La petición de desahucio de un vecino de Maricarmen por parte de Muface y del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, encabezado por Óscar López, no es puntual. Hay más casos y más graves, como el de Manolo, un madrileño de la calle Alcalá cerca de la plaza de toros de Las Ventas. Su madre, Josefa, firmó un contrato de alquiler de renta antigua el 13 de febrero de 1950 con la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado sujeto al régimen transitorio previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Es decir, el piso de Josefa estaba a salvo de los efectos del decreto Boyer de mayo de 1985, como el de la famosa Maricarmen, y allí nació Manolo en noviembre de 1952, dos años después de firmar el alquiler.

El 11 de mayo de 2011 Josefa falleció, y su hijo Manolo, a punto de cumplir 75 años de edad y con una minusvalía reconocida del 33%, tenía derecho a subrogarse al contrato de arrendamiento de su madre. Llamó a la mutualidad para decir Josefa había fallecido y cambió la cuenta en la que cargaban el alquiler y los gastos del piso. Su abogada está convencida de que este hecho es una subrogación “tácita” y que la evidencia de haber estado pagando la renta puntualmente durante los últimos 15 años es un derecho adquirido, pero el Ministerio de Óscar López no lo ve así y le ha exigido que se vaya y entregue la casa, un cuarto piso de 134 metros cuadrados y por el que que pagó una mensualidad de 1040 euros.

La ofensiva para echarlo comienza el 21 de mayo de 2026, cuando Muface envía la vivienda de la calle de Alcalá una notificación en la que solicita una fe de vida de Josefa. Manuel, extrañado, les envía el certificado de defunción de su madre. Según fuentes próximas al anciano, Manolo “no entendía nada, porque la entidad era plenamente conocedora de que Josefa había fallecido desde que él los contactó para decírselo y poner el cobro del alquiler y los gastos a su nombre”. Sólo unos días después, el pasado 29 de mayo de 2026, Manolo recibe la comunicación de desalojo por parte de Muface con membrete del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, firmada por una alto cargo del citado organismo, la responsable del Departamento de Gestión Económica y Financiera de la mutualidad. Lo consideran un okupa y le dan 15 días para que abandone su casa.

Muface reconoce en el escrito que “el apartado 4 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, establece que “a partir de la entrada en vigor de esta ley, la subrogación a que se refiere el artículo 58 del texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, sólo podrá tener lugar a favor del cónyuge del arrendatario no separado legalmente o de hecho, o en su defecto, de los hijos que conviviesen con él durante los dos años anteriores a su fallecimiento; en defecto de los anteriores, se podrán subrogar los ascendientes del arrendatario que estuviesen a su cargo y conviviesen con él con tres años, como mínimo, de antelación a la fecha de su fallecimiento”. Es decir, que Manolo tenía derecho a subrogarse, pero, según la mutualidad, no se comunicó oportunamente: “En el presente caso, habiendo transcurrido ampliamente el plazo legalmente establecido para la solicitud de una eventual subrogación, sin que se haya comunicado a esta Mutualidad el fallecimiento de la arrendataria ni la voluntad de subrogación del contrato por parte de posibles personas con derecho a ello, este Organismo considera extinguido ese contrato de arrendamiento a todos los efectos y prescrito el derecho a solicitar la subrogación en el mismo”.
Lo de okupa es literal: “En consecuencia y al encontrarse usted ocupando el inmueble sin título alguno que lo justifique, se le concede el plazo de 15 días hábiles para que proceda a la restitución de la posesión del inmueble a la Propiedad, el cual deberá ser devuelto vacío, expedito y libre de cargas en ese plazo”. Además, Muface, para cimentar su decisión, le comunica que a partir de ya no le va a cobrar el alquiler. Pero le hace una advertencia: “sin perjuicio de la reclamación de las cantidades que, en su caso, pudieran corresponder a esta Mutualidad por los daños y perjuicios derivados de su ocupación de la vivienda hasta su efectiva entrega”.

La orden termina indicando cómo debe proceder para entregar las llaves y firmar el acta, contactando con la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio (Segipsa), dependiente del Ministerio de Hacienda.
Manolo reaccionó presentando alegaciones a través de su abogada el pasado 12 de junio de 2026, donde hace constar que él comunicó en su día el fallecimiento de su madre. Además, el 29 de junio presentaron recurso de reposición ante el Ministerio de Óscar López y ante la Dirección General de Muface, en el que hacían constar los mismos extremos. Poco después, el 11 de agosto de 2026, Muface y el Ministerio se lo tumban e insisten en que debe desalojar el piso y entregar las llaves a la Administración. Insisten en que la “primera noticia” del fallecimiento de Josefa la tuvieron al solicitar su fe de vida y no reconocen cuando Manolo lo comunicó y les pidió el cambio de domiciliación de los recibos.

En estos momentos Manolo se encuentra en plazo de presentar Recurso Contencioso Administrativo, en el que hará constar, además de todo lo anterior, su situación de vulnerabilidad, pues además de su edad tiene reconocida una discapacidad del 33% desde 1996, unos problemas de visión que han empeorado a causa de su edad, y la falta de alternativa habitacional en el caso de que sigan adelante y lo desahucien.
El Ministerio de Óscar López aprobó el pasado diciembre el Plan Estratégico Muface Avanza2 para el periodo 2026-2028 que prevé liquidar el patrimonio inmobiliario del Fondo Especial mediante la “enajenación progresiva” de los 204 inmuebles que lo componen para así hacer caja. Son pisos como el de Manuel o el del vecino de Maricarmen en la calle Sainz de Baranda. Después de que el PSOE decidiera aprovechar las protestas por la vivienda y convocar elecciones tras el rechazo a sus decretos, fuentes el partido aseguran que si el decreto principal es aprobado por la Diputación Permanente del Congreso, en un posible fraude de ley, ese patrimonio inmobiliario ya no se subastaría, sino que iría a Casa 47, la nueva Entidad Estatal de Vivienda.

