telemático” de admisión de las solicitudes de voto, elemento clave del proceso de voto por correo.
En el proceso “físico” de la solicitud de voto, la solicitud se puede realizar en las oficinas de Correos con dos formularios diferentes: mediante la solicitud preimpresa y autocopiativa, facilitada en las oficinas de Correos, y mediante las solicitud generada en la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística, web del INE, donde deberá acceder al formulario, cumplimentarlo con sus datos e imprimirlo por duplicado para presentarlo posteriormente en la oficina de Correos.
En ambos casos, el elector se presentará en la oficina de Correos con la documentación que lo identifique que será verificada por los empleados de la oficina de Correos. La solicitud se introduce en un sobre con un código que identificará esa solicitud a lo largo de todo el proceso.
El proceso telemático
En el proceso “telemático”, la solicitud de voto se puede realizar en oficinas de Correos de dos maneras diferentes: mediante la introducción de DNI electrónico (3.0 o superior) en el pin pad de la ventanilla de admisión, en la que los datos del elector se extraen automáticamente del DNI, y mediante la grabación de los datos del elector por parte del empleado de la ventanilla.
En ambos casos la información se transmite telemáticamente a las oficinas del censo sin que haya transporte físico de la documentación.
En todos los casos es preceptiva la verificación por parte del empleado de Correos de la identidad del elector, cuestión que se realiza con absoluta profesionalidad, según la información que ha recabado Artículo14, así como la firma del solicitante, aunque ésta puede ser sustituida por la indicación “No sabe/No puede firmar” comprobada y constatada por el personal de admisión de las oficinas postales.
Cada solicitud lleva un código que empieza por SV seguido de 13 dígitos. Posteriormente, la documentación electoral se remite al elector con un código (DE) y el voto emitido se identifica por VE pero, a lo largo de todo el proceso, la numeración de 13 dígitos es la misma para garantizar la trazabilidad entre la admisión de la solicitud y la entrega del voto emitido.
Cuando el fraude es muy difícil o casi imposible
¿Es posible realizar fraude en este proceso? Hay que distinguir en este sentido dos situaciones diferentes: es prácticamente imposible realizar un cambio de papeletas ya emitidas por un elector, según trasladan fuentes próximas a Correos, como han sugerido algunos dirigentes políticos. Y es muy difícil introducir votos de personas que no lo hayan solicitado -como parece deducirse de la causa penal por compra de votos en Albaida de Aljaraje en 2019 que sigue un Juzgado en Sanlúcar La Mayor (Sevilla) tras una denuncia de IU contra el PSOE-, salvo que exista connivencia con empleados de Correos, en los métodos de solicitud “física” y en el de solicitud telemática con DNI electrónico, pero estas serían anecdóticas y no masivas, dada la profesionalidad de los empleados de Correos reseñada.
En el caso de Albaida de Aljaraje, en el que está imputado el alcalde socialista, José Antonio Gelo, algunos vecinos han declarado durante la investigación que nunca ejercieron su derecho al voto, aunque sus firmas aparecen junto a las papeletas en cuestión. Otro testimonio sostiene que le ofrecieron un puesto de trabajo en el Ayuntamiento a cambio de firmar el voto a favor del PSOE.
Donde el sistema sí es vulnerable
Sin embargo, con la solicitud telemática sin DNI electrónico, dado que no se utiliza un impreso cumplimentado por el ciudadano, no se accede a la web del INE para cumplimentar la solicitud, ni se utiliza directamente el DNI electrónico para la grabación de los datos, sino que estos son introducidos por terceras personas distintas del elector, las posibilidades de fraude son reales, dado que el sistema es vulnerable.
Existe un vacío legal que permite a los interventores de los partidos políticos en las mesas electorales disponer de la información de electores de la mesa electoral y conocer en cada elección las personas de la mesa que han votado y las que no lo han hecho, documentación que queda en poder de cada uno de los partidos políticos. De esta manera se puede generar un histórico que, aun estando prohibido por la Ley de Protección de Datos, puede servir para conocer perfiles de abstencionistas habituales, junto con otros datos tales como nombre y apellidos, DNI o fecha de nacimiento. El domicilio no es relevante ya que se puede consignar cualquier domicilio en la solicitud. Se pueden seleccionar, además, mesas ubicadas en zonas socialmente deterioradas que es probable que no reclamen en el caso de ser detectada la suplantación.
Cómo se comete el fraude
La manera de cometer fraude consistiría en habilitar una oficina de Correos cerrada, activando su código de red para poder acceder a los sistemas sin levantar sospechas en el resto de la red. Este sistema sería el menos eficiente ya que serían necesarias varias oficinas y múltiples personas (empleados o no) para realizar la grabación de los datos y que el número de papeletas fuese significativo. Se realizarían cargas masivas centralizadas en los sistemas con la información de los “votantes”. Esta operación se podría efectuar desde dentro o desde fuera (hackeo), con un número muy reducido de personas y una alta eficacia. La firma sería sustituida por la indicación No sabe/No puede firmar, habilitada en el sistema.
A continuación, las Documentaciones Electorales serían separadas del resto en las máquinas de clasificar “informando” a esas máquinas de los códigos (sólo varían las dos primeras letras) para que los envíos sean separados en una bandeja concreta. A partir de aquí, sólo queda introducir la papeleta en el sobre y realizar una “admisión virtual” (carga masiva o hackeo) del envío o utilizar una o varias oficinas cerradas.
Los trabajadores de base y los directivos
La insistencia en orientar a los votantes hacia el modelo “telemático” de admisión adquiere una mayor dimensión e importancia dado que un alto porcentaje de admisión por este sistema difuminaría el impacto de un posible fraude, advierten fuentes conocedoras consultadas por este medio.
Naturalmente, advierten, no afirman que esto se vaya a producir o se haya producido, sino que podría perfectamente producirse si no se toman las medidas oportunas, entre las cuales, que sea el propio elector el que decida el método de solicitud a emplear.
En cualquier caso, no sería necesaria la intervención de trabajadores de base, pudiendo ser ejecutada por cuadros y directivos de la empresa. Y fuentes próximas a Correos recuerdan el paso de Leire Díez por la empresa y avisan de que todavía hay cargos próximos a Juan Manuel Serrano y Díez en puestos relevantes de la organización postal.

